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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2006 (15/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 53

PÆg. 314779 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de marzo de 2006 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia a Venezuela, en comisiónde servicios UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONÍA UNIA RESOLUCIÓN Nº 051-2006-UNIA-CO Yarinacocha, marzo 9 del 2006 LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA VISTOS: El Oficio Circular Nº 001-2006-UNSM/VP- UNAMAZ-Perú, de fecha 24 de febrero del 2006; el Acuerdo de la Comisión Organizadora tomado en Sesión Ordinaria del 02/03/06. CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Circular Nº 001-2006-UNSM/VP- UNAMAZ-Perú, de fecha 24 de febrero del 2006; el Vicepresidente – Perú UNAMAZ, invita al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía Dr. Jorge Eduardo Villafuerte Recharte, a la Sesión del Consejo Directivo convocado por la UNAMAZ, a realizarse en la ciudad de Santa Elena de Vairen – Venezuela los días 20 al 24 de marzo del 2006; Que, la asistencia del titular del pliego a la citada sesión es importante, ya que en la agenda no solo se verá el tema sobre REFORZAMIENTO ACADÉMICO DE LAS UNIVERSIDADES AMAZÓNICAS con el postgrado para los doctorados con orientación eminentemente amazónica y para la amazonía, sino también según el cronograma será expositor del tema denominado: PROGRAMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR INDÍGENA EN EL PERU, acontecimiento que servirá a favor de la imagen de esta nueva Casa Superior de Estudios, en la que estarán presentes otros funcionarios de otras universidades. Que, itinerario a seguir es el siguiente: día 16/03 Lima/ Caracas, día 19/03/06 vía aérea Caracas/Puerto Ordaz/ Santa Elena; retorno día 24/03/06 vía aérea Puerto Ordaz/Caracas, día 25/03 vía aérea Caracas/Lima. Que, en consecuencia el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac, es la siguiente: 16/03 Vía aérea ida y vuelta $ 749.91 Viáticos (Por 7 días) $ 1,400.00 Tarifa Corpac $ 60.50 Que, con Acuerdo, tomado en Sesión Ordinaria del 2º de marzo del presente año, la Comisión Organizadora de la UNIA, acordó por unanimidad AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicio al Dr. Jorge Eduardo Villafuerte Recharte, debiendo otorgarse gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac, por siete (7) días con tarifa internacional. Que, con Oficio Nº 061-2006-UNIA/VPAD-OGA del 09/03/06, el Jefe de la Oficina General de Administración, remite la cadena funcional de gastos, siendo este el siguiente: Función : 09 Educación y Cultura. Programa : 003 Administración. Subprograma : 0005 Supervisión y Coordinación Superior. Actividad : 100110 Conducción y Orientación Superior. Componente : 300010 Acciones de la Alta Dirección. Meta : 0002 Acciones relativa a orientar y desarrollar la política de gestión académica y administrativa para el fortalecimiento de la formación profesional. Que, en el tercer párrafo del Artículo 1ª de la Ley Nº 27619 textualmente dice: “Los viajes al exterior de losfuncionarios y servidores públicos (…) de la Universidades Públicas (…) se autorizarán mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad”, el mismo que se cumple al expedirse la presente Resolución. Que, el Artículo 3º de la citada norma legal, señala: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje”. Que, el Artículo 2º del D. S. Nº 047-2002-PCM, indica el contenido del acto de autorización, el cual se cumple con la presente Resolución. Que, estando a la Escala de Viáticos aprobada son Resolución Nº 049-2006-CO-UNIA; la Ley Nº 27619; el D. S. Nº 047-2002-PCM; el Acuerdo tomado en Sesión Ordinaria del 2º de marzo del 2006, y; en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 27250 de su creación y Normas Conexas; y Ley Nº 28652 del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2006; las Resoluciones Nºs. 228-2003-CONAFU y 229-2003- CONAFU; del 15 de diciembre del 2003; y Resolución Nº 183-2004-CONAFU, de fecha 15 de setiembre del 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicios, al Dr. JORGE EDUARDO VILLAFUERTE RECHARTE, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, del 15 al 25 de marzo del 2006, para que asista a la Sesión del Consejo Directivo convocado por la UNAMAZ, a realizarse en la ciudad de Santa Elena de Vairen – Venezuela. Artículo Segundo.- OTORGAR, al Dr. JORGE EDUARDO VILLAFUERTE RECHARTE por viáticos por siete (07) días internacionales, pasajes, movilidad Pago de TUUA internacional, considerando el siguiente itinerario: día 16/03 vía aérea Lima/Caracas; día 19/03/06 vía aérea Caracas/Puerto Ordaz/Santa Elena; retorno día 24/03/06 vía aérea Puerto Ordaz/Caracas; día 25/03 vía aérea Caracas/Lima, las sumas en Nuevos Soles equivalente a los montos que se indican, al tipo de cambio del 09/03/06, para financiar los gastos que irrogue la participación del titular del pliego indicado en el Artículo precedente de la presente Resolución, los mismos que deberá rendir cuenta documentada de lo gastado en el plazo de ley a su retorno, siendo estos de la siguiente manera: Vía aérea ida y vuelta $ 749.91 Viáticos (Por 7 días) $ 1,400.00 Tarifa Corpac $ 60.50 Artículo Tercero.- AUTORIZAR, a la Oficina General de Administración a ejecutar los gastos con cargo al Presupuesto Institucional del Ejercicio Fiscal 2006, en la cadena presupuestal señalado expresamente en el sexto considerando de la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER, Que la Oficina General de Administración, publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de Ley. bajo responsabilidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OTTO FLORES SAENZ Vicepresidente Academico 04810 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Autorizan funcionamiento de Exprinter Inversiones Sociedad Intermediaria deValores Sociedad Anónima Cerrada RESOLUCIÓN CONASEV Nº 010-2006-EF/94.10 Lima, 8 de marzo de 2006