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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (01/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 1 de octubre de 2006 329249REPUBLICADELPERU Que, el Artículo 35° de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el inciso a) del Artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, en cuyo Artículo 14º, numeral 14.5, establece que en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales y demás entidades que mantienen dependencia funcional y técnica con los Ministerios, el proyecto de CAP se elabora de conformidad con las disposiciones complementarias que elabora el respectivo Ministerio, debiendo el órgano encargado de dicho Ministerio emitir opinión previa. De existir opinión favorable corresponde la remisión a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la que debe emitir un informe previo y elevar el proyecto de CAP para la aprobación por parte del Gobierno Regional; Que, los proyectos de modificación de los Cuadros para Asignación de Personal de la Red de Salud Morropón Chulucanas y el Hospital de Chulucanas han sido elaborados de conformidad a lo establecido mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. Asimismo, cuentan con las opiniones técnicas favorables de la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud remitidas mediante los Oficios N°s. 0685-2006- OGPP-OO/MINSA del 5 de abril del 2006 y 0582-2006- 0GPP-OO/MINSA del 22 de marzo del 2006, respectivamente, por lo que contiene las respectivas visaciones; Que, mediante la Ley Nº 28498, Ley de Nombramiento de los Profesionales de la Salud No Médicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional, se dispuso el nombramiento de los mencionados profesionales. Asimismo, con la Ley Nº 28560, Ley de Nombramiento del Personal Técnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial que se encuentre prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional, se dispuso el nombramiento del mencionado personal técnico y auxiliar; Que, debiendo adecuarse a la clasificación de cargos que aprobará posteriormente el Ministerio de Salud y consiguientemente a la totalidad de los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de la Administración Pública; Que, mediante Informe Nº 063-2006/GRP-410300, de fecha 6 de Julio del 2006, la Subgerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, recomienda la aprobación de la modificación de los Cuadros para Asignación de Personal de la Red de Salud Morropón Chulucanas y el Hospital Chulucanas; Que, mediante Informe Nº 784-2006/GRP-460000, de fecha 10 de agosto del 2006, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opina que en aplicación a lo establecido en el Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, en concordancia con los Artículos 14º y 15º del citado dispositivo legal, la aprobación de la modificación de los Cuadros para Asignación de Personal de la Red de Salud Morropón Chulucanas y el Hospital Chulucanas un nuevo CAP corresponde efectuarse mediante Ordenanza Regional; Que, el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, establece que las Entidades deberán cumplir con publicar su CAP en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la Entidad, dentro de los 3 días calendario siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios responsablesconforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 05, de fecha 21 de setiembre del 2006, con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS CUADROS PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA RED DE SALUD MORROPÓN CHULUCANAS Y EL HOSPITAL DE CHULUCANAS Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de la Red de Salud Morropón Chulucanas aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 061-2004/GRP-CR de fecha 20 de diciembre del 2004, que constará de setecientos sesentaidós (762) cargos asignados necesarios, de los cuales trescientos setentaitrés (373) cargos son ocupados y trescientos ochentainueve (389) cargos son previstos; ciento noventainueve (199) Contratos de Locación de Servicios con personas naturales y ciento quince (115) Contratos sujetos a modalidad, de acuerdo a los Cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Chulucanas aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 058-2004/GRP-CR de fecha 6 de diciembre del 2004, que constará de doscientos treintaicinco (235) cargos asignados necesarios, de los cuales ciento veintiuno (121) cargos son ocupados y ciento catorce (114) cargos son previstos; treinta (30) Contratos de Locación de Servicios con personas naturales y veinticuatro (24) Contratos sujetos a modalidad, de acuerdo a los Cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- La Red de Salud Morropón Chulucanas y el Hospital de Chulucanas, efectuarán la publicación de los Cuadros para Asignación de Personal aprobados en los artículos precedentes, en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil seis. CESAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil seis. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 02584-1 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Archivo Regional dePiura del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 114 -2006/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA