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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2007 (18/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de julio de 2007 349294 densidad, así como también resultaba ine fi ciente utilizar vehículos para estratos de alta densidad, por ello los tamaños de muestra calculados fueron aplicados a nivel de estratos y no a toda la población, manteniendo el mismo nivel de con fi anza y el margen de error. Sin embargo, de acuerdo a los principios de la estadística, efectivamente el cálculo del tamaño de la muestra debe considerar los tamaños de cada estrato tal como lo señala el recurrente, no obstante ello en el presente caso el recálculo del tamaño de muestra al considerar el tamaño de las subpoblaciones (N de cada estrato) no afecta los cálculos iniciales del tamaño de muestra utilizando la formula presentada. Así por ejemplo, tomando el caso de la modalidad de traslado en motocicleta en los estratos de media y baja densidad, se observa que los tamaños de muestra calculados son coincidentes como se observa en el siguiente cuadro; Comparación de tamaños de muestra calculados con distintos valores de N Modalidad N población OSINERGMINN Media Densidad EDELNORN Baja Densidad EDELNOR Moto 101,163 33,571 33,722 n calculado 43.45 =44 43.41 = 44 43.41 = 44 Que, debe reiterarse que el proceso de muestreo buscó ganar mayor con fi abilidad y precisión en los estimados, tanto por las nuevas condiciones a las que están expuestas las variables a evaluar, como por el diseño por conglomerados utilizados al interior de cada estrato, incrementando, fi nalmente, el número de casos de los calculados (media densidad 205 casos y baja densidad 440 casos); Que, en consecuencia y de acuerdo con lo expuesto por el propio consultor CENERGIA, es necesario considerar como la de fi nición de N en la fórmula (1) del numeral 6.3 del informe Estadístico de CENERGIA que consta en el Anexo 5 del Informe Técnico, que N es el tamaño de universo de suministros sujetos a corte o reconexión de un estrato de una ciudad en determinado mes base; Que, cabe reiterar que dicha modi fi cación no inciden en los resultados parciales ni fi nales del cálculo de tamaño de muestra, ni en los valores de los importes máximos de corte y reconexión; f) Determinación del tamaño de la muestra en base a un muestreo aleatorio simple al considerar el factor de diseño (ED) igual a uno (1,0) para el muestreo conglomerado Bietápico; Que, se asumió un valor ED=1, solo al inicio, para efectos de estimar un primer número de casos de la muestra. Luego se incrementó el tamaño en por lo menos 10% como se indica en el Informe Técnico, no existiendo información estadística previa de tiempos de desplazamiento entre suministros por estrato para realizar cálculos preliminares del ED y tampoco asumiendo en todo el proceso de muestreo un valor defi nitivo igual a 1; Que, en el documento del Informe Técnico, se indica que se utiliza un muestreo por conglomerados bietápico con selección aleatoria de muestras y no un muestreo estrati fi cado. Si hubiera sido estrati fi cado, se debería utilizar otros procedimientos de cálculo no solo para la asignación de la muestra, sino también para estimar los tamaños de muestra (con sus propias fórmulas de estimación y procesos óptimos de asignación por estrato como las de Neyman, etc.), los mismos que no son aplicables para un muestreo por conglomerados bietápicos. Que, los cuadrantes se clasificaron por niveles de densidad de corte, conformando estratos o subpoblaciones sobre las cuales se realizaron, de manera independiente, la selección de las muestras por conglomerados. Esta decisión se tomó dado que se tenía como premisa que las mediciones de la variable “tiempo de traslado de suministro a suministro” iba realizarse utilizando modalidades alternativas de traslado para cada estrato (ver Informe Técnico “consideraciones previas”); Que, en el documento que sustenta el petitorio de EDELNOR se hace mención a una inexplicable asociación de modalidades de traslado, en particular en el estrato medio, “pero no se encuentra sustento de porque se considera en el estrato de densidad media que la modalidad de traslado es 50% moto y el otro 50% furgoneta” (“textual”), siendo eso completamente inexacto. El analista debió confundir, el número de casos en moto con los de furgoneta en un mismo estrato, de baja densidad, que al fi nal se realizó para efectuar una comparación de rendimientos de dos modalidades de traslado, como se menciona en el Informe Técnico en la presentación de resultados del cálculo de las estimaciones muestral; g) Incoherencia en la selección de unidades primarias, este primero se seleccionan por probabilidad proporcional al número de cortes y luego por la in fl uencia de unidades secundarias; Que, la observación está contemplada en el procedimiento desarrollado en el Informe Técnico, donde se indica claramente como se efectuó la selección de muestras el cual, pasamos a resumir; Que, para cada estrato, se realizó en la primera etapa una selección aleatoria de cuadrantes (conglomerados) utilizando números aleatorios, considerando las probabilidades de elección en función del número de cortes que contenía cada uno. La cantidad de cuadrantes elegidos no estaban determinados por el número de unidades secundarias de muestreo, como interpreta EDELNOR, sino para lograr tener una cantidad sufi ciente de cuadrantes que permitieron representar la diversidad espacial de las zonas de concesión de Lima. En la segunda etapa, es decir ya dentro de cada cuadrante, se tenían distintas fechas de corte, eligiéndose de manera aleatoria sola una de ellas. Una vez elegida la fecha de corte, se ordenó los suministros sujetos a corte generando recorridos adecuados a las vías y accesos disponibles tal como lo hace el contratista. No se hizo una tercera selección, porque ya se disponía de los datos para realizar las mediciones de tiempo de traslado, sin realizar truncamientos de los recorridos. Debe indicarse que todos los recorridos están documentados en fi lmaciones; h) No selección aleatoria de cortes para cada día seleccionado aleatoriamente; Que, esta observación de EDELNOR ya fue respondida en el párrafo g) que antecede. No obstante cabe resaltar que los cortes de una misma fecha y de un mismo cuadrante constituyen la mejor representación de la actividad a realizar en cortes y reconexiones; i) Estimación de tiempos de desplazamiento por estrato y no por modalidad de traslado (a pie, moto y furgoneta); Que, en la tabla 7.1.1 del Anexo Nº 5 del Informe Técnico, se presentan tanto los promedios como los errores estándar por modalidad de traslado, aplicado a cada estrato, donde se visualiza por ejemplo, los estimados de tiempos de la moto, en el estrato de media densidad y en el estrato de baja densidad, razón por la cual existen la estimación de tiempos por estrato y modalidad de traslado contrariamente a lo señalado por EDELNOR, siendo pertinente indicar que los intervalos de con fi anza no dan valor signi fi cativo a las estimaciones presentadas; Que, habiéndose desvirtuado en los párrafos que anteceden, cada uno de los fundamentos expuestos en el sustento del petitorio sobre las deficiencias metodológicas en el informe de análisis estadístico de Cenergia, excepto el relacionado a los valores asignados a N para el cálculo de tamaño de muestra inicial (sobre el cual haciendo la respectiva modificación no se afecta al resultado final), lo cuál no conlleva la nulidad de la Resolución, toda vez que la Resolución se ha emitido cumpliendo con los requisitos de validez del acto administrativo previstos en el artículo 10 de