Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2007 (13/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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al registro de la operacion, caso contrario, se registrara el codigo RUT del Participante responsable de la negociacion, a excepcion de las operaciones del prestamo bursatil, en cuyo caso la operacion queda automaticamente anulada. Para la modificacion de dicha informacion, el referido Participante debera proceder conforme a lo dispuesto en el articulo 6º del presente capitulo. Articulo 5º.- Del registro de las operaciones y la determinacion de obligaciones Con el objeto de determinar las obligaciones de liquidacion que le corresponden a cada Participante Directo, CAVALI procede al registro de las operaciones conforme a lo establecido en la Disposicion Vinculada Nº 03. El resultado de la determinacion de las obligaciones de entrega de valores y de fondos considera las operaciones realizadas en los mecanismos centralizados de negociacion conducidos por las Bolsas. Dicho resultado es informado al Participante Directo encargado de la liquidacion dentro de los horarios establecidos en la misma Disposicion Vinculada. Articulo 7º.- De la liquidacion de operaciones 1. Del MORDAZA general de liquidacion Los participantes directos encargados de la liquidacion de operaciones de las distintas modalidades de negociacion en los mecanismos centralizados de negociacion conducidos por las bolsas, deberan cumplir con sus obligaciones de entrega de valores y fondos, dentro de los plazos y condiciones establecidos en la Disposicion Vinculada Nº 03. A efectos de cumplir con la liquidacion de las operaciones, el pago de fondos y la entrega de los valores, deberan tener la condicion de disponibilidad inmediata, en el plazo establecido para cada MORDAZA de operacion. Tratandose de la liquidacion de operaciones realizadas en mecanismos distintos a los conducidos por las Bolsas, el cumplimiento de las obligaciones de entrega de valores y/o fondos, se efectuara dentro de los plazos, horarios y condiciones establecidos en la Disposiciones Vinculadas correspondientes. En ambos casos, CAVALI, luego de verificar la existencia de fondos y/o valores para el perfeccionamiento de la operacion, procede a ejecutar el MORDAZA de liquidacion de operaciones, verificando la realizacion de los pagos y efectuando las transferencias correspondientes entre las cuentas de CAVALI y los Participantes Directos. En forma simultanea, se procede a otorgar la propiedad de los valores adquiridos, registrando los valores disponibles en la Cuenta Matriz de los Participantes Directos y de los titulares compradores, cuidando de asegurar la aplicacion del MORDAZA de entrega contra pago, con lo que se produce la liquidacion final de la operacion. No obstante lo mencionado, y en tanto las caracteristicas y normas que regulen tales operaciones lo permitan, estas podran ser liquidadas en fondos en forma directa entre los Participantes, lo cual se establecera en la respectiva Disposicion Vinculada. En caso la operacion MORDAZA sido pactada como Liquidacion Directa en fondos, se procedera a otorgar la disponibilidad de valores al Participante comprador, cuando este MORDAZA cumplido con el pago de las retribuciones correspondientes y el Participante vendedor MORDAZA cumplido con la entrega de valores y confirmado la recepcion de los fondos del Participante comprador. 2. De la liquidacion a traves de otro Participante Un Participante Directo podra encargar la liquidacion de sus operaciones a otro Participante, para lo cual este ultimo debera confirmar la liquidacion bajo cualquiera de las modalidades siguientes: a) De la totalidad de las operaciones. b) De parte de las operaciones realizadas, o c) La correspondiente a todo un comitente de la operacion. La confirmacion debera efectuarse a traves del sistema y dentro de los plazos establecidos en la Disposicion Vinculada Nº 03. En el caso de las operaciones que no hubiesen sido aceptadas por parte del Participante Directo designado, conforme lo establece el articulo 73º del Reglamento, la responsabilidad y las sanciones a que hubieren lugar recaen sobre los Participantes Directos encargados de la negociacion o en el Participante Directo que MORDAZA suscrito el contrato a que se refiere dicho articulo. En el caso que el Participante Directo designado para efectos de la

