Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2007 (13/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

337548

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de enero de 2007

d. Numero de dias de exposicion del MORDAZA, en el caso que un Participante Directo hubiera incumplido con sus obligaciones de pago. El importe a que hace referencia el presente inciso, sera evaluado en forma trimestral, e informado a los Participantes Directos y a CONASEV, dentro de los diez (10) dias de concluido el trimestre, debiendo entrar en vigencia la nueva obligacion dentro de los diez (10) dias siguientes a la notificacion por parte de CAVALI. 2. Calculo del Importe Minimo de Cobertura - IMC Una vez obtenido el importe de exposicion total del MORDAZA, se procedera al calculo del IMC correspondiente a cada Participante Directo, aplicandose para ello las variables mencionadas seguidamente, de acuerdo con lo establecido en la Disposicion Vinculada Nº 03 del presente capitulo: a. Participacion porcentual del Participante Directo en el monto negociado de los ultimos dos (2) anos, en las modalidades para las cuales aplicara la cobertura. b. Participacion porcentual del Participante Directo en los saldos netos deudores de los ultimos dos (2) anos, en las modalidades para las cuales aplicara la cobertura. c. Participacion porcentual del Participante Directo en el retiro de operaciones e incumplimientos, en fondos o valores, de los ultimos dos (2) anos, en las modalidades para las cuales aplicara la cobertura. En el caso de nuevos Participantes Directos, el IMC fijado sera el correspondiente al menor IMC calculado para el periodo vigente. Obtenido el importe MORDAZA senalado, se obtendran los importes que cada Participante Directo debera cubrir, utilizando los mecanismos de cobertura senalados en el numeral 3 del presente articulo. 3. Mecanismos de Cobertura: Con el fin de constituir el IMC exigible senalado en el numeral anterior, los Participantes Directos podran hacer uso de los mecanismos que se detallan en el presente numeral. No obstante, el Participante Directo se encuentra obligado a contar con lo dispuesto en el inciso a) siguiente. En el supuesto que el Participante Directo no cumpla con la constitucion y/o reposicion del importe establecido en el numeral 2 precedente y el inciso a) siguiente, el Participante Directo quedara suspendido momentaneamente en sus actividades de liquidacion a traves de CAVALI. Adicionalmente, CAVALI comunicara a las Bolsas, para la aplicacion de la sancion establecida en las normas o disposiciones correspondientes, sin perjuicio de la liquidacion de las obligaciones que el Participante Directo MORDAZA contraido con anterioridad. a) Linea de credito o dinero en efectivo exigible Los Participantes Directos, que participen en el MORDAZA de Compensacion y Liquidacion de operaciones, deberan mantener con su Banco Liquidador acuerdos de credito que les permita contar con fondos de disponibilidad inmediata, a efectos de cumplir con las obligaciones de pago exigidas por CAVALI en el MORDAZA de liquidacion. Esta linea de credito puede sustituirse o complementarse con la constitucion de fondos en efectivo a favor de CAVALI. En caso el Participante Directo opte por constituir fondos en efectivo, estos seran depositados en una cuenta que para tal efecto destine CAVALI. La administracion de tales importes quedara a cargo de CAVALI, quien informara en forma mensual el saldo, los intereses generados y el estado de los mismos. En este caso, los intereses devengados por mantener el efectivo en la cuenta bancaria de CAVALI, seran propiedad del Participante y formaran parte del IMC. Las lineas de credito, los fondos en efectivo, o la combinacion de ambos, deberan cubrir como minimo el 20% del IMC calculado e informado por CAVALI. Dicho importe se debera mantener en forma permanente, el mismo que sera verificado por CAVALI en forma diaria. Asimismo, en caso la suma de activos dejados por el Participante para cumplir con la constitucion del IMC, MORDAZA mayores a este importe, el Participante podra solicitar a CAVALI la devolucion del excedente, siempre y cuando este se encuentre constituido en dinero en efectivo.

