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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (01/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 1 de octubre de 2006 329253REPUBLICADELPERU 3. Certificado Original o copia de Licencia Municipal (para trámite de cambio de área y/o ampliación de giro). 4. Constitución de la empresa de ser el caso. 5. Plano de Distribución del local. 6. Copia de Ficha de Información Registrada de la SUNAT (Ficha RUC). 7. Constancia de pago del 10% de la multa administrativa. 8. Documento que acredite encontrarse al día en los pagos del impuesto predial y arbitrios a la fecha. 9. Pago del derecho de revisión, ascendente al 10% de la UIT (S/. 340.00). 10.Constancia de Defensa Civil aprobada (Pago según el D.S. Nº 074-2005-PCM y Ordenanza Nº 240- MDB). REQUISITOS ADICIONALES PARA ESTABLECI- MIENTOS PÚBLICOS DEDICADOS A EXPENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS (SALONES DE BAILE, SALSÓDROMOS, DISCOTECAS, BARES, PUBS, CAFÉ TEATROS, PEÑAS, CABARETS, CENTROS NOCTURNOS, BOITES Y SIMILARES) 1. Proyecto de acondicionamiento acústico (si el caso lo requiere), planos y recomendaciones para mitigar efectos, firmado por profesional competente. 2. Acreditar número de estacionamientos reglamentarios, de Acuerdo a Ordenanza Nº 343-MML. Artículo 4º.- Procedimientos. La solicitud de acogimientos a la presente ordenanza deberá ser presentada en la Plataforma de Atención de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo y será remitida a la Subgerencia de Comercialización, Fiscalización y Control. La Subgerencia de Comercialización, Fiscalización y Control, quien revisará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo anterior y en un plazo no mayor de dos (1) días útiles, remitirá a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, bajo responsabilidad. La Subgerencia de Obras Privadas y Catastro en un plazo no mayor de cinco (2) días útiles emitirá la respectiva Constancia de Compatibilidad de Uso Comercial, remitiendo a la Subgerencia de Comercialización, Fiscalización y Control, bajo responsabilidad. La Subgerencia de Comercialización, Fiscalización y Control en un plazo no mayor de cinco (2) días útiles emitirá su informe a la Gerencia de Administración Financiera y Tributaria, bajo responsabilidad. La Gerencia de Administración Financiera y Tributaria emitirá dentro del plazo de cinco (1) días útiles la resolución de acogimiento al beneficio administrativo extraordinario de regularización de licencia de funcionamiento y otorgamiento de la misma o la denegatoria si fuera el caso, bajo responsabilidad. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Exonérese del pago de los derechos por licencia municipal de funcionamiento y certificado de compatibilidad de uso a quienes soliciten acogerse al beneficio otorgado por la presente ordenanza. Segunda.- El presente beneficio administrativo extraordinario tendrá vigencia desde el día siguiente de la publicación de la presente ordenanza hasta el 31 de octubre del 2006. Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, incluida la prórroga de la vigencia de la misma. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad y Gerencia de Administración Financiera y Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 02589-2Modifican Ordenanza Nº 258-MDB en lo referente al descuento en multastributarias y administrativas ORDENANZA Nº 261-MDB Barranco, 27 de septiembre del 2006EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCOPOR CUANTO:El Concejo Distrital de Barranco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO el Informe presentado por la Gerente Municipal respecto a la Ordenanza Municipal Nº 258-MDB, de fecha 12 de septiembre del 2006; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ordenanza Nº 258-MDB se estableció en la jurisdicción del distrito de Barranco el Beneficio Especial Tributario con vigencia desde el 15 hasta el 30 de septiembre del 2006; Que, el inciso c) del Artículo Segundo de la mencionada Ordenanza otorga un descuento a las Multas Tributarias y Administrativas emitidas hasta el 31 de agosto del 2006; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Barranco, otorgar a los contribuyentes las máximas facilidades para regularizar el pago de sus obligaciones; Estando a lo dispuesto por el numeral 9) del artículo 9º y por el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con el voto mayoritario de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar el inciso c) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 258-MDB, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera: c) Descuento en:- Multas Tributarias emitidas hasta el 16/09/06, del 90% - Multas Administrativas emitidas hasta el 16/09/06, del 90% Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Financiera y Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 02588-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de recolección,transporte y disposición final deresiduos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2006-CDB Barranco, 20 de septiembre del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCOVISTOS: El Informe Nº 099-2006-SGL-GAFT/MDB de la Subgerencia de Logística y el Informe Nº 247- 2006-OAJ-MDB emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, en la Sesión Extraordinaria de la fecha;