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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de febrero de 2007 340387 5.3.3. El Formato de Impresión de la Hoja de la Serie Cartográ fi ca Catastral debe contener la siguiente información Mínima: a. Coordenadas y cuadrículas UTM, en el eje X e Y, espaciadas en valores submúltiplos de las escalas predeterminadas. b. Las coordenadas geográ fi cas en grados, minutos y segundos en las esquinas de las Hojas. c. Código de la Hoja Catastral.d. Nomenclatura de la Hoja Catastral.e. Información general que contendrá, el sistema de proyección, la zona UTM, datum horizontal, datum vertical, escala grá fi ca y numérica, fuente, método de levantamiento, fecha de levantamiento y fecha de actualización. f. Leyenda que contendrá información de carácter urbano o rural que se considere relevante. g. Diagrama de ubicación de la Hoja Catastral, conteniendo los límites político administrativos. h. Membrete conteniendo el nombre y logotipo de la institución que elaboró la hoja catastral, fecha de emisión, fuente cartográ fi ca, la o fi cina que imprimió la hoja catastral. i. Norte geográ fi co. j. Otra que se considere de interés, debidamente consensuada y normalizada. 5.3.4 Las hojas de las Series Cartográ fi cas Catastrales, a escalas 1/25,000; 1/10,000; 1/5,000 y 1/2,500 presentan variaciones mínimas en sus dimensiones, por lo que la impresión de dichas hojas catastrales tendrán un tamaño máximo de 56 x 56 centímetros por hoja catastral, asimismo, las series de escala 1/1,000 y 1/500 tendrán por dimensión máxima 70 centimetros (eje X) x 56 centímetros (eje Y). 5.3.5 El formato de impresión de la Hoja de las Series Cartográ fi cas Catastrales, debe tener la dimensión y distribución de la información conforme se aprecia en lasfi guras Nº 1 y 2 adjuntas. 30018-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Aprueban Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2007-CR/GR-CUSCO EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO POR CUANTO:En Sesión Ordinaria de fecha trece de febrero del dos mil siete ha debatido y aprobado con el voto unánime de sus integrantes el REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO; y, CONSIDERANDO:Que, es competencia constitucional exclusiva de los Gobiernos Regionales la regulación de su propia organización interna, lo que constituye una de las manifestaciones de la autonomía política y administrativa de este Nivel de Gobierno, de donde, las funciones, atribuciones y reglamentación de sus diferentes Órganos es responsabilidad administrativa y funcional en cuanto atribución excluyente del Gobierno Regional.Que, la Ley de Bases de la Descentralización establece que la referida autonomía política y administrativa se sustenta en a fi anzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus propias circunscripciones y que la normatividad aprobada en el marco de las atribuciones y competencias constitucionales y legales exclusivas, es de cumplimiento obligatorio en la respectiva jurisdicción, no pudiendo ser afectada ni restringida por ningún Poder u Organismos del Estado. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece como Competencia Constitucional del Nivel Regional de Gobierno, la aprobación de su organización interna, y como atribución propia del Consejo Regional, la aprobación de su Reglamento Interno. Que, es imperativo viabilizar los mecanismos necesarios para que el Consejo Regional cumpla sus funciones normativas y fi scalizadoras, y que este Organismo concurra efectivamente a la construcción de una gestión Regional que sea garantía de e fi cacia, e fi ciencia, transparencia y participación ciudadana; democratizando el proceso regional e incluyendo a todos los sectores ciudadanos en los bene fi cios de la descentralización. Que, estando a lo establecido por el Art. 191º de la Constitución Política Nacional, Arts. 9º, 15º y 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modi fi cada por la Ley Nº 27902, Arts. 8º y 10º de la Ley de Desarrollo Constitucional: Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, el Consejo Regional de Cusco, por unanimidad, HA DISPUESTO:Artículo Primero.- Apruébese el REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, cuyo texto constituye parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Su contenido consta de siete Títulos, catorce Capítulos, ciento diecinueve Artículos y cinco Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional es vigente a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTOMando se publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional de Cusco, a los catorce días de febrero del dos mil siete. HUGO E. GONZÁLES SAYÁN Presidente Regional 29648-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Declaran en situación de emergencia por desastre natural a toda la Región San Martín DECRETO REGIONAL Nº 001-2007-GRSM/PGR Moyobamba, 4 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi catorias Leyes Nºs. 27902 y 28013, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;