Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2007 (18/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2007

establece que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y sus presupuestos y en la gestion publica; esta a su vez se canaliza a traves de los espacios y mecanismos de consulta, concertacion, coordinacion, fiscalizacion y vigilancia existentes y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley. Que, la Ley N° 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil en la programacion de su presupuesto y que el reglamento de la ley aprobado por D.S. Nº 171-2003- EF, establece en su articulo 5º y su Primera Disposicion Final que los gobiernos locales emitan ordenanza para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de los Agentes participantes, asi como la disposicion de reglamentos complementarios para facilitar el desarrollo del MORDAZA participativo. Que, el Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2008 Nº 001-2007-EF/76.0, en su capitulo III establece las disposiciones complementarias para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2008, estableciendo que mediante Ordenanza se debe reglamentar el mencionado MORDAZA, asi como complementarla con estrategias de participacion y mecanismo para la toma de decisiones. Que, la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9º (numerales 14 y 34) y 53º y la Decimo Sexta Disposicion Complementaria dispone como atribucion del Concejo Municipal, aprobar normas que garanticen la efectiva participacion vecinal, reglamentando los espacios de participacion vecinal, ademas de regular mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobacion de sus Presupuestos Participativos. De conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidad - Ley N° 27972, teniendo a la vista el Informe Nº 483-2007-MDP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº 063-2007-MDP/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente. ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE MORDAZA PARA EL ANO FISCAL 2008 Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento para el MORDAZA de Presupuesto Participativo del distrito de MORDAZA para el Ano Fiscal 2008, que consta de III Titulos, 13 Articulos y 3 Disposiciones Finales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Designar el Equipo Tecnico para el MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2008, el mismo que estara conformado por: Presidente Vicepresidente Secretaria Vocales Gerente Municipal Gerente Planeamiento y Presupuesto Sub Gerencia de Participacion Vecinal Gerente de Desarrollo Humano Gerente de Obras Publicas Gerente de Servicios a la MORDAZA Gerente de Desarrollo Economico y Turismo 2 Representantes de la Sociedad Civil, propuestos por CCL.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen disposiciones complementarias a la Ordenanza Nº 150-MSI en lo referente a actividades organizadas por el Equipo Funcional de Cultura y Deportes
ORDENANZA Nº 206-MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 27 de junio de 2007, los Dictamenes Nº 031-2007-ADM-FIN-AL/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas y Asuntos Laborales y Nº 035-2007-CAJ/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, respetando los principios de reserva de la ley y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona, conforme lo establece el Articulo 74º de la Constitucion Politica, en concordancia con el Articulo IV del Titulo Preliminar del TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Asimismo, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; Que, el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 607-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establece que solo estan sujetas a ratificacion las Ordenanzas aprobadas por las municipalidades distritales de la provincia de MORDAZA que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones, en consecuencia, las ordenanzas que establecen exoneraciones tributarias no se encuentran sujetas al mencionado MORDAZA de ratificacion; Que, es competencia de los Gobiernos Locales fomentar la realizacion de actividades culturales dentro de su jurisdiccion, conforme lo dispone la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, con la finalidad de fomentar la realizacion de actividades culturales y academicas dentro del distrito de San MORDAZA, se promulgo la Ordenanza Nº 150-MSI que exonero del pago de los derechos establecidos en los procedimientos Nº 1.18, 15.2 y 15.3 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de esta Corporacion MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 077-MSI, los cuales se refieren a la autorizacion para realizar espectaculos publicos no deportivos y/o eventos sociales de caracter temporal, alquiler del Auditorio de la Biblioteca Municipal y alquiler de la Sala de Conferencias de la Biblioteca Municipal;

Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Desarrollo Humano y Gerencia Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 85084-1

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