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NORMAS LEGALESEl Peruano Lunes 29 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319716 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Rolando Rafael León Lasheras, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Buenos Aires, Repúblicade Argentina, durante los días 29 al 30 de mayo de 2006,para los fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de AcotaciónNºs. 9287, 9289 y 9290, abonados a la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos ytarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 400.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportes yComunicaciones, describiendo las acciones realizadas ylos resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09498 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERV A /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G73/G74/G61 /G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G53/G75/G69/G7A/G61 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 037-2006-BCRP Lima, 24 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre susfunciones está la de administrar las reservasinternacionales; Que, para el cumplimiento de la referida función la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre susobjetivos propender a la óptima administración de lasreservas internacionales del país, velar por la oportuna ycorrecta ejecución de las inversiones en el contexto delmercado internacional y fortalecer los vínculos conorganismos e instituciones del exterior; Que, en tal sentido, se considera conveniente la participación del señor Ezequiel Ramírez Daza, EspecialistaFinanciero en Análisis Bancario y Crediticio Internacional,del Departamento de Políticas de Inversión de la Gerenciade Operaciones Internacionales al "Reserve ManagementSeminar for Sovereign Institutions", organizado por el UBSInvestment Bank, que se realizará en la ciudad de Thun,Suiza, del 4 al 9 de junio del año en curso; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a loacordado por el Directorio en su sesión de 2 de marzo de2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del señor Ezequiel Ramírez Daza, Especialista Financiero en AnálisisBancario y Crediticio Internacional del Departamento de Políticas de Inversión de la Gerencia de OperacionesInternacionales, a la ciudad de Thun, Suiza, del 2 al 9 dejunio, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 1361,80 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30,25 ----------------------- TOT AL US$ 1392,05 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASÍAS VicepresidenteEn Ejercicio de la Presidencia 09212 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6D/G70/G75/G6C/G73/G61/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20 /G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G61/G63/G6F/G74/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 157-2006-CG Lima, 25 de mayo de 2006 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 014-2006-CG/ GDPC de 23.MAY .2006, los Oficios Nºs. 025-2006-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPACGR-PUNO y 502-2006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG de 3 y 27.FEB.2006,respectivamente, el Atestado Nº 012-2006-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPACGR-PUNO de 3.FEB.2006,resultante de las investigaciones realizadas por la UnidadTécnica Especializada de la Policía Nacional del PerúAdscrita a la Contraloría General de la República, en laMunicipalidad Distrital de Caracoto - San Román - Puno; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 2038-2005-CG/DC dispuso la realización deun Examen Especial a la mencionada Municipalidad Distritalde Caracoto, en cumplimiento del Plan Anual de Control dela Oficina Regional de Control Puno, cuyo período deanálisis comprendió desde ENE.2003 al 31.DIC.2004,designando para el caso una Comisión a efectos de realizardicho examen; Que, como resultado del Examen Especial, la mencionada Oficina Regional emitió la Hojas InformativasNºs. 001 y 002-2005-CG/ORPU-MDC; en las cuales sedeterminaron presuntas irregularidades, respecto al registroy percepción de ingresos por concepto de alquiler decargador frontal modelo 938G, marca Caterpillar por la sumade S/. 3 043,00; la municipalidad entregó el cargador frontala determinadas empresas sin que se haya evidenciado lapercepción de los ingresos correspondientes, tampocoinformaron sobre los trabajos realizados por la citadamaquinaria, pretendiendo avalar el ocultamiento del contratomediante una ampliación de denuncia de robo de loscontratos de alquiler de maquinaria con la finalidad deapropiarse de la suma no establecida, en perjuicio de lamunicipalidad; asimismo se alquiló el cargador frontal a unregidor de la citada municipalidad para realizar trabajos enasentamientos mineros sin que se haya percibido losingresos correspondientes; no se registraron ingresosdirectamente recaudados por el importe de S/. 8 027,30,correspondiente a los meses de octubre, noviembre ydiciembre 2004; y por último, irregularidades en laadquisición de 1 004 bolsas de cemento por el monto deS/. 19 276,80 y en la adquisición de repuestos para el tractororuga FD14E marca Fiat por la suma de S/. 10 000,00; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comisión de delito yal requerirse se practiquen diligencias policiales para talfin, la Comisión consideró conveniente solicitar la