Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2006 (27/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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LICA DEL P E

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319630

NORMAS LEGALES

El Peruano
Sabado 27 de MORDAZA de 2006

Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 11832005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la Resolucion Jefatural Nº 1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:

Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 11832005-JEF/RENIEC y su modificatoria contenida en la Resolucion Jefatural Nº 1326-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de ampliacion de autorizacion de Resolucion Jefatural Nº 884-2004-JEF/ RENIEC, de fecha 30 de diciembre del 2004, para la Reinscripcion del Libro Registral de Nacimiento del ano 1928, de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tumbes, Departamento de Tumbes, por los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tumbes, departamento de Tumbes, para que proceda a la ampliacion del MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial, con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion ­ Ley Nº 26242 ­ 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase.

Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Huayllacayan, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros de Actas de Nacimiento de los anos 1929, 1930, 1931, 1932, 1933, 1936, 1937 y 1948 a 1958. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Huayllacayan, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase.

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09361

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09362

Aprueban solicitud para la reinscripcion de libros de actas de nacimiento en la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Huayllacayan
RESOLUCION JEFATURAL Nº 377-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2006 VISTOS: el Informe Nº 001322-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 7 de MORDAZA del 2006 y el Informe Nº 000409-2006-GAJ/RENIEC de fecha 18 de MORDAZA del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Huayllacayan, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Huayllacayan, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente por la Subgerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de

UNIVERSIDADES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de licencias de software para la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo
UNIVERSIDAD MORDAZA MORDAZA GALLO
RESOLUCION Nº 493-2006-R MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2006 VISTO: El Expediente Nº 2242-2006-SG-UNPRG, recibido en la fecha en Secretaria General. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 723-2006-VRADM la senora Vicerrectora Administrativa (e) eleva el expediente de la referencia; Que en los ultimos anos la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo ha impulsado su desarrollo informatico, lo que ha determinado la adquisicion de un gran numero de equipos de computo, la actualizacion de los programas (software) tanto para uso academico como administrativo y el incremento de numero de licencias necesarias; Que mediante Resolucion Nº 027-2006-VRADM, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2006 de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo, senalando en este la ejecucion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de Licencias de Software; Que el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM dispone que los procesos de seleccion por contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista un proveedor unico estan exonerados de MORDAZA de seleccion; lo que es sustentado por el Presidente del Comite Especial Permanente, a traves de

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