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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2007 344191 Artículo 2º.- Incorporar al contenido de la Resolución Directoral Nº 010-2004-MTC/12 del 27 de enero del 2004, el siguiente artículo: “Artículo 15º.- La empresa AVIACIÓN DEL SUR S.A. - AVIASUR deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país.” Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 010-2004-MTC/12 del 27 de enero del 2004, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO RODRíGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 49799-1 VIVIENDA Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 109-2007-VIVIENDA Lima, 25 de abril de 2007CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 476-2006- VIVIENDA de fecha 11 de diciembre de 2006, se designó al señor Eduardo Nicolás Rodríguez Gallo, en el cargo de Director General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de con fi anza; Que mediante comunicación de fecha 16 de abril del 2007, el mencionado funcionario ha puesto su cargo a disposición, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27779, 27792 y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha la renuncia formulada por el señor EDUARDO NICOLÁS RODRÍGUEZ GALLO al cargo de Director General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 53940-1 Aceptan renuncia de Director de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 110-2007-VIVIENDA Lima, 25 de abril de 2007CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 281-2006- VIVIENDA de fecha 13 de setiembre de 2006, se designó al señor Lic. José Ignacio Andrades Sosa, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de con fi anza; Que mediante comunicación de fecha 17 de abril del 2007, el mencionado funcionario ha puesto su cargo a disposición, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27779, 27792 y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha la renuncia formulada por el señor Lic. JOSÉ IGNACIO ANDRADES SOSA, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 53940-2 ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Aprueban Reglamento General de Admisión de aplicación a todas las universidades bajo competencia del CONAFU CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES RESOLUCIÓN Nº 086-2007-CONAFU Lima, 19 de marzo del 2007 VISTOS; la Resolución Nº 023-2006-CONAFU de fecha 30 de enero del 2006, el Informe Nº 094-2007-CDAA-CONAFU de fecha 26 de febrero del 2007, y el Acuerdo Nº 100-2007-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 13 de marzo del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribución la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento provisional o de fi nitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa veri fi cación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° inc. “a” y “b” del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU del 13 de julio del 2006, “Son fi nes del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU): a) Promover una educación Universitaria de calidad, en concordancia con los fi nes de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente, b) Desarrollar en el país una cultura de evaluación institucional orientada a la acreditación universitaria”; Que, de conformidad con el Art. 10° inc. “a” del citado cuerpo normativo, son atribuciones del Pleno del CONAFU: a) Establecer las políticas de funcionamiento del CONAFU y dirigir la actividad funcional del mismo;