Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2007 (22/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2007

la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, es decir equidad de genero, en las entidades publicas, privadas y sociales, en los ambitos nacional, regional y local; b) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el cumplimiento de los planes nacionales que promueven la igualdad de oportunidades para las poblaciones que son de competencia del Despacho Viceministerial; c) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el cumplimiento de las politicas y normas institucionales en relacion a las personas con discapacidad; d) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar a los organos de linea, programas nacionales, proyectos, organos desconcentrados y organismos publicos descentralizados, en su area de competencia, asi como articular sus acciones con la finalidad de potenciar sus intervenciones; e) Promover la obtencion permanente de informacion actualizada que permita disenar politicas que reviertan la situacion de inequidad; f) Hacer el seguimiento de la Politica Decimo Primera del Acuerdo Nacional, referida a la "Promocion a la Igualdad de oportunidades sin discriminacion"; g) Velar y hacer el seguimiento al cumplimiento en la formulacion de proyectos sociales sobre la proteccion de los Derechos de la Mujer y otras poblaciones vulnerables en el ambito de su competencia; h) Velar por el desarrollo de la gestion eficiente de los recursos asignados, para el logro de los objetivos y metas institucionales, y; i) Otras que le delegue o le MORDAZA encomendadas por el Ministro, o que le corresponda de acuerdo a ley. Articulo 20º.- Despacho Viceministerial de Desarrollo Social Esta a cargo del Viceministro de Desarrollo Social, que es la autoridad inmediata al Ministro y le corresponde dirigir, evaluar y supervisar el cumplimiento de las politicas impartidas por el Ministro en los organos de linea, programas nacionales y organismos publicos descentralizados del Sector, dependientes o bajo el ambito de su competencia. Impulsa la formulacion de normas tecnicas y legales que promueven el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y el fortalecimiento y promocion institucional; la promocion, defensa y afirmacion de los derechos y desarrollo con identidad de los pueblos originarios y afroperuano. Promueve la investigacion, desarrollo y monitoreo del Sector, asi como la descentralizacion, concertacion y participacion social, priorizando la atencion a la poblacion que vive en situaciones de pobreza, pobreza extrema y sufren discriminacion, inequidad y exclusion social. Articulo 21º.- Funciones del Viceministro de Desarrollo Social Son funciones del Viceministro de Desarrollo Social: a) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el seguimiento de las politicas de desarrollo social; b) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el cumplimiento de las politicas y normas institucionales en relacion con las entidades publicas, privadas y sociales; c) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar los organos de linea, programas nacionales, proyectos, organos desconcentrados y organismos publicos descentralizados relacionados con el desarrollo social, la investigacion y monitoreo del Sector, desarrollo de los pueblos originarios y afroperuano, la descentralizacion, el desarrollo de capacidades, el fortalecimiento y promocion institucional y demas materias de su competencia; d) Velar por el desarrollo de la gestion eficiente de los recursos asignados, para el logro de sus objetivos y metas institucionales, y; e) Otras que le delegue o le MORDAZA encomendadas por el Ministro, o que le corresponda de acuerdo a ley. Articulo 52º.- Organos del Despacho Viceministerial de la Mujer Son organos que dependen del Despacho Viceministerial de la Mujer: - Direccion General de la Mujer

- Direccion General de la Familia y la Comunidad - Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz - Direccion General de la Persona con Discapacidad Articulo 68º.- Organos del Despacho Viceministerial de Desarrollo Social Son organos que dependen del Despacho Viceministerial de Desarrollo Social: - Direccion General de Politicas de Desarrollo Social - Direccion General de Descentralizacion - Direccion General de Pueblos Originarios y Afroperuano" DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Sobre las Oficinas de Control Institucional de los Programas Nacionales Las Oficinas de Control Institucional correspondientes a los ex OPDs FONCODES, PRONAA e INABIF, continuaran transitoriamente desarrollando sus funciones en los Programas Nacionales FONCODES, PRONAA e INABIF, hasta que lo resuelva la Contraloria General de la Republica. Articulo 2º.- Incorporese los articulos 4-A, 67-A, 67B, 67-C, 67-D, 67-E, 78-A, 78-B, 78-C, 78-D, 78-E, la tercera y cuarta disposicion complementaria, la MORDAZA disposicion transitoria, y la unica disposicion derogatoria en el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, con los siguientes textos: Articulo 4º- A.- El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, coordina con la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM las funciones rectoras en politicas y actividades de Inclusion y Aumento de Capacidades Sociales. CAPITULO I ORGANOS DEL DESPACHO VICEMINISTERIAL DE LA MUJER Articulo 67º-A.- Direccion General de la Persona con Discapacidad Es el organo del Despacho Viceministerial de la Mujer responsable de formular, proponer, coordinar, supervisar y evaluar las politicas nacionales, normas, planes, programas, estrategias y proyectos para el desarrollo e integracion social, economica y cultural de la persona con discapacidad en un MORDAZA de igualdad de oportunidades, sin distincion de edad, sexo, raza, religion o nivel socioeconomico, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos y promoviendo la participacion ciudadana. Mantiene relaciones funcionales con los demas organos, programas nacionales del Ministerio y organismos publicos descentralizados del Sector. Coordina con los gobiernos regionales y locales la ejecucion de programas y proyectos referidos al ambito de su competencia, asi como con otras entidades publicas y privadas vinculadas al cumplimiento de su mision. La Direccion General de la Persona con Discapacidad coordina con la Oficina de Comunicacion la adecuada difusion de las actividades y resultados obtenidos en el cumplimiento de su mision. Articulo 67º-B.- Funciones de la Direccion General de la Persona con Discapacidad Son funciones de la Direccion General de la Persona con Discapacidad: a) Formular, proponer, supervisar y evaluar las politicas nacionales, normas y planes orientados a la promocion, prevencion, respeto, proteccion, atencion e integracion de las personas con discapacidad ; b) Promover, formular y proponer proyectos de corto, mediano y largo plazo, para el desarrollo social y economico de las personas con discapacidad; c) Coordinar con las instancias organicas competentes el financiamiento de los proyectos que desarrollen las

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