Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2007 (25/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2007

Visto el Oficio Nº 1116-2007-OCL-ABAST de fecha 3 de MORDAZA de 2007 del Jefe de la Oficina Central de Logistica, por el que se solicita la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de un "Potenciostato/Galvanostato/ZRA incluido Software"; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1116-2007-OCL-ABAST del 3 de MORDAZA de 2007 el Jefe de la Oficina Central de Logistica en atencion a lo solicitado por el Director del Instituto General de Investigacion de la UNI, presenta el Informe Tecnico suscrito por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el Informe Legal Nº 097-OCAL de fecha 1 de junio del 2007 de la Oficina Central de Asesoria Legal, que sustentan la solicitud de exoneracion de MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de un "Potenciostato/Galvanostato/ZRA incluido Software"; Que, en el citado Informe Tecnico se sustenta las razones de orden tecnico ­ economico que justifican hacer uso de la exoneracion dispuesta en el inc. e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, para la adquisicion del "Potenciostato/Galvanostato/ZRA incluido Software" por un monto referencial de S/. 68,605.00 (Sesenta y Ocho Mil Seiscientos Cinco y 00/100 Nuevos Soles), a traves de la empresa MORDAZA RAIEN MORDAZA S.A. unica empresa a nivel de Latinoamerica con sucursales en MORDAZA y MORDAZA, autorizada por la fabricante GAMRY INSTRUMENTS INC, para cotizar y prestar soporte tecnico tanto en el Peru como en MORDAZA Latina, adquisicion que se efectuara a fin de que no se vea interrumpido el desarrollo de las lineas de investigacion que realiza el Instituto General de Investigacion de la UNI; Que, mediante Informe Legal N° 097-OCAL de fecha 1 de junio del 2007, la Oficina Central de Asesoria Legal, ha cumplido con emitir el Informe Legal de acuerdo a lo establecido en el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", concordado con el articulo 146° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, opinando que procede la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para contratar con la empresa MORDAZA RAIEN MORDAZA S.A. pues las caracteristicas tecnicas del equipo que provee no admite sustitutos; Que, el inciso e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la contratacion de bienes o servicios que no admiten sustitutos y que exista proveedor unico, estan exonerados de los procesos de seleccion. En concordancia con esta MORDAZA legal el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que en los casos en que no exista bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor, la Entidad podra contratar directamente. Senala la MORDAZA ademas que se considera que existe proveedor unico en los supuestos que por razonas tecnicas o relacionados con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad de un proveedor; Que, de conformidad con los articulos 146° y 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda exoneracion a los procesos de seleccion, salvo la prevista para contratar servicios publicos sujetos a tarifas cuando estas MORDAZA unicas, o con caracter de secreto, secreto militar o de orden interno, que deban mantenerse en reserva conforme a Ley, deben ser aprobadas mediante Resolucion del titular del pliego de la Entidad, la cual requiere de informes previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, efectuandose las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, debiendo realizarse dichos actos por el organo o dependencia que

se encarga de llevar a cabo la Adquisicion o contratacion requerida; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento, y el articulo 33°, Inc. b), de la Ley Universitaria N° 23733, concordante con el articulo 52°, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva por la causal de bienes que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, para la adquisicion de un "Potenciostato/Galvanostato/ZRA incluido Software" para el Instituto General de Investigacion de la UNI, a efectuarse con la Empresa MORDAZA RAIEN MORDAZA S.A., por un monto referencial de S/. 68,605.00 (Sesenta y Ocho Mil Seiscientos Cinco y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La contratacion que se efectuara en virtud de la presente Resolucion Rectoral, sera realizada por la Oficina Central de Logistica de la Universidad Nacional de Ingenieria mediante acciones inmediatas de conformidad a lo dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion Rectoral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles de su emision. Asimismo la Oficina Central de Logistica remitira MORDAZA de la presente Resolucion Rectoral y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como difundirla a traves del SEACE, conforme a lo dispuesto en el articulo 20° y 147º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, respectivamente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 87585-1

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RESOLUCION DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTONOMOS Nº 012-2007-EF/94.06.2 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El expediente Nº 2007001681, iniciado por SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA CARTISA PERU S.A., asi como el Informe Nº 383-2007-EF/94.06.2 de fecha 3 de MORDAZA de 2007; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito presentado el 19 de enero de 2007, SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA CARTISA PERU

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