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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERUEl Peruano Lunes 29 de mayo de 2006 319715 de la Oficina de Personal realizan entre otras acciones la selección de funcionarios y servidores que podrían serdesignados Fedatarios formulando el respectivo informeque es elevado para conocimiento y aprobación delrespectivo Director General; Que, el Artículo 12º del citado Reglamento determina los fedatarios Titular y Alterno, son designados por unperíodo máximo de dos (2) años, excepcionalmente seprorrogará para un período adicional; Que, mediante el documento de visto, la Oficina de Procesos de Personal de la OPER-MININTER, previo alcumplimiento de las formalidades y procedimientos de Ley,eleva la propuesta en torno a la designación de lasFedatarias de la Oficina de Personal, para los períodos2006 y 2007, en los Órganos No Policiales del MININTERque funciona en la Sede Central del Sector; Que, mediante Resolución Directoral Nº 00202-2004- IN/0904 de 5 de febrero del 2004, se designó comoFedatarias de la Oficina de Personal del Ministerio delInterior, para el período 2004 y 2005, a las servidoras Lic.Ps. Ana América RAMOS BEJARANO (Titular) y Abog. MaríaEsther MACHUCA NÚÑEZ (Suplente); Que, las servidoras Lic. Ps. Ana América RAMOS BEJARANO y Abog. María Esther MACHUCA NÚÑEZ,vienen desempeñando con eficiencia las funciones deFedataria, en consecuencia, se prorrrogue para los períodos2006 y 2007; Estando a lo propuesto e informado por la Oficina de Procesos de Personal a lo opinado por el Asesor Legal dela Oficina de Personal del Ministerio del Interior; y deconformidad con lo dispuesto en el Inciso 1) del Artículo127º de la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General y el Artículo 7º del ReglamentoInterno para Autenticación o Certificación de Documentosen el Ministerio del Interior, aprobado por ResoluciónMinisterial Nº 2234-2003-IN-0301 de 16DIC2003. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Prorrogar la designación como Fedatarias de la Oficina de Personal del Ministerio del Interior, para elperíodo 2006 – 2007, a las siguientes servidoras: - Lic. Ps. Ana América RAMOS BEJARANO (Titular)- Abog. María Esther MACHUCA NUÑEZ (Suplente)Artículo 2º.- Las citadas Fedatarias quedan obligadas a llevar un registro de los actos que realicen en el ejerciciode sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.NORBERTO SIFUENTES ARANDA Director General de Personal 09419 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G2C/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 422-2006-MTC/02 Lima, 26 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo delartículo 1º de la Ley antes citada, señalando que “laautorización de viajes al exterior de los ministros, de losservidores y funcionarios de los ministerios, de losOrganismos Públicos Descentralizados, de los AgregadosMilitares, Aéreos, Navales y Policiales, así como de lasempresas sujetas al ámbito de FONAFE, que resultenindispensables para asegurar el cumplimiento de losobjetivos y metas fijados para el Ejercicio del año 2006 seefectuará por Resolución Suprema, refrendada por elPresidente del Consejo de Ministros y por el Ministro delSector correspondiente; exceptuándose aquellos viajesque realizan los sectores Relaciones Exteriores y ComercioExterior y Turismo, así como la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOLde la Policía Nacional del Perú del Ministerio del Interior ylos destinados al desarrollo de funciones en el marco delas negociaciones orientadas a la suscripción de losTratados de Libre Comercio, a efectuar acciones depromoción y/o negociación económica comercial deimportancia para el Perú; los que se autorizarán medianteResolución Ministerial del Sector correspondiente, la quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, antesdel inicio de la comisión de servicios”; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materiade Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de lasoperaciones aerocomerciales en un marco de lealcompetencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe efectuar la atención de las solicitudes de serviciosdescritas en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en concordancia con sus facultades desupervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 425/05/06, presentada el 5 de mayo de 2006, en el marcodel Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a laDirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes yComunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar el chequeo técnico en la ruta Lima - BuenosAires en el equipo Boeing 767, a su personal aeronáuticopropuesto, durante el día 29 de mayo de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 9287, 9289 y 9290, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondiente alProcedimiento a que se refiere el considerando anterior,ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 0858-2006-MTC/12.04-SDO designando alInspector Rolando Rafael León Lasheras, para realizar elchequeo técnico en la ruta Lima - Buenos Aires en el equipoBoeing 767, al personal aeronáutico propuesto por laempresa Lan Perú S.A., el día 29 de mayo de 2006,autorizando su estadía en la ciudad de Buenos Aires,República de Argentina, durante los días 29 al 30 de mayode 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar el chequeo técnico a que se contrae la Orden deInspección Nº 0858-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto deUrgencia Nº 006-2006;