Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2007 (13/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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modificatorias, asi como a lo acordado por el Directorio de CONASEV reunido en sesion del 8 de enero de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los Capitulos I, II, IV, VII, IX y XII del Reglamento Interno de Cavali S.A. ICLV, sustituyendo e incorporando los articulos que se indican en el anexo adjunto, el cual forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Las disposiciones de la presente resolucion entraran en vigencia conjuntamente con las Disposiciones Vinculadas correspondientes, de conformidad con lo establecido en el articulo 27 del Reglamento de Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Presidente

ANEXO MODIFICACIONES AL REGLAMENTO INTERNO DE CAVALI S.A. ICLV
Capitulo I DE LAS DISPOSICIONES PRELIMINARES Y DEFINICIONES Articulo 8º.- Funciones de CAVALI Son funciones de CAVALI, sin perjuicio de que realicen las operaciones conexas y directamente relacionadas con su objeto principal que le autorice CONASEV: a) Llevar el registro a que se refieren los articulos 212º y 219º de la Ley; b) Registrar valores no inscritos en Bolsas; c) Efectuar la transferencia, compensacion y liquidacion de valores registrados en CAVALI que se deriven de la negociacion de estos en los mecanismos centralizados de negociacion conducidos por las Bolsas o, en su caso, conducidos por otras entidades, asi como la correspondiente compensacion y liquidacion de efectivo. Asimismo, efectuar la transferencia, compensacion y liquidacion de valores registrados en CAVALI y emitidos por el Gobierno Nacional y el BCRP, que se deriven de la negociacion de estos en los sistemas de negociacion y registro previstos por las normas a que se refiere el articulo 49 de la Ley; d) Efectuar la liquidacion de operaciones extrabursatiles con valores inscritos en las Bolsas o, en su caso, en mecanismos centralizados de negociacion; e) Expedir certificaciones de los actos que realicen en el ejercicio de sus funciones, a solicitud de una de las personas que tengan legitimo interes y derecho o por mandato judicial; f) Administrar el Fondo de Liquidacion; g) Velar porque la informacion de sus registros sea consistente con la que mantengan los Participantes, las Bolsas u otras entidades encargadas de mecanismos centralizados y los Emisores; h) Velar porque los Participantes cumplan con las normas relativas a la compensacion y liquidacion y las establecidas en el presente Reglamento Interno; i) Proporcionar a los Emisores la informacion concerniente a las transferencias de sus valores; j) Administrar los margenes asociados a las operaciones que se liquiden a traves de ella; k) Analizar y administrar el riesgo asociado a la compensacion y liquidacion de operaciones con valores; l) Aplicar penalidades y sanciones a sus Participantes de acuerdo al presente Reglamento Interno; m) Prestar asesoria a sus Participantes, Emisores, asi como a entidades nacionales o extranjeras que tengan objeto social equivalente a CAVALI, respecto a materias vinculadas a su objeto social; n) Entregar dividendos en efectivo, acciones liberadas y otros beneficios a que den derecho los Valores Anotados en Cuenta inscritos en el Registro Contable; o) Actuar como contraparte en las operaciones de compra y venta de valores, de acuerdo a las disposiciones de caracter general que dicte CONASEV; p) Evaluar la capacidad operativa del sistema de liquidacion y entrega de valores de las operaciones con valores que se negocien en el MORDAZA local e internacional, asi como suscribir convenios con depositarias o instituciones constituidas en el exterior encargadas del registro, custodia,

compensacion, liquidacion o transferencia de valores, para facilitar la liquidacion de dichas operaciones; q) Mantener y administrar el dinero, valores y otros activos entregados por sus Participantes para el cumplimiento de sus obligaciones; r) Servicios de envio de informacion a Participantes, Emisores y Titulares, respecto a temas estrictamente relacionados con el MORDAZA de valores; s) Promover que las controversias que se susciten entre sus Participantes o entre estos y las personas que los contraten para la prestacion de servicios asociados al registro de los Valores Anotados en Cuenta inscritos en el Registro Contable y compensacion y liquidacion de las operaciones, se resuelvan mediante conciliacion, mediacion o arbitraje; t) Ejercer el derecho a MORDAZA en las Juntas Generales del Emisor, respecto a los Valores Anotados en Cuenta, de acuerdo al Capitulo Servicios Vinculados al Registro Contable; u) Realizar servicios conexos directamente relacionados con el registro de BdR, siempre que esten establecidos contractualmente con los usuarios y MORDAZA compatibles con las funciones de CAVALI que se encuentren contempladas en la Ley y el Reglamento; v) Otras actividades contempladas en la Ley, el Reglamento, las normas que dicte CONASEV. Capitulo II DE LOS PARTICIPANTES Articulo 2º.- Clases de Participantes Los participantes se clasifican de la siguiente manera: a. Participantes Directos Son aquellos que acceden en forma directa a los servicios vinculados al Registro Contable, y a los servicios de liquidacion de operaciones realizadas en los mecanismos centralizados de negociacion conducidos por las Bolsas o en los Sistemas Centralizados de Negociacion de Deuda Publica y otros sistemas de negociacion y registro de operaciones previstos por las normas a que se refiere el articulo 49 de la Ley. El Participante Directo dispondra de una Cuenta Matriz a su nombre, en la que podra registrar valores de su propiedad y en tanto la legislacion que regule su funcionamiento se lo permita, los de propiedad de otros Titulares. Podran solicitar ser admitidos como Participantes Directos, las siguientes instituciones: 1. Sociedades Agentes de Bolsa. 2. Sociedades Intermediarias de Valores. 3. Entidades Bancarias. 4. Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores. 5. Empresas extranjeras que tengan como objeto social el registro, compensacion, liquidacion o transferencia de valores. 6. Otras personas juridicas que proponga CAVALI a CONASEV, con la debida sustentacion. b. Participantes Indirectos Son aquellos que si bien acceden en forma directa a los servicios vinculados al Registro Contable regulados en el Capitulo Del Registro Contable, necesariamente deben recurrir a un Participante Directo para acceder a los servicios de Liquidacion de fondos y valores. El Participante Indirecto dispondra de una Cuenta Matriz a su nombre, en la que podra registrar valores de su propiedad y en tanto la legislacion que regule su funcionamiento se lo permita, los de propiedad de otros Titulares. Pueden ser Participantes Indirectos todas las personas juridicas mencionadas en el articulo 1º del presente Capitulo, siempre y cuando no MORDAZA Participantes Directos. Articulo 3º.- MORDAZA de Admision Las personas juridicas comprendidas en el articulo precedente, que deseen ser admitidas como Participantes Directos o Indirectos, deberan presentar una solicitud de admision a CAVALI para su aprobacion. La Gerencia General dispone de un plazo MORDAZA de treinta (30) dias, contados a partir de la fecha de MORDAZA de la respectiva solicitud, para evaluar la misma, y en caso esta sea satisfactoria, aprobarla. De observarse el incumplimiento de alguno de los requisitos senalados en el articulo 4º del presente Capitulo

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