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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de diciembre de 2007 360808 ciudadanos y uno de nacionalidad china, obtuvieron una segunda inscripción o rectifi caron la inscripción debidamente registrada. Estas al ser comparadas con la base de datos del Registro, se determinó que tales procedimientos fueron realizados mediante declaraciones falsas, siendo dichas inscripciones las siguientes: Informe de Homologación MonodactilarIdentidad Falsa Resolución de Cancelación de InscripciónNombre y Apellidos primigeniamente inscritos 128-06-BG-GP-RENIEC 978-06-AP-SGDAR-GP-RENIECNey Esperanza Aguilar Guevara204-2006-SGEDI-GEDR-RENIECVianney Vicenta Aguilar Morillo 083-2006-DBG-GP-RENIECSebastián Fernando Sum López3505-2006-SGDAR-GP-RENIEC ZHUYONG SUN 482-AFIS-2007-DDG-GPDR-RENIECJosé Moisés Watanabe Meléndez198-2007-SGDI-GPDR-RENIECJosé Antonio Ortiz Fernández 435-2006-BG-GP-RENIECRichard Alejandro Moroya Fung2448-2006-SGDAR-GP-RENIECRichard Alejandro Arteaga Fung 627-2006-AP-SGDAR-GP-RENIECJorge Luís Yara Romero2303-2006-SGDAR-GP-RENIECJorge Luis Gonzales Núñez 645-2006-AP-SGDAR-GP-RENIECPaulo Cesar Calderón Urrutia2515-2006-SGDAR-GP-RENIECPaulo Cesar Higashi Morinaka 478-2005-GP-SGDAC-APIsabel Margarita Balceda SotaIsabel Margarita Balceda De Zavala2058-2006-SGDAR-GP-RENIECIsabel Margarita Higa Hurtado 015-2005-GP-SGDAC-APPilar Guadalupe Asencio Esteban1916-2006-SGDAR-GP-RENIECGiovanna Medali Huamanchay Oré 558-2006-AP-SGDAR-GPÁngel William Nicho Nalvarte2271-2006-SGDAR-GP-RENIECÁngel Willian Sobrino Hirayama Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales; del referido comportamiento se presume la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los ciudadanos Vianney Vicenta Aguilar Morillo, ZHUYONG SUN, José Antonio Ortiz Fernández, Richard Alejandro Arteaga Fung, Jorge Luis Gonzales Núñez, Paulo Cesar Higashi Morinaka, Isabel Margarita Higa Hurtado, Giovanna Medali Huamanchay Oré y Ángel Willian Sobrino Hirayama. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 145034-4 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 1005-2007-JNAC/RENIEC Lima, 12 de diciembre de 2007. VISTOS: El Ofi cio Nºs. 2819, 2856 y 2905-2007/ GPDR/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe N° 1409-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nºs. 0846, 0674, 1746, 0811, 1921, 1975, 1910, 1976, 1915, 1919, 1909, 1908, 1912, 1195, 2035, 1194, 1950, 1884, 1945 y 2037/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; siendo el caso que el último de ellos, cambio su fecha de nacimiento y continuo con sus nombres; dichas inscripciones son las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente 048-MIG 44220073 021-2007/SGDIMaría Carmen Paucar Chávez de Huamán09288663 034-MIG 40240727 021-2007/SGDI Lino Cántaro Ponce 10052793 1616 80470661 209-2007/SGDI Julia Chavarría de Anaya 04314230 466-MIG 44171234 001-2007/SGDI Gabriela Milagros Alvizuri Luzquiños 43299005 1423 43799731 236-2007/SGDI Jeiny Yanina Cubas Calderón 805498400864 45540316 165-2007/SGDI José Ebaristo Moreno Hurtado 447221821608 80055052 209-2007/SGDI Alvina Tolentino Antonio 227134580860 42806575 165-2007/SGDI Germán Rojas Coaquira 023604451515 43840931 213-2007/SGDI Marly Mendoza Arguedas 405384900839 80566970 160-2007/SGDI Felipa Magno de Colonio 200108371569 80456624 231-2007/SGDI René Arriaga Valeriano 251313130739 44684242 114-2007/SGDI Dominga Huayta Huamán 426587611519 44451688 213-2007/SGDI Paul Alan Navarro Padilla 44236216 491-MIG 43432727 071-2007/SGDI Luis Antonio Sotomayor Delgado 07493117012-MIG 20574317 09-2007/SGEDI Jaime Vasques Carrasco 24979823483-MIG 45376391 071-2007/SGDI Yudi Estrada Palacios 44548327 1606 42656895 209-2007/SGDI Alicia Mirian Ticona Laura 024154011599 00885670 209-2007/SGDI Gróber Rengifo Pérez 010035971489 44237495 213-2007/SGDI Ayui Wijint Ayui 805377485982 44078779 632-2007/SGDI Oscar Chávez Chávez 41617222 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, se presume que habrían cometido el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: María Carmen Paucar Chávez de Huamán; Lino Cántaro Ponce; Julia Chavarría de Anaya; Gabriela Milagros Alvizuri Luzquiños; Jeiny Yanina Cubas Calderón; José Ebaristo Moreno Hurtado; Alvina Tolentino Antonio; Germán Rojas Coaquira; Marly Mendoza Arguedas; Felipa Magno de Colonio; René Arriaga Valeriano; Dominga Huayta Huamán; Paul Alan Navarro Padilla; Luis Antonio Sotomayor Delgado; Jaime Vasques Carrasco; Yudi Estrada Palacios; Alicia Mirian Ticona Laura; Gróber Rengifo Pérez; Ayui Wijint Ayui y Oscar Chávez Chávez. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 145034-5