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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (26/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2007 344207 en vías públicas (reforzamiento o ampliación de redes de distribución, electri fi cación de zonas urbanas o agrupamiento de viviendas), con excepción de los costos regulados que correspondan a las conexiones eléctricas. DCRi = INR x ( NIN / NCM ) Donde: INR = Sumatoria de los importes, expresados en UIT, de las contribuciones reembolsables no reconocidas. NIN = Número de casos de contribuciones reembolsables no reconocidas pertenecientes a la muestra. NCM = Número total de casos de la muestra. y;i = 1 Casos de aportes por reforzamiento de redes o extensiones de red de distribución secundaria para la atención de nuevas conexiones o solicitudes de ampliación de potencia contratada, no reconocidos como reembolsables. i = 2 Casos de fi nanciamiento o construcción de obras de extensión de las instalaciones hasta el punto de entrega en media o alta tensión, no reconocidas como contribuciones reembolsables. i = 3 Casos de nuevas habilitaciones urbanas, electri fi cación de zonas urbanas o de agrupaciones de viviendas ubicadas dentro de la zona de responsabilidad de la concesionaria, no reconocidas como contribuciones reembolsables. i = 4 Otros casos en los que el usuario o interesado hafi nanciado o participado en la construcción de redes y/o ampliaciones para el suministro. La información para la determinación del indicador se obtiene de la muestra de solicitudes y obras seleccionadas del total informado de acuerdo a los Anexos Nº 2 y5. 3.2 DCE: Desviación del cumplimiento de la elección de los usuarios o interesados sobre la modalidad de la contribución y la forma de su reembolso. Con este indicador se determina el grado de desviación del cumplimiento de la concesionaria respecto a la obligación de ofrecer a elección de los usuarios o interesados las alternativas de las modalidades de contribución reembolsable, de acuerdo con el artículo 83º de la LCE (con la debida información sobre fi nanciar (presupuesto) o construir). Asimismo, determina el grado de desviación del cumplimiento de la concesionaria respecto a la obligación de ofrecer a elección de los usuarios o interesados, las modalidades de reembolso de la contribución de acuerdo con lo establecido por la DCR. DCEi = ( NCI / NCM ) x 100 Donde: NCI = Número de casos de la muestra seleccionada en los que, la concesionaria no ofreció a elección del usuario o interesado las alternativas de las modalidades de la contribución y/o las modalidades del reembolso. NCM = Número total de la muestra seleccionada. y;i = 1 Propuesta de la concesionaria a elección del usuario o interesado sobre las modalidades de contribución reembolsable, entre fi nanciar (presupuesto) o construir. Los casos de incumplimiento de ofrecer las alternativas de modalidades de contribución se determinarán de la evaluación de la documentación obligatoria; de la cual resulten omisiones de ofrecimiento para el fi nanciamiento (entrega de presupuesto con la respectiva constancia de entrega al usuario o interesado) o la construcción (comunicación para la construcción de obras bajo una contribución reembolsable con el respectivo cargo de entrega al usuario o interesado). i = 2 Propuesta de la concesionaria a elección del usuario o interesado sobre las modalidades de reembolso de la contribución según la DCR. Los casos de incumplimiento de ofrecer las alternativas de modalidades de reembolso se determinarán de la evaluación de la documentación obligatoria detallada para la elección la modalidad de devolución de la contribución reembolsable de acuerdo con la DCR. La información para la determinación del indicador se obtiene de la muestra de casos seleccionados del total informado de acuerdo a los Anexos Nºs. 2 y3. 3.3 DPO: Desviación de los presupuestos o valorización de las obras fi nanciadas o construidas por los usuarios o interesados. Con este indicador se determina el grado de desviación de los presupuestos o valorización de las obras fi nanciadas o construidas por los usuarios o interesados, determinado por la concesionaria respecto al presupuesto o valorización calculado por OSINERGMIN en función al CEIDE. DPOi = [( ™IDC / ™IDO ) - 1] x 100 Donde: IDC = Importe determinado por la concesionaria (S/.). IDO = Importe calculado por OSINERGMIN (S/.). y;i = 1 Presupuestos de acuerdo a la modalidad de aportes por kW (literal a) del artículo 83º de la LCE). i = 2 Valorización de las obras en la modalidad de construcción de extensiones de redes por el usuario o interesado, cuyo importe fue determinado en función al VNR. i = 3 Presupuestos calculados en la modalidad de fi nanciamiento por el solicitante, cuyo importe fue determinado en función al VNR . i = 4 Valorización de las obras en los casos de habilitación de zonas urbanas o de agrupamiento de viviendas, cuyo importe fue determinado en función al VNR. OSINERGMIN evaluará: a) Los presupuestos calculados en base al costo unitario por kW fi jado anticipadamente por la concesionaria, informado a OSINERGMIN y publicado conjuntamente con los pliegos tarifarios, según lo establecido por la DCR. b) La valorización de las obras calculadas en base alCEIDE , que forma parte del presente procedimiento; asimismo, veri fi cará según corresponda, la actualización de los importes de acuerdo a la normatividad establecida para el caso. La información para la determinación del indicador se obtiene de la muestra de suministros seleccionados del total informado de acuerdo a los Anexos Nºs. 2 y 3. 3.4 DPA: Desviación de plazos de atención sobre aportes y devolución de las contribuciones reembolsables. Con este indicador se determina el grado de desviación superior de la atención sobre aportes y devolución de las contribuciones reembolsables