liquidacion hubiere aceptado tal responsabilidad a traves de un convenio con el Participante Directo que realizo la negociacion de las operaciones, dicho convenio debera ser informado a CAVALI con tres (3) dias de anticipacion a la liquidacion de la operacion, y puesto a su disposicion en el momento que esta lo solicite. Los Participantes Indirectos podran entregar y recibir valores para la liquidacion de operaciones de un Participante Directo, previa solicitud de este ultimo, para lo cual CAVALI proveera de la infraestructura necesaria y las facilidades tecnicas que se requieran. En este caso, la responsabilidad de la liquidacion permanece en el Participante Directo. 3. De la Liquidacion en fondos mediante el esquema de neteo multilateral de operaciones CAVALI puede establecer, segun condiciones del MORDAZA y respetando los principios establecidos en el Reglamento, procesos de neteo para la liquidacion de fondos. No se efectuaran liquidaciones parciales de una operacion en fondos. 3.1 De las Operaciones al Contado (valores de renta variable e instrumentos de deuda) 3.1.1 Primer MORDAZA Automatico de Liquidacion Este MORDAZA incluira la liquidacion de todas aquellas Operaciones al Contado con valores de renta variable e instrumentos de deuda y, cuya fecha de liquidacion (FL1) sea el dia del proceso. Asimismo, se incluiran las operaciones cuya Liquidacion Anticipada MORDAZA sido solicitada explicitamente por los Participantes Directos. Para estos efectos, CAVALI procedera con la verificacion de la entrega de valores, dentro de los plazos y horarios establecidos en la Disposicion Vinculada Nº 03. En caso de no ser conforme, CAVALI procedera al retiro de operaciones del MORDAZA Automatico de Liquidacion por falta de valores, para su liquidacion a traves del siguiente MORDAZA Automatico de Liquidacion. Asimismo, CAVALI efectuara la liquidacion de fondos, aplicando el esquema de neteo multilateral, tomando para ello el resultado de las posiciones netas obtenidas en el MORDAZA de compensacion. En tal sentido, CAVALI procedera a verificar la disponibilidad de fondos de aquellos Participantes Directos que tuvieran posiciones netas deudoras al inicio del proceso. Las obligaciones netas del Participante Directo deberan ser cubiertas con los fondos disponibles que mantiene este en su Banco Liquidador para ser transferidos a la cuenta que mantiene CAVALI en el Agente Liquidador. Asimismo, en caso las obligaciones no fueran cubiertas en su totalidad con los fondos disponibles, estos deberan ser complementados con los fondos provenientes de las lineas de credito o efectivo exigible establecidos en el numeral 4 inciso a) del articulo 8º del Capitulo De la Compensacion y Liquidacion y de mantenerse dicha situacion, se aplicara lo establecido en los incisos b) y c) del mismo numeral. Para proceder con la aplicacion de los mecanismos de cobertura MORDAZA mencionados, el Participante debera informar a CAVALI, en los plazos y horarios establecidos en la Disposicion Vinculada Nº 03, las operaciones que deberan ser cubiertas con los fondos provenientes de los mecanismos de cobertura. De lo contrario, CAVALI bajo responsabilidad del Participante Directo, procedera con la seleccion de las operaciones mencionadas tomando en cuenta los criterios establecidos para el retiro de operaciones por insuficiencia de fondos, lo cuales se detallan a continuacion: a. Se retiraran operaciones que no incrementen las posiciones netas deudoras de los Participantes Directos que actuan como contrapartes o que permitan que las posiciones netas de estos Participantes Directos permanezcan como acreedoras. b. Con la finalidad de disminuir los riesgos de fluctuacion de precios, se tomaran en primer termino aquellas operaciones con valores que integren la lista de la TVR vigente a la fecha de liquidacion. c. Ante la no existencia de dichos valores en las operaciones del Participante Directo, se tomaran las operaciones con valores cuya cotizacion se hubiere visto incrementada desde el dia de la operacion hasta el dia de la liquidacion, en tanto el importe de tales operaciones permitan cubrir la insuficiencia de fondos. d. Finalmente, se procedera con el retiro de operaciones de acuerdo al orden de su realizacion, en tanto el importe de tales operaciones permitan cubrir la insuficiencia de fondos.

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