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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de agosto de 2007 351587 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, The Offi ce of the Comptroller of the Currency (OCC), dentro de su programa anual de capacitación para supervisores bancarios ha organizado el Curso “Operational Risk”, el mismo que se llevará a cabo del 20 al 24 de agosto de 2007 en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, en el citado curso se desarrollarán temas de importancia vinculados a las actividades realizadas por este organismo de regulación, supervisión y control, orientados a fortalecer el conocimiento técnico de nuestros supervisores bancarios en aspectos relacionados con la administración y supervisión de los riesgos de operación, uso de métodos cuantitativos para su medición, así como los alcances que considera el nuevo Acuerdo de Capital – Basilea II para los riesgos de operación; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a la señora Ada Pamela Euscategui Núñez, Analista del Departamento de Evaluación de Riesgos de Operación de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participe en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-09, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Ada Pamela Euscategui Núñez, Analista del Departamento de Evaluación de Riesgos de Operación de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América del 18 al 25 de agosto de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 792,99 Viáticos 1320,00 Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones 95753-1 Amplían autorización de funciona- miento de Secrex Compañia de Seguros de Crédito y Garantías RESOLUCIÓN SBS N° 1125-2007 Lima, 13 de agosto de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por Secrex Compañía de Seguros de Crédito y Garantías para que se amplíe su autorización de funcionamiento, a fi n de poder emitir fi anzas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1171-79-EF/97.10 se aprobó el estatuto de la Compañía Peruana de Seguros de Crédito a la Exportación S.A. (SECREX), sujetándose a las disposiciones del Decreto Supremo Nº 141-79-EF; Que, mediante Resolución SBS N° 905-94 del 27 de diciembre de 1994 se aprobó la modi fi cación de los numerales 1.1 y 1.2 del estatuto de Compañía Peruana de Seguros de Crédito a la Exportación S.A. (SECREX), el primero referente al cambio de la denominación social por la de Secrex Compañía de Seguros de Crédito y Garantías o abreviadamente Secrex Compañía de Seguros; y el segundo, respecto al objeto social, mediante la cual se establece que dicha empresa incorporó en el giro de sus operaciones a las garantías de cualquier naturaleza que previamente acuerde el Directorio; Que, en sesión de Directorio de Secrex Compañía de Seguros de Crédito y Garantías realizada el 26 de julio de 2007, se acordó solicitar a esta Superintendencia la ampliación de su autorización de funcionamiento a fi n de poder emitir fi anzas, conforme a lo establecido en el inciso 1 del artículo 318º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modifi catorias, en adelante, Ley General; Que, Secrex Compañía de Seguros de Crédito y Garantías cumple con la exigencia patrimonial dispuesta en el numeral 3.3 del Reglamento de Requerimientos Patrimoniales de las Empresas de Seguros y Reaseguros, aprobado por Resolución SBS N° 1124-2006 del 29 de agosto de 2006, por el cual se establece que las empresas de seguros podrán otorgar fi anzas siempre y cuando demuestren superávit patrimonial y previa aprobación de la pertinente modi fi cación de estatutos; aspecto este último que se encuentra ya contemplado en los estatutos de la empresa; Estando a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros “B”, mediante Informe Nº 076-2007-ASSSB, y con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Seguros y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349° de la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar, a partir de la fecha, la autorización de funcionamiento de Secrex Compañía de