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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (08/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2007 350979 SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la relación de las obras, que se detallan en el Anexo Nº 01 de la presente Resolución y disponer su publicación de conformidad con el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Página Web de la Institución dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, y cúmplase.NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional ANEXO Nº 01 Nº DESCRIPCIÓN 1 Electri fi cación Purmacana - Venado Muerto 2Mejoramiento del sistema de electri fi cación - Zona Rural, Valle Fortaleza, Valle Pativilca 3 Proyecto electri fi cación rural de Barranca 4Red secundaria de electri fi cación de Aguar y Pumahuain en el Distrito de Caujul 5 Electri fi cación del Centro Poblado Vilcahuaura 6 Mejoramiento de la carretera troncal Cahua - Cajatambo 7Mejoramiento de vías de acceso a la Provincia de Canta (tramo Canta - La Chaqui) 8Mejoramiento de la Carretera de Penetración Huaral - Huando - Palpa 9 Mejoramiento de la carretera Pampa Libre - Ayaranga - Paccho 10 Mejoramiento de la carretera Vicahuaura - Ambar 11Mejoramiento carretera Huacho - Pampa de Animas - Irrigación de Santa Rosa 12Mejoramiento del camino carrozable Pampa de Animas - Santa Rosalía 13Mejoramiento carretera Huaral - Irrigación La Esperanza - Santa Rosa 14Construcción del sistema de agua y alcantarillado en el Asentamiento Humano Olof Palme - Cañete 15Construcción del sistema de agua potable y alcantarillado en el A.A.H.H 15 de Enero - Cañete 16Construcción del sistema de tratamiento de aguas residuales domesticas usando tecnologías limpias de humedales arti fi ciales Lunahuana - Cañete 17Sistema integral de agua y desagüe y pozas de oxidación Carquin - Huaura 18Instalación de agua y desagüe en el sector de Manchurria (alta y baja) 19Instalación de alcantarillado y conexiones domiciliarias en la calle Las Malvinas - Huaura 20Construcción del sistema de alcantarillado en la C.C de Rapaz - Oyón 21Construcción del sistema de alcantarillado en la C.C de Quichas - Oyón 22Rehabilitación de la red de agua potable y alcantarillado de las avenidas Santa Rosa - Cruz de Cano y Puquio Cano - Hualmay - Huaura. 23Construcción y mejoramiento de infraestructura de riego (Represa Rauma - Sumbilca) - Huaral 24Mejoramiento del canal de riego Virgen del Carmen en la C.C de Liple - Navan 25 Represamiento de la Laguna de Tuctococha - Huarochirí26 Construcción de la represa Churincocha - Huaura27 Construcción de la represa Tutacocha de Auquichanca - Yauyos28 Sistema de irrigación Lamas - Cajatambo29 Mejoramiento de ampliación del Canal Pucachaca - Canta 30 Construcción canal Cerro Calalto a Cantacachi, Huarochirí - Cañete31 Terminación del canal de irrigación Willcapampa - Huarochirí32 Mejoramiento del canal Matara - Huarochirí 33Mejoramiento de la infraestructura de Riego Sol Naciente, Colcapampa - Oyón 34 Mejoramiento de la infraestructura de riego Rapac - Oyón 93074-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Otorgan plazo para la regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas en el distrito y beneficio de exoneración de multas y sanciones ORDENANZA Nº 156-MDA Ate, 24 de julio de 2007POR CUANTO:El Concejo Distrital de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de julio del 2007, visto el Dictamen Nº 006-MDA-CDU-2007 de la Comisión de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por mandato del artículo 195º numeral 6) los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con la política y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competentes para plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la Zoni fi cación, Urbanismo y el acondicionamiento municipal; Que, las Municipalidades Distritales tienen funciones especí fi cas y exclusivas para regular aspectos relacionados a Habilitaciones Urbanas de predios ubicados dentro de su jurisdicción, conforme a lo previsto en el numeral 3.6.1 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, de acuerdo a lo establecido por la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobada por Ley Nº 26878 – y El Reglamento vigente para Lima Metropolitana, el Decreto de Alcaldía Nº 079/MML, las Municipalidades Distritales, dentro del ámbito de su jurisdicción territorial, tienen competencia para conocer y aprobar las solicitudes de habilitaciones urbanas, incluyendo los casos de regularización de habilitaciones pendientes o en trámite, que presenten los propietarios, sean éstos personas naturales o jurídicas, comprendiéndose entre estas últimas a las asociaciones de vivienda, pro vivienda, habilitadoras, urbanizadoras o cualquier otra forma de persona jurídica que realicen dicho trámite a favor de sus asociados, integrantes, futuros propietarios y/o adquirientes del programa de vivienda y/o comercio local, vecinal que promuevan; Que, de acuerdo con la realidad y consolidación urbana del distrito, se ha podido veri fi car la existencia de diversas lotizaciones, que requieren ser regularizadas bajo los alcances del marco normativo antes señalado; Que, la poca difusión de la normatividad aplicable a los procedimientos de habilitación urbana, ha generado que la mayoría de la población local no haya iniciado o culminado los trámites de la regularización de habilitación urbana, resultando necesario conceder un plazo prudencial para que dichos bene fi ciarios se acojan y presenten sus respectivos expedientes a esta Corporación Municipal; Que, a fi n de viabilizar la regularización de la Habilitación Urbana corresponde otorgar, a los interesados, el bene fi cio de condonación del 100% de las multas y sanciones establecidas por el Reglamento Nacional de Edifi caciones y el Reglamento de Aplicación de Sanciones aprobado por Ordenanza Municipal Nº 040-MDA; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 73º, numeral 1), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, de acuerdo a su condición asuma las competencias y funciones especí fi cas de acuerdo a la Organización del espacio físico y uso de suelo en las materias de Zoni fi cación, Catastro, Habilitación Urbana, Saneamiento físico y legal de Asentamientos Humanos, Acondicionamiento territorial y otros;