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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2006 (10/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 314353 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de marzo de 2006 de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes de Inspección Nºs. 0288-2006-MTC/12.04-SDA y 0289- 2006-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Eugenio Neyra Luza y Manuel Santiago Gallo Lam, respectivamente, para realizar las inspecciones técnicas por renovación de Constancias de Conformidad a las aeronaves Boeing 767 de matrículas CC-CZW, CC-CZT, CC-CML y Airbus 320 de matrícula CC-COG, así como por expedición de Constancia de Conformidad a la aeronave Boeing 767 de matrícula CC-CDM de la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 13 al 24 de marzo de 2006; Que, constituyendo una acción que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por la Dirección General de Aeronáutica Civil para el presente año, el viaje al exterior de los Inspectores mencionados, resulta indispensable para el cumplimiento de las facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas en concordancia con las normas técnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006; Que, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, establece que "mediante Resolución del Titular del Sector deberá aprobarse y publicarse el Plan Anual de Viajes del Sector, antes del 15 de febrero de 2006, el cual pormenorizará la relación de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos considerando que el gasto presupuestado, con cargo a los recursos públicos, deberá ser reducido en un veinte por ciento (20%) con relación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad"; Que, con Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/ 01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero de 2006, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2006, en el cual se encuentra incluido el viaje de inspección solicitado; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 0288- 2006-MTC/12.04-SDA y 0289-2006-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Eugenio Neyra Luza y Manuel Santiago Gallo Lam, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 13 al 24 de marzo de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través del Recibo de Acotación Nº 4537, abonado a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 4,800.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 60.50Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04389 Establecen plazo para que organizaciones del sector privado presenten lista de candidatos para el Directorio de la Autoridad PortuariaNacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 209-2006-MTC/02 Lima, 9 de marzo de 2006 CONSIDERANDO:Que, el artículo 25º de la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley Nº 27943, establece que el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional está conformado por once (11) Directores, de los cuales dos (2) pertenecen al sector privado y son representantes de los usuarios portuarios, nombrados a través de sus respectivas organizaciones representativas, de acuerdo a los procedimientos aprobados por el Reglamento de esta Ley; Que, en ese sentido, el literal c) del artículo 109º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, señala que uno de los representantes antes mencionados, pertenecerá a los usuarios portuarios finales y otro, a los usuarios portuarios intermedios; los mismos que son elegidos a través de sus respectivas organizaciones representativas, conforme al procedimiento establecido en el artículo 114° del citado Reglamento, el cual dispone que éstos son designados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en base a una lista mínima de tres (3) candidatos; Que, de otro lado, la Sétima Disposición Transitoria y Final del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional establece que el miembro del Primer Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, representante de los usuarios portuarios intermedios, sujetará su mandato al plazo de dos (2) años contado desde la fecha de su designación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2004- MTC, publicada el 19 de marzo de 2004, se designó al miembro del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, en representación de los usuarios portuarios intermedios, plazo que se encuentra próximo a su vencimiento; Que, en tal sentido, de conformidad con el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, resulta necesario establecer el plazo máximo dentro del cual las organizaciones representativas de los usuarios portuarios intermedios, deben presentar a sus respectivos candidatos ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con las Leyes Nºs. 27791 y 27943, y los Decretos Supremos Nºs. 041-2002-MTC y 003-2004-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer que el plazo máximo para que las organizaciones del sector privado, en