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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (26/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2007 344206 OSINERGMIN de forma directa; así como las que se realicen de manera conjunta con la concesionaria. En este último caso, la concesionaria a requerimiento de OSINERGMIN, deberá realizar dichas veri fi caciones. c) La veri fi cación del proceso de contribuciones reembolsables y su devolución a los usuarios o interesados contempla lo siguiente: c.1 Que la concesionaria haya cumplido con reconocer la contribución reembolsable realizada por los usuarios o interesados para el fi nanciamiento o construcción de instalaciones eléctricas en vías públicas (reforzamiento o ampliación de redes de distribución, electri fi cación de zonas urbanas o de agrupamiento de viviendas), con excepción de los costos regulados que correspondan a las conexiones eléctricas. c.2 Que la concesionaria haya cumplido con ofrecer a elección de los usuarios o interesados, las alternativas de las modalidades de contribución reembolsable con la debida información sobre fi nanciar (presupuesto) o construir. Asimismo que haya cumplido con ofrecer a elección de los usuarios o interesados, las modalidades de reembolso de la contribución, de acuerdo a lo establecido en la DCR. c.3 Que la concesionaria haya determinado el presupuesto o valorización de las obras fi nanciadas o construidas por los usuarios o interesados, de acuerdo con la normatividad vigente sobre el tema. c.4 Que la concesionaria haya cumplido con sus obligaciones en los plazos de atención establecidos por la normatividad durante el proceso de contribuciones reembolsables y su devolución a los usuarios o interesados. c.5 Que la concesionaria haya cumplido con determinar el importe correspondiente a los intereses de acuerdo con lo establecido por la normatividad vigente. Para la aplicación del literal c), OSINERGMIN alcanzará a la concesionaria los criterios de selección de la muestra representativa de la información que será objeto de supervisión, la que será extraída de la información contenida en los Anexos señalados en el Título Segundo. 1.2.6 OSINERGMIN, podrá realizar acciones complementarias de supervisión/ fi scalización de acuerdo con el procedimiento establecido, con la fi nalidad de evaluar la aplicación especí fi ca que viene efectuando la concesionaria sobre determinados aspectos de los procesos de contribuciones reembolsables y su devolución a los usuarios o interesados. II. TÍTULO SEGUNDO REQUERIMIENTO DE INFORMACION 2.1 Aspectos generales para la presentación de la información La información para la determinación de la muestra aleatoria estadísticamente representativa, correspondiente a la supervisión del proceso de contribuciones reembolsables y su devolución a los usuarios o interesados, deberán ser publicadas en la página Web de la concesionaria y estará disponible en modo lectura, debiendo permitir su descarga con clave de acceso otorgada a OSINERGMIN, dicha información contendrá: a) Información de los últimos doce meses, correspondiente a todas las solicitudes de los usuarios o interesados para la obtención de nuevos suministros o modi fi cación de las existentes, de acuerdo al formato señalado en el Anexo Nº 2 : a.1) Que no requieran de aportes reembolsables, y a.2) Que requieran aportes reembolsables, para: i) Reforzamiento de redes BT, ii) Extensión de redes en BT o MT., iii) Electri fi cación de zonas urbanas y, iv) Electri fi cación de agrupamiento de viviendas. Dicha información, será del tipo registro móvil y será actualizada mensualmente según los avances de su atención, de acuerdo con lo establecido por la DCR. Los casos que correspondan a lo señalado en el literal a.1), concluirán con la información del presupuesto de la conexión. Asimismo, los casos que correspondan a los señalados en el literal a.2), una vez publicada la modalidad de aporte elegida por el usuario o interesado, será trasladado al requerimiento descrito en el literal b) siguiente.b) Información de contribuciones reembolsables cuya modalidad de aporte fue formalizada con los usuarios o interesados, en los últimos doce meses inmediatos anteriores, de acuerdo al formato señalado en el Anexo Nº 3. Dicha información, será del tipo registro móvil y será actualizada mensualmente según los avances de su atención, hasta la publicación de la fecha en que se concrete la modalidad y entrega del reembolso. Los casos de contribuciones reembolsables cuyas moda- lidades y fechas de entrega de reembolso son concretadas y publicadas, serán trasladadas al requerimiento descrito en el literal c) siguiente. c) Información del estado de cuenta corriente de la devolución de los casos en devolución de las contribuciones reembolsables, de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 4. Dicha información será del tipo registro móvil, es decir, deberá ser actualizada mensualmente según corresponda su devolución, de acuerdo con lo establecido por la DCR, retirando los casos en los que la concesionaria efectuó la publicación en su página Web de la devolución total del reembolso e incorporando nuevos casos provenientes del formato del Anexo Nº 3, descrito en el literal b). d) Información de todas las obras de ampliación o extensión, electri fi cación de zonas urbanas o de agrupamiento de viviendas, puestas en servicio por la concesionaria en los últimos doce meses inmediatos anteriores, que hayan requerido o no requerido de las contribuciones reembolsables de los usuarios o interesados, incluidas todas las obras ejecutadas por la concesionaria por cumplir con la condición de mayor del 40% de habitabilidad; información de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 5. e) En base a la información descrita en los literales a), b), c) y d), OSINERGMIN seleccionará la muestra representativa, comunicará a la concesionaria y ésta previo requerimiento de OSINERGMIN, pondrá a disposición del Supervisor los expedientes completos de la muestra seleccionada, los cuales deberán contener la información mínima obligatoria indicada en el Anexo Nº 6 , como sustento del cumplimiento de la normatividad sobre contribuciones reembolsables y su devolución. Con dicha información OSINERGMIN, determinará y evaluará los indicadores de gestión. 2.2 Contenido, frecuencia y plazos de entrega de la información La información será publicada por la concesionaria en su página Web de acuerdo a lo señalado en la Tabla Nº 1: Tabla Nº 1 Contenido Frecuencia Plazo máximo Información indicada en el literal a) del numeral 2.1 del presente procedimiento, de acuerdo al formato señalado en el Anexo Nº 2 .Mensual (Registro móvil)Tercer día hábil del mes inmediato siguiente. Información indicada en el literal b) del numeral 2.1 del presente procedimiento, de acuerdo al formato señalado en el Anexo Nº 3.Mensual (Registro móvil)Tercer día hábil del mes inmediato siguiente. Información indicada en el literal c) del numeral 2.1 del presente procedimiento, de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 4, será actualizada mensualmente hasta la devolución total del reembolso. Asimismo, deberá incluirse los casos de contribuciones reembolsables que se encuentren pendientes o en proceso de devolución desde la vigencia de la LCE.Mensual (Registro móvil)Tercer día hábil del mes inmediato siguiente. Información indicada en el literal d) del numeral 2.1 del presente procedimiento, de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 5.Mensual (Registro móvil)Tercer día hábil del mes inmediato siguiente. Expedientes completos de la muestra seleccionada con la información mínima obligatoria, según lo establecido en el Anexo Nº 6.De acuerdo al requerimiento expreso de OSINERGMIN.Tercer día hábil contado a partir de la recepción de la solicitud de OSINERGMIN III. TÍTULO TERCERO INDICADORES PARA LA EVALUACIÓN DE CONTRIBUCIONES REEMBOLSABLES Y SU DEVOLUCIÓN 3.1 DCR: Desviación del reconocimiento de contribuciones reembolsables. Con este indicador se determina el grado de incumplimiento de la concesionaria, en relación al reconocimiento de las contribuciones reembolsables realizadas por los usuarios o interesados para fi nanciar o construir instalaciones eléctricas