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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 159

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2007 360557 Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.MARIANO HERNÁNDEZ ESCALANTE Consejero Delegado 144806-1 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2007 por la Gerencia Regional de Energía y Minas de Arequipa RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL Nº 137-2007-GRA/GREM Arequipa, 30 de noviembre de 2007VISTOS: La relación de Títulos Mineros otorgados por la Gerencia Regional de Energía y Minas de Arequipa en el mes de noviembre de 2007, conforme lo informado por el Área de Minería y por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 179-2006- EM/DM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16 de abril de 2006, se declaró entre otros que el Gobierno Regional de Arequipa concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas de acuerdo al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la referida, siendo a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional de Arequipa a través de esta Gerencia Regional de Energía y Minas de Arequipa ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el párrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del D.S. Nº 014-92-EM - TUO de la Ley General de Minería, se debe cumplir con publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior, considerando lo establecido en el artículo 24º del D.S. Nº 018-92-EM - Reglamento de Procedimientos Mineros. SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2007 por esta Gerencia Regional de Energía y Minas de Arequipa, para los efectos a que se contraen los artículos 124º del D.S. Nº 014-92-EM y 24 del D.S. Nº 018-92-EM, siendo las referidas las siguientes: 1.- CUPRIFERA COLCA con código 08-00143-06 mediante Resolución Gerencial Regional Nº 127-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Tisco, P. Caylloma); 2.- JUJUY 2 con código 01-02023-06 mediante R.G.R. Nº 128-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Camaná, P. Camaná); 3.- JUJUY 3 con código 01-02024-06 mediante R.G.R. Nº 129-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Mariscal Cáceres, P. Camaná); 4.- ANALU COPPER con código 01-0 1111-06 mediante R.G.R. Nº 130-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Polobaya, P. Arequipa) ; 5.- ARENA DORADA Nº1 con código 01-03094-06 mediante R.G.R. Nº 131-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Ocoña, P. Camaná); 6.- ASTRID TRES con código 01-01710-06 mediante R.G.R. Nº 132-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Huanuhuanu, P. Caravelí) ; 7.- ASTRID CUATRO con código 01-02741-06 mediante R.G.R. Nº 133-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Huanuhuanu, P. Caravelí); 8.- CLOTILDE I con código 01-02771-06 mediante R.G.R. Nº 134-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Chaparra, P. Caravelí); 9.- BOMBOM CTA V con código 05-00071-06 mediante R.G.R. Nº 135-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. La Joya, P. Arequipa); 10.- COSTSUR con código 01-02828-06 mediante R.G.R. Nº 136-2007-GRA/GREM de fecha 30 de noviembre de 2007 (D. Punta de Bombom, P. Islay). Regístrese y comuníquese.ALBERTO BUTRÓN FERNÁNDEZ Gerente RegionalGerencia Regional de Energía y Minas 144421-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Colegio Militar “Elías Aguirre” ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2007-GR.LAMB./CR Chiclayo, 29 de noviembre de 2007EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 28 de noviembre de 2007, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 30° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cada entidad, término que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada ley; Que, el proyecto de TUPA del Colegio Militar “Elías Aguirre” CMEA - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque correspondiente al Año 2007, comprende seis (06) procedimientos administrativos, detallándose en cada uno de ellos los requisitos correspondientes, califi cándose el procedimiento con indicación de la dependencia donde se inicia el trámite y la autoridad que aprueba el trámite, así como la autoridad que resuelve la impugnación respectiva; se especifi ca también el derecho de pago en función de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT, que para el ejercicio fi scal 2007 asciende a Tres mil cuatrocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 3,450.00); criterios que se ajustan al contenido que debe tener el TUPA previsto por el Artículo 37° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38°, numeral 38.1, de la Ley N° 27444, tratándose de los Gobiernos Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse por analogía con los Gobiernos Locales, que se trata de Ordenanza Regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente: