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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2007 350978 Germán Hurtado Ruiz) asimismo se designó por mayoría al Representante ante la EPS de Huaral (4 votos a favor del candidato Fortunato Bustillos Torre, 3 votos a favor del candidato Adalberto Andrés Petrliik Kerla, 1 voto en contra del Consejero Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro); En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39° del mismo cuerpo legal; ACUERDA:Artículo Primero.- DESIGNAR como Representante del Gobierno Regional ante la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento de Cañete -EMAPA Cañete- al ingeniero Filiberto Demetrio Ramos Medrano. Artículo Segundo.- DESIGNAR como Representante del Gobierno Regional ante la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento de Huaral -EMAPA Huaral- al CPC. Fortunato Bustillos Torre. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo de Consejo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 93074-8 Remiten al Gobierno Regional de Lima el Dictamen Final de la Comisión Ordinaria de Transportes, Telecomunicaciones, Pesquería, Servicios Públicos, Minería, Energía e Hidrocarburos ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 050-2007-CR/GRL Huacho, 19 de julio de 2007VISTOS: El Dictamen Final de Comisión Ordinaria de Transportes, Telecomunicaciones, Pesquería, Servicios Públicos, Minería, Energía e Hidrocarburos, el cual forma parte del presente Acuerdo, respecto a la revisión del Acuerdo de Consejo Regional Nº 012-2006-CR/GRL; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 27902, siendo sus atribuciones tal como lo dispone el inciso a) del artículo 15º de la referida ley, de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten sus asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en la sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, llevada a cabo en la ciudad de Huacho, el 19 de julio del año en curso, el Consejero Regional ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, en su calidad de Presidente de la Comisión Ordinaria de Transportes, Telecomunicaciones, Pesquería, Servicios Públicos, Minería, Energía e Hidrocarburos, sustentó ante el pleno del Consejo su dictamen fi nal respecto a la revisión del Acuerdo de Consejo Regional Nº 012-2006-CR/GRL y con el voto en mayoría ( 5 votos a favor y 3 abstenciones de los Consejeros Regionales Santos Tomás Quispe Murga, Tito Germán Hurtado Ruiz e Bertha Clotilde Ramos Urbina) se aprobo el Dictamen Final de la Comisión; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA:Artículo Primero.- REMITIR al Gobierno Regional de Lima el Dictamen Final de Comisión Ordinaria de Transportes, Telecomunicaciones, Pesquería, Servicios Públicos, Minería, Energía e Hidrocarburos, a efectos que proceda conforme a sus atribuciones teniendo en cuenta las Conclusiones y Recomendaciones de dicho Dictamen Final. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique y publique.MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 93074-9 Aprueban relación de obra a ejecutarse conforme a lo dispuesto en el D.U. Nº 024-2006 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 509-2007-PRES. Huacho, 1 de agosto del año 2007VISTO: Ley Nº 29035 - Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el añofi scal 2007 y dicta otras medidas, publicado el 10 de junio de 2007; el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, publicado el 26 de septiembre de 2006; el Decreto de Urgencia Nº 014-2007 publicado el 10 de mayo de 2007; el Decreto de Urgencia Nº 015-2007 publicado el 22 de mayo de 2007; el Acuerdo de Consejo Nº 044-2007-CR/GRL, de fecha 2 de julio de 2007 y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 421-2007-PRES, de fecha 14 de junio de 2007, que autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional de Lima; y, CONSIDERANDO:Que mediante Ley Nº 28927, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente al año fi scal 2007, en el que se especi fi can las transferencias del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales; Que el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 024- 2006, dispone la publicación en el Diario O fi cial El Peruano, de la relación de bienes, servicios y obras, a ejecutar, aprobadas mediante Resolución del Titular de la Entidad o la Máxima Autoridad Administrativa; Que mediante Acuerdo de Consejo Nº 044-2007-CR/ GRL, se decide priorizar la ejecución de los proyectos en materia de rehabilitación y mejoramiento de carreteras, saneamiento, electri fi cación rural y pequeñas y medianas infraestructuras de riego que forman parte del Programa de Inversiones 2007, el cual forma parte del crédito suplementario autorizado mediante Ley Nº 29035 y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 421-2007-PRES, que autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional de Lima; Con la conformidad de la Gerencia General y con las visaciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Subgerencia Regional de Administración, la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica y la Secretaría General del Gobierno Regional de Lima; Por lo que de conformidad con la Ley Nº 29035 - Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 y dicta otras medidas, publicado el 10 de junio de 2007; Decreto de Urgencia Nº 024-2006, publicado el 26 de septiembre de 2006, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;