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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2007 (13/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de enero de 2007 337537 debido proceso de selección conforme lo dispone la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, realizándose una negociación directa entre ellos y formulando diversa documentación de contenido fraudulento; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comisión de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fi n, se consideró conveniente solicitar la participación de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, a fi n que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General, conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado Ampliatorio de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del O fi cio Nº 2120- 2006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 06.OCT.2006 a la Trigésima Primera Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, afi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Colusión y Falsi fi cación de Documentos, ilícitos previstos y sancionados en los artículos 384º y 427º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del artículo 22° de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado Ampliatorio de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado Ampliatorio de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 15052-1 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 444-2006-CG Lima, 29 de diciembre de 2006 VISTO; el Informe Especial Nº 232-2006-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Cayma, por el período comprendido entre el 1 de enero 2003 y el 31 de diciembre 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Cayma, para evaluar el cumplimiento de la normativa vigente en sus sistemas administrativos y operativos, así como la veri fi cación de presuntas irregularidades denunciadas por ciudadanos y un ex regidor de la citada municipalidad; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha evidenciado que durante los meses de enero a marzo del 2003, la Municipalidad Distrital de Cayma adquirió combustible para sus unidades vehiculares por S/. 48 675,35, declarándose en situación de urgencia sin cumplir con los requisitos de ley y simulando un proceso de menor cuantía, con la fi nalidad de negociar con empresa proveedora cuya titular gerente tiene vínculo conyugal con regidor de la entidad, suministrando el bien a un precio mayor al precio de venta en los mismos meses por otra empresa, ocasionando un perjuicio de S/. 2 210,54; hechos que constituyen indicios razonables de comisión del delito de Colusión, previsto y sancionado en el artículo 384° del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 22° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, así como el Decreto Ley N° 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 15052-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. el traslado de agencia al distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 1702-2006 Lima, 26 de diciembre de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (Caja Municipal de Piura) para que se le autorice el traslado de su Agencia ubicada en el distrito de Casagrande al distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO:Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justicia lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B” mediante Informe Nº 290- 2006-DEM ”B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº CM-0334-2005; y, en