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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2006 (27/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Sábado 27 de mayo de 2006 319633 Eficiencia Energética de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Gestión Ambiental, 1 PNTP , el 18 de enero del 2006. b) Uso Racional de Energía y Eficiencia Energética, 1 PNTP , el 3 de marzo del 2006. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración yAprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistemade Adopción y sometidos a Discusión Pública por un período de treinta días contados a partir del 10 de abril del 2006; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como NormasTécnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el DecretoLegislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 11 de mayo del 2006. RESUELVE: APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO 10498:2006 AIRE AMBIENTAL. Deter- minación de dióxido de azufre. Método defluorescencia ultravioleta.1ª Edición NTP-IEC 61347-2-8:2006 DISPOSITIVOS DE CONTROL DE LÁMPA- RA. Parte 2-8: Requisitosparticulares para balastospara lámparas fluores- centes. 1ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Fabián Novak, Augusto Ruiloba, Jorge Danós, Julio Paz Soldán, Aldo Bresani y Antonio Blanco. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 09317 I N P E /G52/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/GF3/G20/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 318-2006-INPE/P Lima, 22 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Presidencial Nº 297-2006- INPE/P de fecha 10 de mayo de 2006, se designó al servidor JUAN WILDER REINOSO ZAMUDIO, en elcargo público de confianza de Director de la Oficina deAsesoría Jurídica de la Dirección Regional Lima, nivel F-2 del Instituto Nacional Penitenciario; Que, por motivo de necesidad institucional se ha visto por conveniente dejar sin efecto la referida acción de personal; Contándose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica, y;De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 021-2006-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la fecha, la designación del servidor JUAN WILDER REINOSO ZAMUDIO, en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional Lima, nivel F-2 del Instituto NacionalPenitenciario, efectuada mediante Resolución PresidencialNº 297-2006-INPE/P de fecha 10 de mayo de 2006; y consecuentemente restitúyase los alcances de la Resolución Presidencial Nº 202-2006-INPE/P de fecha 21 de marzo de 2006, que designó al servidor REYSERSILVA RENGIFO, en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Asesoría Jurídica, nivel F-2 de la Dirección Regional Lima, del Instituto NacionalPenitenciario. Artículo 2º.- DISPONER, que el servidor JUAN WILDER REINOSO ZAMUDIO, retorne a su lugar deorigen. Artículo 3º.- REMITIR, copia de la presente Resolución a los interesados y a las instanciascorrespondientes para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO RAMÓN SALAS UGARTE PresidenteInstituto Nacional Penitenciario 09355 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G50/G6C/G61/G6E/G20 /G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G52/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G28/G50/G49/G52/G29/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 039-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 23 días del mes de marzo del año 2006,en la provincia de Huancayo, de conformidad con loprevisto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV , sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificaciónen parte por la Ley Nº 27902 y demás NormasComplementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú garantiza que es derecho fundamental de la persona humana, la defensa, el respeto de su dignidad, a la paz, la tranquilidad, a la libertad y nadie puede ser víctima de violencia moral,psíquica o física, ni sometido a tortura o tratos inhumanoso humillantes; Que, la Comisión de la Verdad y Reconciliación fue encargada de cómo instancia de calificar el proceso de violencia política ocurrida en nuestro país entre los años1980 y 2000, evidenciando que fueron más de 70,000víctimas resultaron tanto por acciones terroristas comopor enfrentamientos armados; Que, los hechos de violencia producidos en los últimos veinte años han ocasionado graves lesiones a la dignidad e integridad de personas y grupos socialesen el Perú; constituyendo además un detrimento de la