Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2007 (23/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340391

la competencia administrativa para la emision de Resoluciones en los procedimientos de Ratificacion de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas emitidas por las Municipalidades Distritales a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas. Con el visto MORDAZA de la Asesoria Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27972, Nº 27444, Nº 26878, Reglamento Nacional de Construcciones, Ordenanzas Metropolitanas Nº 164, Nº 341, Nº 812 y Nº 916MML, Decreto de Alcaldia Nº 079 y Resolucion Nº 33-2006MML-GDU. SE RESUELVE: Articulo 1º.- RATIFICAR, la Resolucion Directoral Nº 171-2006-DODU-MDCH de fecha 7 de noviembre de 2006, emitida por la Municipalidad Distrital de Chorrillos que resuelve aprobar de conformidad con el Plano signado con el Nº 001-2006-MDCH-DODU-DCHU, la Habilitacion MORDAZA en Via de Regularizacion para Uso Residencial de Densidad Media "R4", del terreno de 4,009.70 m², constituido por la Seccion 9-A, ubicado con frente a la urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; sin perjuicio que esta Corporacion no reconoce la aplicacion del Decreto Supremo Nº 0102005-VIVIENDA. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE, la presente Resolucion a la JUNTA DE COPROPIETARIOS "LOS SAUCES" y a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- Queda agotada la via administrativa con la presente Resolucion. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y a la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 5º.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA ZEDANO MORDAZA Subgerente (e) Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 29305-1

de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece en el articulo 5º que el Concejo Municipal ejerce funciones Normativas y Fiscalizadoras y en el articulo 9º inciso 12 establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar su Reglamento de Organizacion Interna; Que, dentro de las funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales en materia de Educacion, Cultura, Deportes y Recreacion, establece que los Gobiernos Locales deben fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin en cooperacion con las entidades competentes, acuerdo al articulo 82º inciso 15 de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carabayllo fue aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 048-2004-A/MDC de fecha 27 de marzo de 2004, mencionandose en el articulo 30º del Reglamento Interno la conformacion de las Comisiones Ordinarias Permanentes, que son ocho (8) en total; Que, debido a la coyuntura turistica se hace necesario crear la Comision Ordinaria Permanente de Turismo; por lo que se debe modificar el articulo 30º del Reglamento interno del Concejo Municipal de Carabayllo; Estando a lo expuesto y a lo aprobado en Sesion Ordinaria de Concejo, en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORIA se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 30º DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO El mismo que queda de la siguiente manera: Clases de Comisiones Articulo 30º.- Existen dos clases de Comisiones: a) Comisiones Ordinarias: El Concejo Distrital de Carabayllo contara con comisiones ordinarias que corresponderan a las areas fundamentales operativas de la labor municipal y con los proyectos especiales del Plan Municipal, encargadas del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Concejo, con prioridad en la funcion legislativa y de fiscalizacion y otros asuntos que encomiende el Concejo. Sin embargo en base a las competencias municipales, deben conformarse por lo menos nueve (9) Comisiones Ordinarias de manera permanente, siendo las siguientes: 1) COMISION DE ASUNTOS JURIDICOS, FISCALIZACION Y COOPERACION INTERNACIONAL. 2) COMISION DE ECONOMIA, PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO. 3) COMISION DE EDUCACION, JUVENTUD, DEPORTES Y RECREACION. 4) COMISION DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL Y COMERCIALIZACION. 5) COMISION DE DESARROLLO MORDAZA Y RURAL. 6) COMISION DE PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCION DE DERECHOS. 7) COMISION DE SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD. 8) COMISION DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DEFENSA CIVIL. 9) COMISION DE TURISMO Y CULTURA. b) Comisiones Especiales Constituidas con fines protocolares, de estudios, investigaciones o trabajo conjunto con participacion de otras Comisiones, ello incluye actividades de fiscalizacion de caracter puntual, segun acuerde el Pleno, a propuesta del MORDAZA o de los Regidores. El Acuerdo que las constituyen

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Modifican articulo 30º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carabayllo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 119-A/MDC Carabayllo, 31 de enero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO: POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y su modificatoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Titulo Preliminar

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.