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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (26/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2007 344175 Que mediante los escritos del visto la recurrente, solicita concesión especial para desarrollar actividades de acuicultura, mediante el cultivo del recurso “Concha de abanico” ( Argopecten purpuratus ), en un área de mar de 14.56 Has, ubicada en el lote 9 de la zona de El Queso de Bahía Independencia, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados se desprende que la recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos y los procedimentales, establecidos en el procedimiento Nº 40 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003- PRODUCE; Que mediante el O fi cio Nº 1471-2006-INRENA-J-IANP de fecha 20 de noviembre de 2006, el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, alcanza opinión favorable al Plan de Manejo presentado por la ASOCIACION COMUNIDAD ARTESANAL DE EXTRACTORES Y MARICULTORES (CAEM), para el otorgamiento de concesión especial en la Reserva Nacional de Paracas; De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 030-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 023-2001-PE, que aprueba el Reglamento de “Administración y Manejo de las Concesiones Especiales para el Desarrollo de la Maricultura de Especies Bentónicas en la Reserva Nacional de Paracas”; Estando a lo informado por la Dirección de Maricultura de la Dirección General de Acuicultura y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION COMUNIDAD ARTESANAL DE EXTRACTORES Y MARICULTORES (CAEM), concesión especial para desarrollar actividades de acuicultura mediante el cultivo del recurso “Concha de abanico” ( Argopecten purpuratus ), en un área de mar de catorce hectáreas y cinco mil seiscientos metros cuadrados (14.56) Has. ubicada en el lote 9 de la zona de El Queso de Bahía Independencia, del distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, delimitada por las siguientes coordenadas geográ fi cas (DATUM WGS 84): VÉRTICE LATITUD SUR LONGITUD OESTE A 14° 16’ 23.8188” 76° 07’ 53.2272” B 14° 16’ 23.9124” 76° 07’ 33.20.76”C 14° 16’ 31.8072” 76° 07’ 27.6204”D 14° 16’ 31.71” 76° 07’ 47.6436” Artículo 2º.- La concesión a que se re fi eren los artículos precedentes se otorga por un plazo de tres (3) años, renovable por igual período; debiendo la titular de la concesión cumplir con lo establecido en el Convenio Acuícola de Aprovechamiento Sostenible, que se sustenta en el Plan de Manejo de la Concesión Especial y la legislación nacional vigente, así como cumplir con lo siguiente: - Tramitar ante la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorización para la ocupación del área acuática, en un plazo máximo de 30 días calendario de otorgada la concesión especial. - Solicitar autorización previa del Ministerio de la Producción en la eventual ampliación de las actividades productivas hacia otras especies bentónicas. - Presentar informes semestrales a la Dirección General de Acuicultura, con copia a la Dirección Regional de la Producción de Ica, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. - Presentar informes mensuales a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Estadística como máximo 7 días calendario después de realizada la siembra o en los meses donde se efectúe cosecha. - Obtener la cali fi cación sanitaria emitida por la Dirección de Inspección y Control Sanitario del Instituto Tecnológico Pesquero-ITP, y presentar a la Dirección General de Acuicultura y a la Dirección Regional correspondiente, antes de dar inicio a sus actividades de cosecha.Artículo 3º.- La utilización del objeto de la concesión con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgó, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivó su otorgamiento, no acreditar la ejecución de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento del Convenio Acuícola de Aprovechamiento Sostenible, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolución Directoral serán causales de caducidad del derecho concedido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, la Dirección General de Pesca Artesanal, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, la Dirección Regional de Producción de Ica, al Instituto Nacional de Recursos Naturales y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA CAVERO CERRATO Directora General de Acuicultura 53102-9 SALUD Aceptan renuncia de Directora Ejecutiva de la Dirección de Políticas y Regulación de la Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 342-2007/MINSA Lima, 24 de abril del 2007 Vista la renuncia presentada por la licenciada en enfermería Lindaura Rosa Liendo Lucano y el O fi cio IDREH-Nº 861-OGA Nº 175-PER Nº 077-2007; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 101- 2007/MINSA, del 31 de enero de 2007, se designó a la licenciada en enfermería Lindaura Rosa Liendo Lucano, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Políticas y Regulación de la Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos; Que, resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por la citada funcionaria, con e fi cacia al 1 de abril de 2007; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; artículo 77º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con eficacia al 1 de abril de 2007, la renuncia formulada por la licenciada en enfermería Lindaura Rosa LIENDO LUCANO, al cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Políticas y Regulación de la Dirección General de Políticas, Regulación y Gestión del Desarrollo de los Recursos Humanos del Instituto de Desarrollo de Recursos