Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2007 (22/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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organizaciones de las personas con discapacidad; d) Supervisar el funcionamiento de los organismos que brindan atencion y proteccion a las personas con discapacidad; e) Promover y organizar eventos cientificos, tecnicos y de investigacion que tengan relacion directa con las personas con discapacidad, que constituyan bases para la formulacion de politicas gubernamentales; f) Difundir, fomentar y apoyar la formulacion e implementacion de programas de prevencion, educacion, rehabilitacion e integracion social de las personas con discapacidad; g) Dirigir el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; h) Imponer multas y sanciones por el incumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley Nº 27050, su Reglamento y toda normatividad relacionada con el tema de discapacidad; i) Promover y concertar con el sector privado, el otorgamiento de beneficios para las personas con discapacidad; j) Promover la creacion de guarderias y albergues temporales descentralizados para personas con discapacidad, a traves de programas de voluntariado; k) Sensibilizar y recomendar al sector publico y privado la ejecucion de prestaciones en materia de atencion integral, sistemas previsionales e integracion social de las personas con discapacidad, asi como promover las prestaciones economicas, sociales, orientacion y asesoria juridica; l) Participar en la formulacion de normas y procedimientos para el monitoreo y evaluacion de los resultados de los programas, proyectos y principales actividades que se desarrollan en el ambito de su competencia, en coordinacion con la Direccion General de Politicas de Desarrollo Social y la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; m) Proponer al Despacho Viceministerial de la Mujer la celebracion de contratos, convenios y acuerdos con instituciones publicas y privadas, nacionales y extranjeras para el cumplimiento de sus objetivos institucionales; n) Velar por el desarrollo de la gestion eficaz y eficiente los recursos asignados, para el logro de los objetivos y metas de su dependencia, y; o) Otras que le MORDAZA asignadas o le correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 67º-C.- Unidades organicas de la Direccion General de la Persona con Discapacidad La Direccion General de la Persona con Discapacidad tiene las siguientes unidades organicas: - Direccion de Investigacion y Desarrollo Social - Direccion de Registros y Supervision Articulo 67º-D.- Direccion de Investigacion y Desarrollo Social Es la unidad organica de la Direccion General de la Persona con Discapacidad responsable de formular, proponer y evaluar las politicas nacionales, normas, planes, estrategias, programas y proyectos en el MORDAZA de la persona con discapacidad, su entorno familiar y sus organizaciones, para contribuir a su bienestar y facilitar el desarrollo de una cultura de integracion e inclusion educativa, economica, deportiva, preventiva, rehabilitacion, salud, seguridad social, trabajo, accesibilidad y proteccion, asi como promover y realizar investigaciones, estudios y proyectos sobre discapacidad aplicables al desarrollo e integracion de la persona con discapacidad. Mantiene relaciones funcionales con las unidades organicas, organos y programas nacionales del MIMDES. La Direccion de Investigacion y Desarrollo coordina con la Oficina de Comunicacion la adecuada difusion de las actividades y resultados obtenidos en el ambito de su competencia, previo conocimiento de la Direccion General, y tiene las siguientes funciones: a) Formular, proponer, concertar y evaluar politicas, normas, planes y programas sectoriales y multisectoriales en el MORDAZA del respeto y proteccion de los derechos de la persona con discapacidad, su entorno familiar y sus

organizaciones; b) Proponer, desarrollar y conducir, en los casos que corresponda, programas de promocion, prevencion, salud, educacion, trabajo y accesibilidad de las personas con discapacidad concertando con el sector privado, publico y las organizaciones de la comunidad el otorgamiento de beneficios para el desarrollo laboral y educativo de las personas con discapacidad, sus familiares y sus organizaciones; c) Promover, coordinar, proponer e implementar con instituciones publicas y privadas de caracter cientifico y tecnico, colegios profesionales y otros, nacionales e internacionales, para tratar el tema de discapacidad, proponer mecanismos que faciliten la integracion y desarrollo social de las personas con discapacidad, asi como para prevenir el incremento de la poblacion con discapacidad; d) Dictar medidas que promuevan el fomento del empleo y desarrollo productivo, asi como la seguridad social de las personas con discapacidad; e) Identificar las principales necesidades, capacidades y potencialidades de las personas con discapacidad, familiares y sus organizaciones para su participacion en la gestion del desarrollo nacional, canalizando los proyectos propuestos por la Alta Direccion, para su tramite en los respectivos organismos financieros o cooperantes, en coordinacion con la Oficina de Cooperacion Internacional; f) Promover y realizar con instituciones publicas y privadas, investigaciones para determinar las causas que ocasionan discapacidad en las diferentes zonas del MORDAZA, asi como apoyar los diferentes planes nacionales, con un enfoque transversal del tema de discapacidad; g) Promover, dirigir y supervisar estudios e investigaciones para identificar y superar patrones culturales que reproducen discriminacion contra las personas con discapacidad; h) Conducir acciones de coordinacion para la articulacion de planes, programas y proyectos que desarrolla y facilita la institucion de las personas con discapacidad y la sociedad civil, en materia de educacion, salud, trabajo, formulando y proponiendo convenios de gestion con los gobiernos regionales y locales; i) Promover, apoyar y monitorear estudios en los gobiernos regionales, locales y organizaciones sobre focalizacion de la poblacion con discapacidad, identificando sus necesidades y capacidades para mantener un mapa actualizado de personas con discapacidad en el Peru; j) Disenar, implementar y evaluar los programas de capacitacion y asistencia tecnica para la creacion y desarrollo de las MYPES, PYMES y empresas promocionales en zonas rurales y urbanas marginales principalmente, en los ambitos nacional, regional y local; asi como, desarrollar planes de capacitacion en beneficio de las personas con discapacidad; k) Velar por la gestion eficaz y eficiente de los recursos asignados, para el logro de los objetivos y metas de su dependencia, y; l) Otras que le MORDAZA asignadas o que le correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 67º-E.- Direccion de Registros y Supervision Es la unidad organica de la Direccion General de la Persona con Discapacidad responsable de conducir y mantener actualizado el Registro Nacional de las Personas con Discapacidad, gremios e instituciones de y para personas con discapacidad, instituciones de servicios relacionadas, asi como profesionales, docentes y tecnicos que tengan vinculacion con la poblacion con discapacidad; tambien en cautelar y hacer cumplir los dispositivos de proteccion, atencion e igualdad de oportunidades de la persona con discapacidad, ademas proponer sanciones y multas. Mantiene relaciones funcionales con las unidades organicas, organos y programas nacionales del MIMDES. La Direccion de Registros y Supervision coordina con la Oficina de Comunicacion la adecuada difusion de las actividades y resultados obtenidos en el ambito de su competencia, previo conocimiento de la Direccion General, y tiene las siguientes funciones:

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