b) Importe disponible de la Cuenta Individual del Fondo Para cubrir el IMC a que se refiere el numeral 2 del presente articulo, los Participantes Directos accederan al importe disponible de su Cuenta Individual, que compone el Fondo de Liquidacion, hasta por el importe establecido en el articulo 10º del Capitulo Del Fondo de Liquidacion del Reglamento Interno. c) Importe de la Cuenta Global del Fondo En caso los Participantes Directos no hubieran cubierto aun el IMC, podran acceder a la Cuenta Global del Fondo hasta por el equivalente a su Cuenta Individual, sujeto a los limites establecidos en el articulo 10º del Capitulo Del Fondo de Liquidacion del Reglamento Interno. d) Linea de credito o dinero en efectivo adicional El Participante Directo que no hubiera cubierto el IMC debera acreditar una linea de credito o dinero en efectivo adicional a lo establecido en el inciso a) anterior, a fin de completar su IMC. 4. Aplicacion de los mecanismos de cobertura Una vez iniciado el MORDAZA de liquidacion de operaciones y en forma previa al retiro de las operaciones por demora e incumplimiento en el pago de las obligaciones netas del Participante Directo, CAVALI MORDAZA uso de los mecanismos de cobertura mencionados en el numeral anterior. Asimismo, en tanto el Participante Directo haga uso de los recursos del Fondo y para los efectos de proceder con la afectacion de los valores a que se refiere el articulo 9º del Capitulo IX Del Fondo de Liquidacion, este debera comunicar a CAVALI las operaciones que no hubieran sido canceladas. De no ser asi, CAVALI aplicara los criterios para el retiro de las operaciones especificados en el articulo 7º del presente Capitulo. Por otro lado, en caso el Participante Directo hubiera hecho uso de los recursos del Fondo para cubrir saldos netos, CAVALI no otorgara disponibilidad a los valores materia de la operacion cubierta, sino hasta la respectiva regularizacion total de los fondos utilizados. En caso, se produjera una devolucion parcial, se procedera a otorgar la disponibilidad de valores de las operaciones que hubieran sido cubiertas en su totalidad. Asimismo, en caso el Participante Directo no cumpla con la respectiva devolucion dentro del plazo establecido en la Disposicion Vinculada Nº 02 del Capitulo Del Fondo de Liquidacion, y sin perjuicio del cobro de la penalidad y los intereses moratorios correspondientes de ser el caso, CAVALI procedera a informar a las bolsas, que el Participante Directo no ha cumplido con la restitucion oportuna de los recursos al Fondo, aplicandose lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de Operaciones en la MORDAZA de Bolsa de la BVL o en las normas o disposiciones correspondientes. Dicha comunicacion sera remitida a CONASEV en el mismo dia de producido el hecho. En caso de incumplimiento en la reposicion de los recursos del Fondo, CAVALI queda facultado a proceder con la ejecucion de los valores, para lo cual sera de aplicacion lo establecido en el numeral 3 del articulo 49 del Reglamento de Operaciones en la MORDAZA de Bolsa de la BVL, en lo que corresponda, conforme a lo dispuesto en la Disposicion Vinculada Nº 02 del Capitulo Del Fondo de Liquidacion. En los casos que el Participante hubiere utilizado los recursos de los mecanismos mencionados en el numeral 3 inciso a) y d), no se efectuara la afectacion de valores. Asimismo, no se aplicaran las penalidades por el uso de tales recursos. No obstante, el Participante Directo debera reponer los recursos utilizados a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso cc) del articulo 6º del Capitulo II De los Participantes. El plazo para la reposicion del IMC y del 20% de este en la forma de linea de credito o dinero en efectivo exigible, sera el establecido en la Disposicion Vinculada Nº 03 del presente capitulo. Para la aplicacion de los mecanismos de cobertura se considerara el siguiente orden de prelacion: a) Linea de credito exigible, adicional o dinero en efectivo En primer termino, CAVALI MORDAZA uso de la linea de credito con el Banco Liquidador equivalente al veinte por ciento (20%) del IMC o dinero en efectivo exigible depositado en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.