Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2006 (27/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano
Sabado 27 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

319629

RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del partido politico Peru Posible, y en consecuencia confirmar la Resolucion Nº 1774-2006-JEE/LC. Articulo Segundo.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolucion para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 09267

interponga las acciones legales que correspondan, contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09360

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 368-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1659-2005/GP/SGDAC/RENIEC y el Informe Nº 000305-2006/GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de marzo del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, ha detectado que ciudadanos no identificados se presentaron ante el Registro solicitando y obteniendo irregularmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 06181375, FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 32928583, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 80197663, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 04350908, MORDAZA MORDAZA TOMATEO Nº 25809941, MORDAZA HUACAN MORDAZA Nº 04422379, GELACIO MORDAZA MORDAZA QUINTERO Nº 28262769, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 01035934, MORDAZA MORDAZA QUINONEZ Nº 23826890 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 01699339, mediante tramites de inscripcion, rectificacion y/o duplicado; Que, mediante informes realizados por el perito dactiloscopico, grafotecnico y biometrico de la Gerencia de Procesos, se ha determinado que en todos los casos analizados, ciudadanos no identificados, han suplantado la verdadera identidad de los titulares de las inscripciones mencionadas precedentemente; Que, si bien se ha procedido administrativamente al excluir las inscripciones afectadas por suplantacion de identidad; de los actuados se advierten indicios razonables de haberse incurrido en delito contra la Fe Publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; hecho que es necesario perseguirse penalmente en resguardo de la seguridad juridica registral, pues se ha transgredido lo normado en los articulos 428º y 438º de nuestro Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta pertinente autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que

Autorizan la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tumbes para ampliar MORDAZA de reinscripcion de libro registral de nacimiento del ano 1928
RESOLUCION JEFATURAL Nº 376-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2006 VISTOS: el Informe Nº 001387-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 20 de MORDAZA del 2006 y el Informe Nº 000477-2006-GAJ/RENIEC, de fecha 5 de MORDAZA del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Ampliacion de Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Resolucion Jefatural Nº 884-2004-JEF/RENIEC, de fecha 30 de diciembre del 2004, respecto a la Seccion de Nacimiento, de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tumbes, Departamento de Tumbes. CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil de la provincia de Tumbes, depar tamento de Tumbes, se encuentra autorizada a reinscribir determinados Libros de Nacimiento, mediante Resolucion Jefatural Nº 8842004-JEF/RENIEC, de fecha 30 de diciembre del 2004; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil senalada en el parrafo precedente, implemento expediente de ampliacion de autorizacion para Reinscripcion de Nacimiento, habiendo cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion, confirmandose la necesidad de reinscribir el Libro Registral de Nacimiento del ano 1928; Que, la solicitud de ampliacion de reinscripcion de la Seccion de Nacimiento, contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente por la Subgerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; En tanto a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del

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