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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de junio de 2007 347616 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Economía y Finanzas, de la Presidencia del Consejo de Ministros y de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 76285-13 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Modifican Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES DECRETO SUPREMO Nº 006-2007-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, la Ley Nº 27793, aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004- MIMDES se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2005- MIMDES, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad-CONADIS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS y del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, correspondiéndole a éste último la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 084-2007- PCM, se aprobó la Directiva Nº 001-2007-PCM/SGP Lineamientos para implementar el proceso de fusión de entidades de la Administración Pública Central; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007- PCM, se defi ne y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de entidades de la Administración Pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, se derogó la Segunda Disposición Complementaria para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública;De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el inciso 2) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el inciso 2) del artículo 13 de la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase los artículos 4º, 12º, 13º, 18º, 19º, 20º, 21º, 52º, 68º y la Única Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 4º.- CompetenciaEl Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES ejerce rectoría en el ámbito nacional sobre las políticas y actividades que desarrollan las entidades públicas, privadas y de la sociedad civil referidas a: a) El desarrollo de la mujer y el fortalecimiento de la familia; b) Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; c) Atención Integral al Niño y al Adolescente;d) Promoción, atención y defensa de los derechos de Personas Adultas Mayores; e) Respeto a los derechos fundamentales de los grupos poblacionales en condición de pobreza, pobreza extrema, discriminación o violencia familiar, social, política y en alto riesgo nutricional; f) Promoción, atención y apoyo a la Población en Riesgo; g) Promoción, atención y defensa de los derechos de las personas con discapacidad; h) Promoción, defensa, a fi rmación de derechos y desarrollo con identidad de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano; i) La Política Nacional de Población; y,j) Las demás que determinen las disposiciones legales en vigencia. Artículo 12º.- Funciones Generales del MIMDESSon funciones generales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social , las siguientes: a) Formular, aprobar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, evaluar, normar y ejercer rectoría en las materias de Mujer y Desarrollo Social; b) Ejercer la potestad reglamentaria en los términos previstos en la legislación, en las materias de su competencia; c) Fiscalizar y supervisar el cumplimiento del marco normativo relacionado con su ámbito de competencia; d) Otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones; e) Plani fi car, fi nanciar y regular la provisión y prestación de servicios públicos sociales del Sector, de acuerdo a las leyes de la materia; f) Aprobar la estructura orgánica y demás disposiciones que mejor convenga a sus funciones; g) Velar por el cumplimiento de los programas y plataformas de acción suscritos por el Perú en las conferencias mundiales relativas al desarrollo humano; h) Coordinar con las entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales en las materias de competencia del Sector; i) Promover la concertación y participación de la población en la ejecución y vigilancia de las políticas, los programas sociales y proyectos del Sector; j) Gestionar con e fi ciencia, equidad y e fi cacia los recursos humanos, a fi n de cumplir con la misión, objetivos y metas institucionales al servicio de los usuarios; k) Proponer la suscripción de convenios referidos a los Derechos de la Mujer y Desarrollo Social; l) Promover, coordinar, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y