Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2007 (22/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2007

Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE:

Constituyen Comision de Transferencia de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru a la SBS
RESOLUCION SBS Nº 810-2007 MORDAZA, 21 de junio de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:

Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con matricula Nº N-3879 en el Registro del Sistema de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de MORDAZA, que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 75206-1

Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 768-2007 MORDAZA, 13 de junio de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.Corredores de Seguros de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de MORDAZA del 2004, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con matricula Nº N3882 en el Registro del Sistema de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de MORDAZA, que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 75380-1

Que, de acuerdo al Articulo 87º de la Constitucion Politica del Peru, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, ejercer el control de las empresas bancarias, de seguros, de administracion de fondos de pensiones y de aquellas que, por realizar operaciones similares o conexas, determine la ley; Que, mediante Ley Nº 29038 publicada el 12 de junio de 2007, se ha dispuesto la incorporacion, como unidad especializada, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru (UIF - Peru) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante la Superintendencia; Que, el Articulo 1.1 de la citada Ley senala que, a partir de su vigencia, la Superintendencia ejercera las competencias, atribuciones y funciones establecidas en la Ley Nº 27693 y sus normas modificatorias aprobadas mediante Leyes Nºs. 28009 y 28306, y en las disposiciones complementarias, reglamentarias y demas que MORDAZA aplicables; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final de la referida Ley establece que mediante resolucion de la Superintendencia se constituira una Comision de Transferencia a la que correspondera, previa evaluacion y dentro de los noventa (90) dias siguientes a la entrada en vigencia de la Ley, proceder a la transferencia de los activos, pasivos y recursos de la UIF- Peru; Que, asimismo y para tal efecto, una vez concluido el MORDAZA de transferencia la Superintendencia debera aprobar la modificacion de su estructura organica y de su Reglamento de Organizacion y Funciones, quedando extinta la personeria de la UIF-Peru, conforme a lo dispuesto por la mencionada Ley; Que, en consecuencia, es necesario conformar dicha Comision de Transferencia y conferirle las facultades necesarias para el cumplimiento de sus funciones; De conformidad con la Ley Nº 29038 y en ejercicio de las facultades contenidas en los articulos 349º y 367ºde la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus normas modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Constituir la Comision de Transferencia de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y designar como integrantes de la misma a los senores: Por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira. - MORDAZA Wuan Almandos. - MORDAZA Sakuma Carbonel. - MORDAZA Butron Zegarra. Por la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alvarez. La Comision nombrara a un Vicepresidente que reemplazara al Presidente en caso de ausencia, gozando para ello de las mismas facultades de las que este se encuentra investido.

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