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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (01/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329246El Peruano domingo 1 de octubre de 2006 Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL “PLAN DE ACCIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS MUJERES DE LA REGIÓN JUNÍN” Artículo Primero.- APROBAR, el “Plan de Acción de la Mujer en la Región Junín”, el mismo que consta de sesenta y tres folios (63), el cual se anexa y forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, para que en coordinación con las instancias pertinentes, implemente la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional contemple dentro de los Presupuestos Anuales del Gobierno Regional Junín, la partida presupuestal correspondiente para facilitar la implementación del presente Plan. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los dieciocho días del mes de agosto del año 2006. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional - Junín, a los veinticinco días del mes de agosto del año 2006. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente 02560-1 Aprueban Ocho Políticas Regionales de Gestión y Desarrollo de RecursosHumanos en Salud y oficializan elComité Técnico Regional de RecursosHumanos en Salud ORDENANZA REGIONAL Nº 047-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO:El Pleno del Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada el día 18 del mes de agosto del año 2006, en el distrito y provincia de Huancayo, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificación en parte por la Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 49º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone en materia de salud, es función del Gobierno Regional, la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; Que, en el contexto de los lineamientos de Política Nacional para el Desarrollo Nacional de los Recursos Humanos en Salud, aprobados por el Consejo Nacional de Salud mediante Resolución Ministerial Nº 1007-2005/MINSA, busque que los trabajadores sean competentes, estén motivados, sean adecuadamente remunerados y protegidos, se desempeñen de manera eficiente en los servicios adecuados, en el lugar y el momento que se les necesite; Que, el Plan Concertado de Salud, contempla en su agenda “Política Regional de Desarrollo de Recursos Humanos”, basado en competencias; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Desarrollo Social del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902 y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA OCHO POLÍTICAS REGIONALES DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD DE LA REGIÓN JUNÍN Y OFICIALIZA EL COMITÉ TÉCNICO REGIONAL DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD” Artículo Primero.- APROBAR las ocho Políticas Regional es de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud de la Región Junín, las cuales fueron elaborados en forma participativa y concertada por distintas Instituciones Públicas, Privadas y de la Sociedad Civil, cuyo texto adjunto, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, al Consejo Regional de Salud y a la Dirección Regional de Salud, la supervisión, el cumplimiento y la implementación de las Políticas Regionales de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud de la Región Junín. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los dieciocho días del mes de agosto del año 2006. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente POR TANTO:Mando se Registre, Publique y Cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional - Junín, a los veinticinco días del mes de agosto del año 2006. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente 02559-1 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Disponen apoyar campaña de vacunación contra el sarampión, rubéola y síndromede rubéola congénita ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2006-CR/GRL Iquitos, 27 de setiembre del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, en Sesión Extraordinaria de Consejo de fecha 27 de setiembre del 2006, aprobó mediante Acuerdo de