Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2007 (09/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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Resolucion Directoral Nº 318-2006-PRODUCE/DGEPP, solo en el extremo de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SAMOA", con Matricula Nº PS-10415-PM; entendiendose que la nueva capacidad es de 334.38 m3. Articulo 2º.- Incorporar la presente resolucion y la nueva capacidad de bodega especificada en el Articulo 1º, al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 2292002-PRODUCE y al Anexo I, literal A de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE, en lo correspondiente a la precitada embarcacion SAMOA. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral, a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 25143-14

En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en ABANDONO la solicitud formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre el permiso de pesca de la embarcacion pesquera artesanal denominada MORDAZA, de matricula Nº CO-5334-B, para la extraccion de recursos hidrobiologicos en el ambito maritimo del Peru, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 25143-16

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la empresa MORDAZA & Russo Ingenieros S.A.C. el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 006-2007-MTC/12 MORDAZA, 11 de enero del 2007

Declaran en abandono solicitud de permiso de pesca para operar embarcacion en la extraccion de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 483-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 1 de diciembre del 2006 Visto el expediente de registro Nº 00007315 del 1 de febrero del 2006, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA POMA. CONSIDERANDO: Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de Oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que mediante el escrito del visto, el recurrente solicito permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera artesanal denominada MORDAZA, de matricula CO-5334B, para la extraccion de recursos hidrobiologicos en el ambito maritimo del Peru; Que de la evaluacion efectuada a la solicitud presentada se determino que la MORDAZA del Certificado de Matricula presentado no estaba vigente; por lo que se notifico al armador pesquero mediante el Oficio Nº 2043-2006PRODUCE/DNEPP-Dch del 25 de MORDAZA del 2006, para que absuelva esta observacion y se le otorgo un plazo de 30 dias calendario contabilizados desde el 29 de MORDAZA del 2006; accion que hasta la fecha no fue ejecutada; Que de la evaluacion efectuada a los antecedentes que obran en el presente expediente, se ha determinado que a la fecha el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no ha cumplido con el requerimiento formulado, por lo que habiendose paralizado la tramitacion de la solicitud mencionada en el MORDAZA considerando por mas de cinco (5) meses, corresponde que la autoridad administrativa declare el abandono de dicho procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 3612006-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y,

Visto, el expediente presentado por la empresa MORDAZA & RUSSO INGENIEROS S.A.C. sobre la Autorizacion para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional; CONSIDERANDO: Que, el pedido de la empresa MORDAZA & RUSSO INGENIEROS S.A.C. ha sido materia de analisis y estudio, asi como de la inspeccion tecnica correspondiente, efectuada por las dependencias competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; concluyendose que el peticionario cumple con todos los requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronauticas del Peru, en su Parte 145, relacionadas al establecimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional; Que, con Informe Nº 1024-2006-MTC/12.04.SDA.JPC ratificado por el Memorandum Nº 5354-2006-MTC/12.04. SDA de la Subdireccion de Aeronavegabilidad de la Direccion General de Aeronautica Civil, se determino que se encuentra acreditada la capacidad tecnica de la empresa; Que, con Memorandum Nº 365-2006-MTC/12.AL de fecha 3 de MORDAZA 2006, la Asesoria Legal senala que el recurrente cumple con los requisitos legales para la obtencion de un Permiso de Operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico Nacional conforme lo establecido en el Apendice B de la Parte 145 y con Informe Nº 084-2006-MTC/12.03.ECO ratificado por el Memorando Nº 749-2006-MTC/12.03 se indica que la empresa tiene capacidad economica financiera suficiente para prestar servicios como taller de mantenimiento aeronautico; Que, el articulo 9º literal h) de la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261 establece que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar las autorizaciones de Estaciones Reparadoras, Talleres de Mantenimiento, entre otras, mediante Permiso de Operacion otorgado por Resolucion Directoral; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 050-2001-MTC y la Parte 145 de las RAP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa MORDAZA & RUSSO INGENIEROS S.A.C., por un plazo de

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