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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (25/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2007 344111 Fijan Factores de Ponderación del Valor Agregado de Distribución de diversas empresas de distribución eléctrica RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 175-2007-OS/CD Lima, 23 de abril de 2007 VISTOS: El Informe Técnico Nº 0137-2007-GART y el Informe emitido por la Asesoría Legal 0143-2007-GART, elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, en adelante GART; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución OSINERG Nº 164-2006- OS/CD se establecieron los Factores de Ponderación del Valor Agregado de Distribución por empresa de distribución eléctrica aplicables al periodo mayo 2006 - abril 2007; Que, el artículo 4º de la Resolución OSINERG Nº 157- 2005-OS/CD dispone que los factores de ponderación correspondientes a cada una de las empresas de distribución eléctrica se recalcularan anualmente, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Directoral Nº 015-2004 EM/DGE; Que, el artículo 5º de la Resolución Directoral Nº 015- 2004 EM/DGE establece que los Factores de Ponderación a emplearse para el cálculo de los Valores Agregados de Distribución para cada concesión durante el periodo noviembre 2005 - octubre 2009, serán las ventas de energía de cada sistema eléctrico en media tensión y en baja tensión, según corresponda, durante el periodo anual inmediato anterior a la fecha de aplicación; Que, según el artículo 6º de la Resolución Directoral citada corresponde a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN calcular y fi jar los factores de ponderación a que se re fi ere el considerando anterior, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la misma Resolución; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Fíjese los Factores de Ponderación del Valor Agregado de Distribución de cada una de las empresas de distribución eléctrica para el periodo 1 de mayo de 2007 al 30 de abril de 2008, de acuerdo a lo siguiente: Factores de Ponderación del Valor Agregado de Distribución en Media Tensión (VADMT) Empresa Factor de Ponderación por Sector Típico (%) Total 12345 E s p e c i a l Coelvisac 5,63% 94,37% 100,00% Edecañete 94,48% 5,52% 100,00% Edelnor 94,92% 4,84% 0,22% 0,02% 100,00% Electro Oriente 83,45% 4,97% 2,21% 9,37% 100,00% Electro Pangoa 100,00% 100,00%Electro Puno 50,46% 23,17% 1,61% 24,76% 100,00% Electro Sur Este 52,03% 18,45% 29,52% 100,00% Electro Sur Medio 94,85% 0,26% 0,02% 4,87% 100,00% Electro Tocache 100,00% 100,00% Electro Ucayali 93,40% 4,18% 2,42% 100,00% Electrocentro 53,03% 19,91% 8,15% 18,91% 100,00% Electronoroeste 89,54% 4,74% 5,40% 0,32% 100,00% Electronorte 73,76% 19,14% 3,03% 4,07% 100,00% Electrosur 93,53% 6,47% 100,00% Emsemsa 100,00% 100,00%Emseusa 100,00% 100,00%Hidrandina 84,70% 8,09% 2,49% 4,72% 100,00% Luz del Sur 100,00% 100,00%Seal 84,61% 7,81% 0,73% 6,85% 100,00% Sersa 100,00% 100,00% Factores de Ponderación del Valor Agregado de Distribución en Baja Tensión (VADBT) Empresa Factor de Ponderación por Sector Típico (%) Total 12345 E s p e c i a l Coelvisac 47,94% 52,06% 100,00% Edecañete 88,11% 11,89% 100,00% Edelnor 94,94% 4,69% 0,33% 0,04% 100,00% Electro Oriente 82,02% 5,76% 1,75% 10,47% 100,00% Electro Pangoa 100,00% 100,00% Electro Puno 51,52% 21,16% 1,61% 25,71% 100,00% Electro Sur Este 55,91% 18,98% 25,11% 100,00% Electro Sur Medio 97,36% 0,68% 0,04% 1,92% 100,00% Electro Tocache 100,00% 100,00% Electro Ucayali 92,06% 6,35% 1,59% 100,00% Electrocentro 56,31% 16,84% 8,84% 18,01% 100,00% Electronoroeste 85,73% 6,24% 7,68% 0,35% 100,00% Electronorte 75,88% 14,99% 4,26% 4,87% 100,00% Electrosur 95,37% 4,63% 100,00%Emsemsa 100,00% 100,00% Emseusa 100,00% 100,00% Hidrandina 84,18% 10,16% 2,25% 3,41% 100,00% Luz del Sur 100,00% 100,00% Seal 86,07% 8,12% 1,00% 4,81% 100,00% Sersa 100,00% 100,00% Artículo 2 º.- Los factores de ponderación del Valor Agregado de Distribución de los sistemas de distribución eléctrica administrados por empresas municipales y otros serán iguales a 100%, de acuerdo al sector típico correspondiente. Artículo 3 º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y consignada en la página web del OSINERGMIN. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 52355-3 Aprueba Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE) y el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al período mayo - julio 2007 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 176-2007-OS/CD Lima, 23 de abril de 2007 El OSINERGMIN, en cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes Nº 27510 y Nº 28307, debe aprobar el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica (en adelante FOSE) y su respectivo Programa Trimestral de Transferencias Externas; debiendo aprobarse en esta oportunidad el correspondiente para el período mayo 2007 - julio 2007. ANTECEDENTES: Que, mediante Ley Nº 27510 se creó el FOSE dirigido a favorecer el acceso y permanencia del servicio eléctrico a todos los usuarios residenciales del servicio público de electricidad, cuyos consumos mensuales sean menores a 100 kW.h; Que, conforme a la Ley Nº 27510, el OSINERG quedó encargado de establecer los criterios y procedimientos para la administración y aplicación del mencionado FOSE, los que fueron aprobados por la Resolución OSINERG Nº 2123-2001-OS/CD; modi fi cada mediante Resolución OSINERG Nº 088-2006-OS/CD;