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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2007 (13/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de enero de 2007 337533 competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car -en los extremos pertinente- el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 267-2003-MTC/12 del 4 de diciembre del 2003, que otorgó a la empresa AEROCONDOR S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, a fi n de incrementar material aeronáutico, rutas y frecuencias, y sub-bases de operación, en los términos siguientes: MATERIAL AERONÁUTICO: (adicional al ya autorizado) - Antonov AN-26 - Boeing 727- Boeing 737- Boeing 757- Boeing 767 RUTAS Y FRECUENCIAS: (adicional a las ya autorizadas) - Lima - Cusco - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Puerto Maldonado - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Arequipa - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Juliaca - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Tacna - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Iquitos - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Piura - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Chiclayo - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Trujillo - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal - Lima - Tumbes - Lima, vía puntos intermedios mínimo una (1) frecuencia semanal SUB-BASES DE OPERACIÓN:- Aeropuerto de Cusco - Aeropuerto de Iquitos- Aeropuerto de Arequipa- Aeropuerto de Chiclayo- Aeropuerto de Tacna- Aeropuerto de Piura- Aeropuerto de Cajamarca- Aeropuerto de Ayacucho- Aeropuerto de Tumbes- Aeropuerto de Tarapoto El Permiso de Operación otorgado a la empresa a través de la Resolución Directoral Nº 267-2003-MTC/12 del 4 de diciembre del 2003 tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa AEROCONDOR S.A.C. debe contar con el Certi fi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especi fi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 267-2003-MTC/12 del 4 de diciembre el 2003, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Director General de Aeronáutica Civil 6709-1Autorizan a Laboratorios Diesel Senatinos S.A. operar taller de conversión a gas natural vehicular en el distrito de San Luis, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 7448-2006-MTC/15 Lima, 14 de diciembre de 2006 VISTOS: El expediente Nº 080068, presentado por LABORATORIOS DIESEL SENATINOS S.A. mediante el cual solicita autorización para operar como Taller de Conversión a GNV, afi n de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, con el propósito de asegurar que éste cumpla con las exigencias técnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos, normas conexas y complementarias, así como en la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modi fi cado por los Decretos Supremos Nros. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC y 037-2006-MTC, establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el artículo 29º del citado Reglamento establece el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para combustión de combustibles líquidos con la fi nalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de que éstas se realicen con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente califi cados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3990-2005- MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que regula el régimen de autorización y funcionamiento de los Talleres de Conversión a GNV, establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorización como Taller de Conversión a GNV ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del análisis del expediente presentado por LABORATORIOS DIESEL SENATINOS S.A. se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorización como Taller de Conversión a GNV establecidos en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud fi rmada por el representante legal de LABORATORIOS DIESEL SENATINOS S.A. - Copia del Testimonio de Escritura Pública de Constitución de Sociedad Anónima de fecha 30 de enero de 1986, otorgada por LABORATORIOS DIESEL SENATINOS S.A. ante Notario Público Ramón Espinosa Carreta. - Certi fi cado de vigencia de poder expedido por la Ofi cina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Lima, correspondiente a la Partida Nº 00881538 expedido con fecha 17 de noviembre de 2006, que acredita la vigencia del poder respectivo. - Certi fi cado de Inspección de Taller Nº 789017 de fecha 17 de noviembre de 2006, emitido por la Entidad Certi fi cadora de Conversiones SGS del Perú S.A.C., señalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Planos de ubicación y de distribución del taller, detallando sus instalaciones y diversas áreas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva.