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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340385 Artículo 3°.- Disponer, que el Director Ejecutivo de la O fi cina Ejecutiva de Informática del Instituto Nacional Penitenciario, elabore y/o actualice el Portal de Transparencia de la Institución. Artículo 4°.- Los funcionarios indicados en el artículo primero, facilitarán la documentación y/o información, previo pago del costo de reproducción señalados en el TUPA del INPE, según lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. Artículo 5°.- Dejar sin efecto la Resolución Presidencial N° 343-2004-INPE/P de fecha 20 de mayo de 2004. Artículo 6°.- Remitir, copia de la presente resolución a las instancias pertinentes, para su conocimiento y fi nes establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. BENEDICTO NEMESIO JIMÉNEZ BACCA Presidente 30022-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban Directiva que establece normas básicas para la elaboración y estandarización de la cartografía catastral (Se publica la Directiva de la referencia a solicitud de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos mediante O fi cio Nº 485-2007-SUNARP/SG, recibido el 22 de febrero de 2007). DIRECTIVA Nº 002–2006-SNCP/CNC “SERIES DE ESCALAS CARTOGRÁFICAS CATASTRALES, NOMENCLATURA, CONTENIDO MÍNIMO Y FORMATO DE IMPRESIÓN” Lima, 25 de julio de 2006VISTO, el informe Nº 002-2006 de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial - SNCP; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28294 se creó el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios - SNCP, con la fi nalidad de regular la integración y uni fi cación de los estándares, nomenclaturas y procesos técnicos de las diferentes Entidades Generadoras de Catastro (en adelante EGC) en el país, a efectos de consolidar la información catastral y las características de los predios y/o derechos sobre éstos; Que, de conformidad con el inciso 2 del artículo 14º de la citada Ley Nº 28294, la Cartografía Catastral se sujeta a las normas de la Cartografía Básica O fi cial aprobadas por el Instituto Geográ fi co Nacional - IGN a través de la Resolución Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J; y a las normas y estándares técnicos que establece la Ley y su Reglamento, siendo que el artículo 32º del citado Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS, precisa que las series de escalas; las series cartográ fi cas catastrales, sus contenidos mínimos y formatos serán determinados y desarrollados mediante Directivas, aprobadas por el Consejo Nacional de Catastro - CNC; Que, para efectos de facilitar a las EGC la elaboración de la Cartografía Catastral, se hace necesario dictar las normas básicas, para estandarizar las Series de Escalas Cartográ fi cas Catastrales, el Código de las Hojas, Nomenclatura, Información Mínima y Formato de Impresión, que permitan determinar la localización de los predios, dentro del territorio nacional, correlacionando su super fi cie con el Registro de Predios;Que, de conformidad con el artículo 8º de la Ley Nº 28294, inciso d), concordante con el artículo 7º, inciso c) de su Reglamento, el CNC tiene la facultad de emitir las Directivas para uni fi car, actualizar y mantener la base de datos catastral; Que, el CNC en la sesión Nº 25 de fecha 25 julio de 2006, aprobó la presente Directiva; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2006-SNCP/ CNC que establece las normas básicas para la elaboración y estandarización de la cartografía catastral; de acuerdo con el siguiente texto: I. ANTECEDENTESEl artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 28294, precisa que “La cartografía catastral es fundamental para correlacionar la super fi cie del predio con el registro de inmuebles y comprende las actividades y procesos relacionados con la geodesia, fotogrametría, teledetección, topografía y sistemas de información geográ fi ca que permitan obtener la representación grá fi ca del territorio......” . El artículo 32º del mencionado Reglamento dispone que, “La producción de la Cartografía Básica es continua, homogénea y articulada, de acuerdo a las series de escalas que se determinarán mediante directivas aprobadas por el CNC. Los contenidos mínimos de las series cartográ fi cas urbanas y rurales, así como la estandarización y el formato de las mismas serán desarrolladas, complementadas o modi fi cadas mediante Directivas aprobadas por el CNC...” Corresponde, en consecuencia, al CNC, aprobar las Series de Escalas, el Código de las Hojas Catastrales, Formato de Impresión, Nomenclatura y Contenido Mínimo de la Información de las Series Cartográ fi cas Catastrales. Para estandarizar la elaboración de la cartografía catastral se ha tomado en consideración el Sistema de Proyección Cartográ fi co vigente para la República del Perú, el Sistema “Universal Transverse Mercator” (UTM), técnicamente de finido y aprobado por el Instituto Geográ fi co Nacional - IGN a través de la Resolución Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J. Asimismo, se ha tenido en cuenta las escalas empleadas y publicadas por el IGN y por las EGC que producen cartografía catastral, entre las que se encuentran: 1/500; 1/1,000; 1/2,500; 1/5,000; 1/10,000 y 1/25,000. II. OBJETIVOEstablecer las normas básicas para la elaboración de la Cartografía Catastral de las EGC, para cuyo efecto se utilizará como base, las Series de Escalas y el Código de las Hojas Cartográ fi cas aprobadas por el IGN a través de la Resolución Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J; así como de la Nomenclatura, Información Mínima y el Formato de Impresión contenida en las Hojas de las Series Cartográ fi cas Catastrales, con la fi nalidad de identi fi car la ubicación de los predios, correlacionando su super fi cie y linderos perimétricos con el Registro de Predios. III. ALCANCELa presente Directiva es de aplicación obligatoria para las Municipalidades Distritales y Provinciales en su jurisdicción, así como a las demás EGC a que se re fi ere el literal f) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS y a toda persona natural o jurídica que se le encargue dicha facultad. IV. BASE LEGAL- Ley Nº 28294: Ley del Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios. - D.S. Nº 005-2006-JUS: Reglamento de la Ley Nº 28294. - Resolución Jefatural Nº 079-2006-IGN/OAJ/DGC- Resolución Jefatural Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J