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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (20/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 20 de octubre de 2006 330925REPUBLICADELPERU puedan dar lugar a la imposición de las sanciones de suspensión o inhabilitación, según lo dispuesto en elartículo 210 del Reglamento. 6. En atención a lo expuesto, en el presente caso se configuraron las prescripciones de las infraccionesimputadas a la empresa A & T Pharmaceutical S.A.C., motivo por el cual es irrelevante el pronunciamiento de este Tribunal respecto al fondo de la materia encontroversia, en concordancia con el numeral 3 del artículo 233 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, dispositivo legal que estableceque la Administracion debe resolver la prescripción sin más trámite que la constatación de los plazos. Por los fundamentos expuestos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. Carlos Cabieses López y la intervención de los Vocales Ing. Félix Delgado Pozoy Dr. Gustavo Beramendi Galdós, atendiendo a la reconformación de la Sala Única del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según lodispuesto en la Resolución Nº 278-2006- CONSUCODE/PRE, expedida el 3 de julio de 2006, y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos53, 59 y 61 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, y los artículos 74 y 75 del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobadopor Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. NO HA LUGAR a la imposición de sanción contra A & T Pharmaceutical S.A.C., por los fundamentos expuestos. 2. Comunicar la presente Resolución al Órgano de Control Institucional de la Entidad para que, de ser el caso, determine la existencia de responsabilidades a lasque hubiera lugar. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. DELGADO POZO BERAMENDI GALDÓSCABIESES LÓPEZ 03239-2 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G6F/G6D/G70/G61/GF1/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G6F/G6D/G62/G65/G72/G6F/G73/G20/G22/G56/G69/G6C/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G54/G72/G69/G75/G6E/G66/G6F/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 678-2006-CGBVP San Isidro, 13 de octubre de 2006 VISTO:El Oficio Nº 463-2006-CGBVP/AJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica del CGBVP y el Acta de Recepción deObra del 21 de marzo de 2006.CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, la Oficina de Asesoría Jurídica ha opinado que el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, deberá de aceptar ladonación realizada respecto a la construcción de un auditorio en la Compañía de Bomberos “Villa María del Triunfo” Nº 106, respecto a la financiación y construcciónde obra realizadas por la empresa Editora El Comercio S. A. y el Obispado Castrense; Que, mediante el Acta de Entrega y Recepción de Donación del 7 de octubre del 2005, la empresa Editora El Comercio S.A. entregó al representante del Obispado Castrense, la suma de S/. 54,044.52 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA YCUATRO Y 52/100 NUEVOS SOLES), para ser destinado única, exclusivamente e íntegramente a la Compañía de Bomberos “Villa María del Triunfo” Nº 106; Que, mediante Acta de Recepción de Obra del 21 de marzo de 2006, el representante del Obispado Castrense ha recibido la obra “Construcción del Auditorio de laCompañía de Bomberos de Villa María del Triunfo 106”; Que, es necesario emitir la Resolución Jefatural de aceptación de las donaciones correspondientes; En uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución, de acuerdo al artículo 5º de la Ley Nº 27067 “Ley del Cuerpo Generalde Bomberos Voluntarios del Perú”. SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aceptar la donación efectuada por la empresa Editora El Comercio S.A. y el ObispadoCastrense a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, respecto a la financiación y construcción del auditorio de la Compañía de Bomberos“VILLA MARÍA DEL TRIUNFO” Nº 106, valorizado en la suma de S/. 54,044.52 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y CUATRO Y 52/100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º .- Encárguese a la Dirección General de Administración del CGBVP, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, dentrode los cinco (5) días hábiles de aprobada, bajo responsabilidad. Artículo 3º .- Encárguese a la Dirección de Control Patrimonial del CGBVP, la inscripción de la donación en el Registro correspondiente de la Superintendencia Nacional de Bienes y en el margesí de bienes del CGBVP. Artículo 4º .- La Dirección de Economía del CGBVP deberá registrar contablemente el monto de la donación. Regístrese, comuníquese, cúmplase. CARLOS CÓRDOVA GÓMEZ Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú 03308-1 INABEC /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G65/G73/G65/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G61/G20/G65/G78 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G49/G4E/G41/G42/G45/G43 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 233-JI-INABEC/2006 San Borja, 13 de octubre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 003-CEPAD/INABEC-2006, de fecha 13 de octubre del 2006, mediante el que la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INABEC, remite el Informe Final de la misma fecha, del procesoadministrativo disciplinario seguido contra del Eco. Ricardo Andrade Caldas ex Director de Crédito Educativo.