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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2007 (19/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de enero de 2007 337898 la ejecución del proceso de promoción de la inversión privada del “Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en el tramo de la Línea 1 comprendido entre Villa El Salvador y la Av. Grau, por el eje de la Av. Aviación”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el TUO aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y demás normas complementarias; encargando la conducción del mismo al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º, Numeral 2) del Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM y el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 060-96- PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rati fi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 18 de enero de 2007, a través del cual: a. Se acepta el encargo solicitado por la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su Alcalde, para que PROINVERSIÓN tome a su cargo la ejecución del proceso de promoción de la inversión privada del “Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en el tramo de la Línea 1 comprendido entre Villa El Salvador y la Av. Grau, por el eje de la Av. Aviación”. b. Se incorpora el “Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en el tramo de la Línea 1 comprendido entre Villa El Salvador y la Av. Grau, por el eje de la Av. Aviación” al proceso de promoción de la inversión privada bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el TUO aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM y demás normas complementarias; y, c. Se encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos la conducción del proceso de promoción de la inversión privada del “Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en el tramo de la Línea 1 comprendido entre Villa El Salvador y la Av. Grau, por el eje de la Av. Aviación”. Artículo 2º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 17666-8 Modifican la R.M. Nº 670-2006- EF/75 mediante la cual se delegó la representación del Ministerio para lograr trámite de registro de bonos soberanos de la República del Perú en su programa de emisiones ante la Securities and Exchange Commission - SEC - de los EE.UU. y ante las comisiones de valores de otras plazas financieras internacionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2007-EF/75 Lima, 17 de enero de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 670-2006- EF/75, se delegó en el Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público la representación del Ministerio de Economía y Finanzas, para suscribir la documentación y realizar todos los actos necesarios, a fin de iniciar, impulsar y finalizar el trámite de registro de bonos soberanos de la República del Perú en su Programa de Emisiones ante la Securities and Exchange Commission -SEC- de los Estados Unidos de América; Que, resulta conveniente que los bonos soberanos de la República del Perú puedan ser registrados, adicionalmente, en otras plazas financieras internacionales, para lo cual es necesario modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 670-2006-EF/75, a efectos de ampliar la delegación de representación contenida en dicha norma; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifíquese el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 670-2006-EF/75, cuyo texto es el siguiente: “Artículo 1º.- Delegar en el Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público la representación del Ministerio de Economía y Finanzas para que suscriba toda la documentación, así como realice todos los actos necesarios, a fi n de iniciar, impulsar y fi nalizar el trámite de registro de bonos soberanos de la República del Perú en su programa de emisiones ante la Securities and Exchange Commission -SEC- de los Estados Unidos de América y ante las comisiones de valores de otras plazas fi nancieras internacionales.” Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 17662-1 Precios CIF de referencia para la aplicación del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF para la importación de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 002-2007-EF/15.01 Lima, 18 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modi fi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modi fi có el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001- EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 094-2006-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y Lácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF, modi fi cada por los Decretos Supremos Nºs. 003-2006-EF y 074-2006-EF, tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2007; Que, por Decreto Supremo Nº 121-2006-EF se sustituyó el numeral 3 del Anexo IV del Decreto Supremo Nº 115-