Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2007 (26/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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El inicio de procesos de revision de la legislacion nacional se efectuara basandose en principios universales de seguridad vial y en los aspectos civiles y penales o reglamentarios que se consideren precisos. Es necesario para asegurar la reeducacion de los calificados como infractores frecuentes a las normas viales, que estos no solo MORDAZA sancionados con penas administrativas y/o pecuniarias, a su vez es preciso el establecimiento de sanciones sociales que en primer lugar los redima frente a la sociedad mediante trabajos comunitarios y luego reforme respecto al hacer uso equivocado de las vias, de forma tal que se logre en ellos el hacer a un lado las actitudes que pudiesen poner en riesgo su seguridad asi como la de terceros. Finalmente, la Secretaria Tecnica del CNSV efectuara la revision y propondra al MTC la aprobacion de un MORDAZA Reglamento Nacional de MORDAZA cuyo eje central sea la seguridad vial. V. Coordinacion y liderazgo del Plan Nacional de Seguridad Vial: Estrategia Especifica 15: Incorporacion del Plan Nacional de Seguridad Vial al interior de los planes operativos de los sectores integrantes del CNSV, asi como de los Gobiernos Regionales y Locales del pais. Estrategia Especifica 13: Ordenamiento del sistema de transporte publico de pasajeros. Este objetivo debe orientarse a lograr la optimizacion adecuada de los servicios de transporte publico de pasajeros en el ambito MORDAZA, cuyo objetivo es la reduccion de la sobreoferta de la flota vehicular asignada a una sola via y/o ruta, asi como la aprobacion de una relacion de rutas unicas con topes maximos de participacion de flotas a fin de que estas no atenten contra la seguridad vial dentro del ambito provincial, finalmente cautelar que dichos servicios se presten solo por operadores acreditados para tal fin y que no cuenten con antecedentes o records negativos para la conduccion de un vehiculo dedicado al transporte publico de pasajeros. Cautelar los intereses de los usuarios de estos servicios, asi como la sobre oferta del servicio de transporte en una sola ruta o por vehiculos no aptos para este fin, se MORDAZA recompensado en la disminucion de los indices de choques y polucion ambiental. Son las autoridades competentes dedicadas a la gestion del transporte MORDAZA de pasajeros quienes deberan implementar en un plazo no mayor a un ano calendario; planes, politicas, asi como la aprobacion de medidas normativas necesarias que establezcan el reordenamiento de dichos servicios. Estrategia Especifica 14: Revision del MORDAZA legal en materia relacionada a colisiones de transito. Siendo una necesidad la promocion de un entorno seguro, asi como el correcto uso de las vias por parte de los ciudadanos que transitan diariamente a traves de ellas, o de cualquier otro objetivo a favor de la reduccion de las colisiones viales, ellos deben ir de la mano con un MORDAZA juridico coherente el cual sirva de base de la seguridad vial nacional. En tal sentido, a fin de contribuir a que las condiciones legales que regulen el uso correcto de la red vial, determinen las sanciones a quienes promuevan la inseguridad en ellas, el CNSV y la autoridad competente en esta materia iniciaran la revision y actualizacion de la legislacion nacional a fin de superar los vacios legales existentes que perjudican las condiciones de seguridad vial. Dichos vacios pueden encontrarse en el MORDAZA del codigo civil o penal, asi como de la reglamentacion vial correspondiente de tal forma que las sanciones impuestas MORDAZA efectivas y no permitan la liberacion de personas que abusando de sus derechos generaron la perdida de vidas humanas a causa de irresponsabilidades. Siendo algunas de estas el conducir bajo influencia del alcohol o drogas, conduciendo vehiculos orientados a brindar servicios de transporte de pasajeros tecnicamente no aptos para esta tarea, violar las normas que establezcan las velocidades maximas permitidas, u otras. Este objetivo se encuentra orientado a incorporar las metas o acciones u objetivos trazados en el presente plan nacional, al interior de los planes operativos institucionales de los sectores que conforman el CNSV con caracter de cumplimiento obligatorio, siendo estos los Ministerios de Transportes y Comunicaciones, Educacion, Salud e Interior. Asi mismo, es necesario para el exito del Plan Nacional de Seguridad Vial, asegurar la participacion de las autoridades Regionales y Municipales con vista a lograr su adhesion a los planes o politicas que forman parte del presente documento y de esta forma lograr que la seguridad vial forme parte de la agenda permanente y prioritaria de las decisiones que se tomen para salvaguardar la MORDAZA de los miembros de nuestra sociedad usuaria de las vias en los ambitos provinciales y distritales de cada region del pais. De esta forma se considera de cumplimiento obligatorio que las municipalidades adopten acciones concertadas a favor de la seguridad vial, considerandose para ello que esta tarea no debe ser aislada, si no mas bien concertada con los Comites Regionales de Seguridad Vial (CRSV) existentes o que se conformen para este fin. Dichos CRSV actuaran como extension del CNSV a nivel de cada region y los cuales podran invitar la participacion de la sociedad civil o empresariado privada para asegurar el exito de sus esfuerzos. Son de responsabilidad de los Gobiernos Regionales el asignarles una partida presupuestal a los CRSV correspondientes que les permitan efectuar la tarea para el cual es creado siendo esta la de promover coordinar, difundir, dirigir las acciones de seguridad vial en el ambito de su region. Estrategia Especifica 16: Liderazgo del Plan Nacional. Este objetivo esta orientado a lograr la institucionalidad del CNSV como organo con autonomia funcional y de coordinacion multisectorial en materia de seguridad vial lo cual le permita ser identificado como el ente rector en materia de seguridad vial a nivel nacional frente a la opinion publica, asi mismo es prioridad potenciar y fortalecer su capacidad tecnica para el logro de los objetivos para el cual fue creado, asi como de las programas vertidos en el presente plan nacional. Queda entonces a manos del poder legislativo y/o ejecutivo del Estado Peruano, el dictaminar y aprobar medidas a la aprobacion del Plan Nacional de Seguridad Vial, que establezcan de necesidad e interes publico promover la seguridad vial nacional y posibiliten el fortalecimiento y la autonomia para el accionar del CNSV, y de esta forma se de inicio a la implementacion del Plan Nacional de Seguridad Vial. Estrategia Especifica 17: Consolidacion de la Secretaria Tecnica.

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