Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 90

Pag. 313692

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006
DNI 09799811 09395948

del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadania de los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condicion de inelegibilidad, cuota de genero, declaracion jurada de MORDAZA, democracia interna y demas exigencias legales previstas en la Constitucion y la Ley Organica de Elecciones, Ley de Partidos Politicos y demas normas conexas, ademas del TUPA; resulta procedente la admision a tramite de la solicitud de inscripcion, conforme lo dispone el articulo 9º del Reglamento para la Eleccion de Representantes ante el Parlamento Andino; Tercero: Que del analisis efectuado se advierte que no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el articulo 114º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el penultimo parrafo del articulo 3º del mencionado Reglamento, respecto a los trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la que debe serles concedida 60 (sesenta) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, por lo que se deniega la admision a tramite la solicitud de inscripcion del siguiente candidato: Obeso MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, con numero de orden 08 e identificado con D.N.I. Nº 09799811, acreditandose con su declaracion jurada de MORDAZA, a fojas 69, que prosigue laborando como Tecnologo Medico del Sector Publico, INVEPROMI; Cuarto: Que se ha determinado el incumplimiento a lo prescrito en el tercer parrafo del articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; el que establece que no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco (5) meses de anticipacion a la fecha de cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion. No se podra postular por mas de una lista de candidatos, en consecuencia se deniega la admision a tramite de la solicitud de inscripcion del siguiente candidato: MORDAZA Saint Pere, MORDAZA MORDAZA, con numero de orden 15 e identificado con D.N.I. Nº 09395948 y conforme al informe emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones se encuentra inscrito en el padron de afiliados al Partido Popular Cristiano; Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 36º, inciso f) de la Ley Nº 26486, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro en uso de sus facultades; RESUELVE: Articulo Primero.- Admitir la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a nombre del partido politico Resurgimiento Peruano para el MORDAZA de elecciones generales del 2006, la misma que esta integrada como sigue:
Nº ORDEN 01 02 03 04 05 06 07 09 10 11 12 13 14 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Uzategui MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giordano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 10282370 10308965 09994860 07871391 40740183 21260889 10000422 09923918 06602388 07458659 10269193 10541875 06257141

Nº APELLIDOS Y NOMBRES ORDEN 08 Obeso MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15 MORDAZA Saint Pere MORDAZA MORDAZA

Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 03926

Excluyen candidato de lista al Congreso a fin de considerar su candidatura en el Partido Politico "Frente Independiente Moralizador"
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA CENTRO
RESOLUCION Nº 99-2006-JEE/LC MORDAZA, 1 de marzo de 2006 VISTA: La solicitud de exclusion presentada por el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que se le excluya como candidato por el Partido Politico Progresemos Peru, y se le considere unicamente como candidato al Congreso por la lista del Partido Politico Frente Independiente Moralizador, solicitud presentada el 27 de febrero de 2006; CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales ubicados en la capital del departamento tienen a su cargo la inscripcion de las listas de candidatos al Congreso de la Republica; Que, el articulo 7º de la Ley Organica de Elecciones, Ley 26859, establece que en el caso que un candidato figure en dos o mas listas y no solicita al MORDAZA Electoral Especial que se le considere solo en la lista que senale expresamente, hasta dos dias naturales despues de efectuada la publicacion a que se refiere el articulo 119º de la Ley Organica de Elecciones, queda excluido de todas las listas en que figure su nombre; Que, la resolucion numero 073-2006-JNE/LC, de fecha veinticuatro de febrero del ano dos mil seis, ha sido publicada el dia veintiseis de febrero del ano dos mil seis, encontrandose el escrito que precede, dentro del termino establecido por ley; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el articulo 36º inciso f) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, articulo 119º de la Ley Organica de Elecciones; y en la Resolucion Nº 047-2006JNE; el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley; RESUELVE: Articulo Primero.- Excluir al candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la lista de candidatos al Congreso por el Partido Politico "Progresemos Peru", considerandole su candidatura en el Partido Politico "Frente Independiente Moralizador". Articulo Segundo.- Agregar copias certificadas del escrito que precede y de la presente resolucion al expediente que corresponde al Partido Politico Frente Independiente Moralizador, para que se tenga presente. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Segundo.- Denegar a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Parlamento MORDAZA, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a nombre del partido politico Resurgimiento Peruano para el MORDAZA de elecciones generales del 2006, la misma que esta integrada como sigue:

SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 03927

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.