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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321496El Peruano miércoles 14 de junio de 2006 RESOLUCIÓN SBS Nº 727-2006 Lima, 5 de junio de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado de su agencia ubicada en el Jr. Bolognesi Nºs. 410-412,distrito y provincia de Bellavista, departamento de SanMartín; a la nueva dirección ubicada en el Jr. Bolognesi s/n, cuadra 5, distrito y provincia de Bellavista, departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el trasladosolicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "B" mediante el Informe Nº 87-2006-DEB "B"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de su agencia ubicada en el Jr. Bolognesi Nºs. 410-412, distrito y provincia de Bellavista, departamento de San Martín; a la nueva direcciónubicada en el Jr. Bolognesi s/n, cuadra 5, distrito y provincia de Bellavista, departamento de San Martín. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 10445 UNIVERSIDADES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G49/G6E/G74/G65/G72/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONÍA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 108-2006-UNIA-CO Y arinacocha, 7 de junio del 2006 LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONÍA VISTOS; El ACUERDO Nº 077-2006-UNIA-CO-SE de la Comisión Organizadora, tomado en Sesión Ex- traordinaria del día 2 de junio del 2006; el Informe Legal Nº 063-2006-UNIA-AL del 29/5/06, y el Informe Técnico Previo de Evaluación de Software Nº 085-2006-UNIA/ VPAD-OGA/LYP , del 2/6/06. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional Intercultural de la Ama- zonía, requiere contratar las licencias de uso de soft-ware fabricados por Microsoft Corporación. Que, mediante Informe Legal Nº 063-2006-UNIA-AL del 29/5/06, el Asesor Legal opina por la procedencia de la exoneración del proceso de selección para la adquisi-ción del software Microsoft, por lo que, debe remitirse ala Comisión Organizadora para su aprobación.Que, con Informe Técnico Previo de Evaluación de Software Nº 085-2006-UNIA/VPAD-OGA/LYP , del 2/6/06, el Jefe (e) de la Oficina de Logística y Patrimonio, opina que la Comisión Organizadora de la UNIA debe aprobar la referida exoneración. Que, con el referido informe se ha justificado la exo- neración con un análisis de costo y de oportunidad y ha determinado que la Empresa COSAPI DATA S.A. es el distribuidor único directo autorizado en el Perú de Micro-soft Corporation que es titular de los derechos de autor del programa de licenciamiento Microsoft. Que, la Comisión Organizadora de la UNIA, mediante ACUERDO Nº 077-2006-UNIA-CO-SE, tomado en Se- sión Extraordinaria del 2/6/06, acordó por unanimidad APROBAR la exoneración del proceso de selección parala adquisición de licencias de software, de conformidad con el Informe Legal Nº 063-2006-UNIA-AL del 29/5/06, y el Informe Nº 085-2006-UNIA/VPAD-OGA/LYP . Que, con mail electrónico del 10/5/06, el señor Es- tuardo Lu, Gerente de Políticas de Licenciamiento deMicrosoft Perú manifiesta que se compromete a condo-nar a la UNIA los Sistemas Operativos, siendo el monto total que deberá pagarse la suma de $ 3,912.72 dólares americanos. Que, en el Artículo 1º de la Ley Nº 28612, se dice: “La presente Ley tiene por objeto establecer las medidasque permitan a la administración pública la contratación de licencias de software y servicios informáticos en con- diciones de neutralidad, vigencia tecnológica, libre con- currencia y trato justo e igualitario de proveedores”. Que, por su parte el Artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 28612, aprobado mediante D. S. Nº 024-2006- PCM, textualmente señala: “La adquisición de software y servicios informáticos se adecuará a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Su-premo Nº 083-2005-PCM y su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2005-PCM”. Que, el Artículo 6º del citado Reglamento de la Ley 28612, indica que: “Toda adquisición y uso de licencias de software que pretenda ser llevada a cabo por una Entidad del Estado requerirá de un Informe Técnico Pre-vio de Evaluación de Software, que debe ser emitido por la Oficina de Informática, o la que haga sus veces, de la institución. De ser necesario, se requerirá el apoyo de laOficina de Administración o la que haga sus veces”. Que, de acuerdo al Organigrama Estructural aproba- do con Resolución Nº 276-2005-UNIA-CO del 3/10/05,la UNIA no cuenta con la Oficina de Informática, por ser de reciente creación, motivo por el cual, el Informe a que hace referencia el considerando precedente, emitió laUnidad de Logística y Patrimonio de la Oficina General de Administración, por lo que, la Entidad ha cumplido con el citado requisito. Que, en el inciso e) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que: “Están exonerados los procesos de selección las adquisiciones (…) que se realicen: e) Cuan- do los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único”. Que, en el Artículo 20º de la precitada norma legal indica las formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de selección, los cuales se ha cumplido, además la mencionadas Resoluciones o Acuerdos se- rán publicados en el Diario Oficial El Peruano y que co- pias de dichas Resoluciones o Acuerdos y el informeque los sustenta deben remitirse a la Contraloría Gene- ral de la República y al Consejo Superior de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguien- tes a la fecha de su aprobación. Que, en el Artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dice: “En los casos en que no existan bienes o servicios s sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exis- ta un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidadpodrá contratar directamente”. Que en el Artículo 146º del indicado Reglamento, se señala que: “La resolución o acuerdo que se aprueba laexoneración del proceso de selección, requiere obliga- toriamente de uno o más informes previos, que conten- gan la justificación técnica y legal de la procedencia ynecesidad de la exoneración”, los mismos que se hancumplido con los informes de Vistos.