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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340390 que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos, podrán aprobarse por Decreto de Alcaldía; Estando a lo dispuesto, por el numeral 6 del artículo 20º, por el 39º y 42º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el rubro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el procedimiento administrativo “Certi fi cado de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios”, de acuerdo al detalle consignado en el anexo adjunto. Artículo 2º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS T.U.P.A. Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOS DERECHO DE PAGO % DE UITAUTOMÁ- TICOEV. PREVIA DEPENDEN- CIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD APRUEBARECURSO INPUGNATIVO POSI- TIVONEGA- TIVO1) Recurso de __dirigido al__plazo___días 2) Autoridad que resuelve___en plazo___días 3) Acompañar los requisitos_______ GERENCIA DE DESARROLLO URBANO (...) 5 (...)CERTIFICADO DE PARÁMETRO NORMATIVOS Y URBANÍSTICOS Base Legal: Ley Nº 27157 - 20/07/99 D.S. 008-2000-MTCD.S. Nº 032-2006-VIVIENDA - 01/11/06Ordenanzas Nºs. 201,232,062,620, 719, 893,896,946.Reglamento Nacional de Edi fi caciones Reglamento de Zoni fi cacion General de Lima Metropolitana1 Formato de solicitud, adjuntando:2 Plano de UbicaciónReferencial3 Pagar derecho de trámiteDerecho de trámite5.8062 Subgerencia Tram. Docum.JEFE DE DIVISIÓN DE CERTIFICA- CIONES1)RECONSIDERACIÓN al jefe de Division de Certi fi caciones 15 días 2) Resuelve Jefe de Div. De Certi fi cac. En 30 días1)APELACIÓN al jefe de División de Certi fi caciones 15 días 2) Resuelve Subg. Plan. Y Hab. Urb, en 30 días. Ratifican resolución de la Municipalidad de Chorrillos que aprueba habilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN Nº 021-2007-MML-GDU-SPHU Lima, 19 de enero de 2007LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codi fi cado Nº 128325-2006, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Chorrillos, solicita la Ratifi cación de la Resolución Directoral Nº 171-2006- DODU-MDCH, emitida con fecha 7 de noviembre de 2006, promovida por la JUNTA DE COPROPIETARIOS “LOS SAUCES”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 171-2006- DODU-MDCH (fs. 76 al 80) de fecha 7 de noviembre de 2006, la Municipalidad Distrital de Chorrillos resuelve aprobar de conformidad con el Plano signado con el Nº 001-2006-MDCH-DODU-DCHU, la Habilitación Urbana en Vía de Regularización para Uso Residencial de Densidad Media “R4”, del terreno de 4,009.70 m², constituido por la Sección 9-A, ubicado con frente a la urbanización Villa Marina, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Que, de la revisión de autos se ha veri fi cado que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana, se encuentra inscrito en la Ficha Nº 310403 continuada en la Partida Nº 42210420 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, a nombre de los copropietarios de la Junta. (fs.22 al 42). Que, mediante Informe Nº 007-2007-MML-GDU- SPHU-DRD (fs. 93 al 97) de fecha 9 de enero de 2007, la División de Revisión de Diseño de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, mani fi esta que la presente habilitación urbana incumple los planes urbanos respecto a aportes reglamentarios al no haberse aplicado la Ordenanza Nº 292-MML sino el Reglamento Nacional de Construcciones, siendo que la norma aplicable a la fecha de inicio del expediente ante la Municipalidad Distrital de Chorrillos, debiera ser la Ordenanza Nº 292-MML. Que, con fecha 12 de enero de 2006, la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, mediante Informe Nº 021-2007-MML-GDU-SPHU-AL (fs. 98 y 100) mani fi esta que el presente es una continuación del trámite iniciado ante esta Corporación, por lo que las normas aplicables son las que estaban vigentes en el año 1999; en consecuencia, la habilitación materia de rati fi cación cumple los Planes Urbanos respecto a zoni fi cación, vías y aportes reglamentarios, conforme a lo dispuesto en las Ordenanzas Nº 164, Nº 341 y Reglamento Nacional de Construcciones, respectivamente; sin perjuicio de ello, esta Corporación no reconoce la aplicación del Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, el cual fue declarado inaplicable en la provincia de Lima conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 776-MML, debiendo ser de aplicación el Decreto de Alcaldía Nº 079. Que, en el último párrafo de la parte considerativa de la Resolución materia de rati fi cación se hace mención a la normatividad aplicada entre la que se encuentra el Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, norma que ha sido desconocida por Lima con la Ordenanza Nº 776-MML; sin embargo, al haber remitido la Municipalidad Distrital de Chorrillos la copia certi fi cada de la Resolución Directoral Nº 171-2006-DODU-MDCH para ser rati fi cada por esta Corporación, no se han aplicado las disposiciones contenidas en el citado Decreto Supremo. Que, de acuerdo al artículo 89º numeral 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado por Ordenanza Nº 812-MML y modi fi cado por la Ordenanza Nº 916-MML, es función de la Gerencia de Desarrollo Urbano emitir pronunciamiento en relación a los actos administrativos emitidos por las municipalidades distritales que aprueban habilitaciones urbanas, a fi n de veri fi car la adecuación y cumplimiento de los planes urbanos, en cuyo caso otorgará la conformidad correspondiente. Que, mediante Resolución Nº 33-2006-MML-GDU de fecha 29 de marzo de 2006, se resuelve delegar 29168-1