Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2007 (26/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

realizada por la concesionaria respecto a los plazos maximos establecidos por la normatividad vigente sobre contribuciones reembolsables y su devolucion a los usuarios o interesados.
DPAi = ( NCE / NCM ) x 100

V. TITULO MORDAZA DISPOSICION COMPLEMENTARIA · Unica.- El presente procedimiento excluye a las obras financiadas por el FONAVI por contar con normatividad especifica, en virtud de la Ley Nº 26969 que faculta al Ministerio de Economia y Finanzas a ejercer todos los derechos y acciones que correspondan a las contribuciones reembolsables de las obras financiadas por este fondo. VI. TITULO MORDAZA DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las contribuciones reembolsables pendientes o en MORDAZA de devolucion generadas desde la fecha de puesta en vigencia de la LCE, hasta la fecha de publicacion del presente procedimiento, deberan iniciarse o continuar con el correspondiente MORDAZA de su devolucion, de acuerdo con lo establecido por la normatividad vigente; en caso OSINERGMIN detecte evidencias de trasgresion a dicha normatividad, ejecutara procesos de supervision especial especificos. Segunda.- La concesionaria para el inicio de la supervision del cumplimiento de la normatividad sobre contribuciones reembolsables mediante el presente procedimiento, tendra un plazo MORDAZA de 30 dias calendario para implementar en su pagina Web, la informacion de los Anexos Nº 2, 3, 4 y 5 indicadas en la Tabla Nº 1 del Titulo Segundo. Dicha informacion correspondera a la informacion generada a partir del mes de enero de 2007. Tercera.- La concesionaria, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles de publicado el presente procedimiento, debera Informar a OSINERGMIN de acuerdo al formato establecido en el Anexo Nº 05, sobre la totalidad de las obras de ampliacion o extension, electrificacion de zonas urbanas y de agrupamiento de viviendas, efectuadas en todo el ambito de su responsabilidad, en cuya ejecucion o financiamiento MORDAZA participado el usuario o interesado correspondiente al periodo desde el ano 2002 hasta la fecha de la publicacion del presente procedimiento. Dicha informacion, debera ser transferida en formato ASCII con extension MORDAZA texto (.txt), debidamente comprimida (zipeada) mediante el sistema FTP de la concesionaria que lo solcite (File Transfer Protocol), o eventualmente por motivos debidamente justificados, por correo electronico a la direccion comercial_creemb@OSINERGMIN.gob.pe. ANEXO Nº 1 CODIGO DE IDENTIFICACION DE LAS CONCESIONARIAS
Item Concesionaria Codigo 1 Consorcio Electrico del Villacuri CEV 2 Edecanete ECA 3 Edelnor S.A.A. EDN 4 Electro Centro ELC 5 Electronoroeste ENO 6 Electro Norte ELN 7 Electro Oriente EOR 8 Electro MORDAZA EPU 9 Electro Sur ELS 10 Electro Sur Este ESE 11 Electro Sur Medio ESM 12 Electro Tocache ETO 13 Electro Ucayali EUC 14 Electro Norte Medio - Hidrandina HID 15 Luz del Sur S.A.A. EDS 16 Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. SEA 17 Servicio Electrico MORDAZA RIO 18 Empresa Municipal Paramonga EMP 19 Empresa Municipal Utcubamba EMU Los codigos que no figuran seran establecidos por Osinergmin

Donde: NCE = Numero de casos de la muestra con exceso, respecto al plazo MORDAZA establecido en la DCR. NCM = Numero total de casos de la muestra. y; i=1 i=2 i=3 Plazo para la determinacion de la contribucion reembolsable. Plazo para concretar la modalidad y fecha de entrega del reembolso. Plazo para la entrega del reembolso.

La informacion para la determinacion del indicador se obtiene de la muestra de suministros seleccionados del total informado de acuerdo a los Anexos Nºs. 2, 3 y 4. 3.5 DMI: Desviacion del monto de intereses Con este indicador se determina el grado de desviacion inferior del monto de los intereses determinado por la concesionaria, respecto del monto calculado por OSINERGMIN de acuerdo a la normativa aplicable y considerando en ambos casos la fecha de devolucion de la contribucion reembolsable.
DMI= [( MIC / MIO)-1] x 100

Donde: MIC = Monto total de intereses determinado por la concesionaria. MIO = Monto total de intereses calculado por OSINERGMIN. La informacion para la determinacion del indicador se obtiene de la muestra de suministros seleccionados del total informado de acuerdo a los Anexos Nºs. 3 y 4. IV. TITULO MORDAZA SANCIONES Y MULTAS Unica.- Constituyen infracciones que seran tipificadas como sancionables, aplicable a la concesionaria, los siguientes hechos: a) Si la concesionaria no cumple con publicar en su pagina Web, la informacion en los terminos y plazos indicados en la Tabla Nº 1 del Titulo MORDAZA (con excepcion del Anexo Nº 6) y/o no facilitar al supervisor los expedientes completos de contribuciones reembolsables con la informacion minima obligatoria senalada en el Anexo Nº 6, correspondientes a la muestra seleccionada, dentro de los plazos establecidos, o en caso que las mismas no se ajusten a la realidad, por modificacion u omision de datos. b) Cuando OSINERGMIN en los procesos de supervision especial senalada en la Primera Disposicion Transitoria del Titulo MORDAZA, determine la trasgresion de la normatividad vigente sobre contribuciones reembolsables y su devolucion a los usuarios o interesados c) Si la concesionaria no cumple con la MORDAZA y/o Tercera Disposicion Transitoria del Titulo MORDAZA, dentro de los plazos establecidos, o en caso que la misma no sea exacta, por modificacion u omision de datos. d) Cuando los indicadores calculados de acuerdo a lo previsto en este procedimiento excedieran las tolerancias establecidas en la Escala de Multas y Sanciones. La escala de Multas y Sanciones, MORDAZA mencionadas sera oportunamente aprobado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN.

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