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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2007 350968 propuesta cumpla con las características y condiciones mínimas requeridas en las Bases, dejando constancia que si antes del plazo de 90 días, se logra suscribir el nuevo contrato de servicio, la Situación de Desabastecimiento Inminente concluirá en dicha oportunidad. Artículo Tercero.- Disponer que el Órgano de Control Institucional realice un Examen Especial para el deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 21º, segundo párrafo y 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Disponer se efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el SEACE, y asimismo se remita a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, copia de la misma, así como de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente resolución a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Logística, Finanzas, Órgano de Control Institucional y Ofi cina de Asesoría Jurídica, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLIVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 93730-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Piura la apertura de oficina en modalidad de agencia en Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1028-2007 Lima, 26 de julio de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (en adelante Caja Municipal de Piura) para que se le autorice la apertura de una agencia en el distrito de Lima, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el D.S. Nº 157-90-EF y en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 - (en adelante Ley General), la Caja Municipal de Ahorro y Crédito es una empresa de operaciones múltiples, cuya fi nalidad y especialidad consiste en captar depósitos del público y otorgar fi nanciamientos preferentemente a las pequeñas y micro empresas; Que, la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC) ha remitido mediante O fi cio Nº 049-2006-FEPCMAC de fecha 28.3.2006, el informe con opinión favorable sobre la apertura de esta agencia en mención en la provincia de Lima, en cumplimiento de la función dispuesta en el literal f) del artículo 22º del D.S. Nº 157-90-EF; Que, la Caja Municipal de Piura ha cumplido con presentar la documentación exigida para la apertura de la ofi cina solicitada, en el cual se efectuará estrictamente operaciones relacionadas con su fi nalidad y especialidad en operaciones de micro fi nanzas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B”, mediante Informe Nº 205-2007-DEM “B”; y, con la opinión favorable de la Intendencia General de Micro fi nanzas; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General y la Circular Nº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25.7.2005 y Resolución SBS Nº 877-2007 del 9.7.2007; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Piura la apertura de una o fi cina en modalidad de agencia ubicada en la avenida Nicolás de Piérola Nº 607 y jirón Ocoña Nº 393, distrito de Lima, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La apertura de la agencia autorizada por la presente Resolución, está sujeta al igual que las demás o fi cinas autorizadas en Lima Metropolitana, al cumplimiento de las condiciones prudenciales para el ingreso de la Caja Municipal de Piura al mercado fi nanciero de la ciudad de Lima, asumidas expresamente por el Directorio mediante el Acuerdo Nº 006-2003 adoptado en la Sesión del 13 de enero de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 92808-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la “Encuesta de Hogares Especializada en Niveles de Empleo 2007” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 223-2007-INEI Lima, 24 de julio del 2007Visto el O fi cio Nº 147-2007–MTPE/4/10.3, de la O fi cina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización para realizar la “Encuesta de Hogares Especializada en Niveles de Empleo 2007”, durante el período comprendido entre el 1 de agosto y 12 de octubre, en las provincias de Lima y Callao y principales ciudades seleccionadas a través de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática” el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas; Que, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, requiere contar con información sobre la estructura y tendencias de cambio de la fuerza laboral, a través de sus principales características socio-económicas, que permita el estudio de la realidad nacional, la formulación y evaluación de los planes de desarrollo y la toma de decisiones; Que, en tal sentido, la citada Dirección Nacional realizará la “Encuesta de Hogares Especializada en Niveles de Empleo 2007”, durante el período comprendido entre el 1 de agosto y 12 de octubre, en las provincias de Lima y Callao y principales ciudades seleccionadas, dirigida a una muestra de viviendas, por lo que es necesario aprobar los formularios respectivos y fi jar el plazo máximo de entrega de la información;