Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2007 (10/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 296

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de diciembre de 2007

sociedad a los cuales representa, toda vez que el "Servicio de MORDAZA de los Procesos Judiciales del Sub Sector Hidrocarburos" busca asegurar una defensa eficiente y diligente de OSINERGMIN, asi como ratificar la validez de la actuacion a nivel administrativo de las areas operativas de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos y de Gas Natural, con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones tecnicas y legales a cargo de las empresas que realizan actividades sujetas a su ambito de competencia; Que, asimismo, en el citado Informe Legal, la Gerencia Legal manifiesta que la presente situacion de desabastecimiento no ha sido configurada por dolo o culpa inexcusable de algun funcionario o servidor de la Entidad, al haber sido generada por hechos imputables a terceros, por lo que no corresponde la aplicacion del tercer parrafo del articulo 41º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, finalmente, senala que la contratacion del mencionado servicio se deberia realizar por el monto total de S/ 57, 219.70 (Cincuenta y siete mil doscientos diecinueve y 70/100 nuevos soles) y por el plazo de 5 meses o hasta que la apelacion presentada por el postor Alayza Consultores Legales SCRL contra la declaratoria de desierto en el item 2 del MORDAZA de seleccion Concurso Publico Nº 0023-2007-OSINERGMIN sea resuelta por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE y la Entidad suscriba el contrato con el postor que resulte ganador de la presente convocatoria, o, en el caso que el Tribunal confirme la declaratoria de desierto, la Entidad suscriba contrato con el postor que resulte ganador de una convocatoria posterior, lo que ocurra primero, no requiriendose, la realizacion de un MORDAZA de seleccion posterior; Que, por las razones expuestas, en el presente caso, se habria configurado la causal de exoneracion por situacion de desabastecimiento inminente, de conformidad con el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, al ser la declaratoria de desierto y la imposibilidad de suscribir contrato complementario alguno con el Estudio MORDAZA Heraud & MORDAZA una situacion imprevisible y la ausencia de contar de manera inmediata con el MORDAZA judicial de los procesos del sub-sector hidrocarburos comprometeria el cumplimiento de la funcion fiscalizadora y sancionadora que OSINERGMIN tiene a su cargo de manera esencial; De conformidad con el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 141º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administracion y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del "Servicio de MORDAZA de los Procesos Judiciales del Sub Sector Hidrocarburos", al configurarse una situacion de desabastecimiento inminente. Dicha contratacion debera efectuarse mediante acciones inmediatas, no siendo necesaria la realizacion de un MORDAZA de seleccion posterior. Articulo 2º.- El monto total del servicio sera de S/ 57, 219.70 (Cincuenta y siete mil doscientos diecinueve y 70/100 nuevos soles), incluido los impuestos de ley. Articulo 3º.- La fuente de financiamiento se realizara con cargo a los recursos ordinarios de OSINERGMIN y la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERGMIN. Dicha contratacion debera ser incluida en el PAAC 2007. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnicos y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE, asi como proceder a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley y a traves del SEACE. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

SEGURO SOCIAL DE SALUD
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de publicidad para MORDAZA promovida por la Oficina de Relaciones Institucionales
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 545-PE-ESSALUD-2007
MORDAZA, 27 de noviembre del 2007 VISTAS: La Carta Nº 1362-ORI-ESSALUD-2007, de la Oficina de Relaciones Institucionales, el Informe Tecnico Nº 001ORI-ESSALUD-2007, que sustenta la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios de publicidad; y, el Informe Legal Nº 395-OCAJ-ESSALUD2007 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion, y prestaciones economicas y sociales, que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como de otros seguros de riesgos humanos; Que, segun el Informe Tecnico Nº 001-ORI-ESSALUD2007, de fecha 30 de octubre del 2007, elaborado por la Oficina de Relaciones Institucionales, la Entidad viene impulsando con alta prioridad el desarrollo de proyectos criticos aplicando indicadores de gestion para el MORDAZA de reforma. Dos de estos proyectos estrategicos: "Mejora del trato al Asegurado" elaborado por la Defensoria del Asegurado y "Realizar acciones coordinadas de comunicacion en apoyo a la reforma" elaborado por la Oficina de Relaciones Institucionales, buscan la mejora en el trato e informacion que reciben los asegurados por parte de ESSALUD; ello como consecuencia al Informe presentado por la Defensoria del Asegurado sobre el "Consolidado por el Codigo del MORDAZA de las quejas, reclamos y consultas ingresados al SIAS ­ a nivel nacional de agosto del 2007", en donde se detecto entre otros, los siguientes puntos criticos: i) La existencia de la falta de informacion que reciben los asegurados, sobre los procesos institucionales tipificados en el desconocimiento del tiempo que debe transcurrir desde la inscripcion en ESSALUD hasta la atencion medica; asi como, los mecanismos de programacion, otorgamiento de citas y como realizar un MORDAZA de referencia. Denotandose a su vez, la falta de conocimiento de los asegurados de los centros asistenciales que atienden emergencias y los que solo atienden urgencias; y, ii) En los servicios de seguros, los asegurados muestran desconocimiento de la normatividad existente, en cuanto a los productos que ESSALUD ofrece y la necesidad que existe en efectuar regularizaciones en los datos de los asegurados, inscripcion de familiares directos y una adecuada acreditacion; Que, con la finalidad de revertir los puntos criticos descritos, la Oficina de Relaciones Institucionales ha solicitado la contratacion de los servicios de medios de comunicacion de prensa escrita, radio y television, a fin de ejecutar las estrategias de promocion en los mencionados medios de comunicacion, que informaran sobre las disposiciones que los asegurados deben conocer para hacer uso de los productos y servicios que ofrece la institucion, ademas de informar acerca de los procesos que se debe seguir para realizar sus atenciones y las actividades que desarrolla en el cumplimiento de sus funciones; lanzando para ello una propuesta de MORDAZA de comunicaciones que tiene por objetivo principal educar a los asegurados en el conocimiento de los procesos, servicios y productos que ofrece la institucion; Que, dicha MORDAZA tiene como publico objetivo a hombres y mujeres, mayores de 18 anos beneficiarios de los servicios que brinda ESSALUD, a nivel nacional; y tiene como estrategia de comunicacion el logo: "NO SOLO NOS PREOCUPAMOS POR TU SALUD, SINO QUE ESTES BIEN

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