Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2007 (22/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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afroperuano. Mantiene relaciones funcionales con las unidades organicas, organos y programas nacionales del MIMDES. La Direccion de Biodiversidad y Conocimientos Colectivos coordina con la Oficina de Comunicacion la adecuada difusion de actividades y resultados logrados en el ambito de su competencia, previo conocimiento de la Direccion General y tiene las siguientes funciones: a) Formular, proponer y evaluar politicas, normas, planes y programas sectoriales y multisectoriales para proteger la biodiversidad y los conocimientos colectivos de los pueblos andinos, amazonicos y afroperuano, asi como para contribuir al reconocimiento formal de la diversidad cultural; b) Promover, dirigir y supervisar la identificacion e investigacion de los usos y costumbres de los pueblos a efectos de identificar los beneficios de los conocimientos colectivos y ejecutar las acciones correspondientes para la salvaguarda de la biodiversidad, conocimientos colectivos y territorio; c) Promover y apoyar el reconocimiento y formalizacion de la propiedad y personeria juridica de las comunidades campesinas y nativas, la declaracion y proteccion de las reservas territoriales a favor de los pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial, asi como la resolucion de los problemas de biodiversidad en coordinacion con COFOPRI y otras entidades nacionales e internacionales; d) Promover y coordinar el apoyo sobre los aspectos de biodiversidad, conocimientos colectivos y territorio, para fortalecer el derecho de los pueblos a preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos ancestrales y todos los elementos que constituyen su cultura o identidad; asi como su derecho a decidir sus formas internas de convivencia y organizacion social, economica, politica y cultural; e) Recopilar, sistematizar y registrar en coordinacion con la Direccion de Seguimiento y Evaluacion de la Direccion General de Politicas de Desarrollo Social, la informacion proveniente de instituciones publicas y privadas, de estudios e investigaciones y trabajos de MORDAZA sobre los pueblos andinos, amazonicos y afroperuano; f) Desarrollar en coordinacion con los gobiernos regionales y organismos que correspondan las acciones pertinentes para la proteccion de la diversidad biologica peruana y los conocimientos colectivos de los pueblos indigenas, en concordancia con la Ley 28216; g) Elaborar el sustento tecnico y legal de las propuestas de las politicas nacionales y reformas legales que MORDAZA necesarias para incorporar el reconocimiento formal de la diversidad cultural; h) Velar por la gestion eficaz y eficiente de los recursos asignados a la unidad organica, para el logro de los objetivos y metas de su dependencia, y; i) Otras que le MORDAZA asignadas o le correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 78º-E.- Direccion de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano Es la unidad organica de la Direccion General de Pueblos Originarios y Afroperuano, responsable de formular, proponer y evaluar politicas, normas, planes y programas sectoriales y multisectoriales para promover y apoyar la afirmacion de los derechos y desarrollo con identidad de los pueblos andinos, amazonicos y afroperuano. Mantiene relaciones funcionales con las unidades organicas, organos y programas nacionales del MIMDES. La Direccion de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano coordina con la Oficina de Comunicacion la adecuada difusion de actividades y resultados logrados en el ambito de su competencia, previo conocimiento de la Direccion General, y tiene las siguientes funciones: a) Formular, proponer y evaluar politicas, normas, planes, programas y proyectos para promover el desarrollo social y economico con identidad y en pleno respeto de los derechos ancestrales de los pueblos andinos, amazonicos y afroperuano;

b) Formular, proponer y evaluar politicas, normas, planes y programas para el desarrollo economico y social de los pueblos andinos y amazonicos en zonas de frontera, propiciando una cultura de paz e integracion, y en pleno respeto a sus derechos; c) Supervisar el cumplimiento de las politicas para la inclusion y desarrollo con identidad de los pueblos andinos, amazonicos y afroperuano; d) Asesorar, conducir y supervisar la implementacion del Regimen Especial Transectorial para la proteccion de los pueblos en situacion de aislamiento y contacto inicial, en coordinacion con los sectores Salud, Agricultura e Interior; e) Promover y coordinar la mayor cobertura y el mejoramiento de los servicios de salud y educacion, asi como el fortalecimiento de las capacidades y mejoramiento de condiciones de MORDAZA de las poblaciones andinas, amazonicas y afroperuana; f) Coordinar y apoyar el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de las poblaciones andinas, amazonicas y afroperuano; g) Sistematizar las potencialidades de los pueblos andinos, amazonicos y afroperuano y ejecutar acciones para propiciar su desarrollo con identidad; h) Velar por la gestion eficaz y eficiente de los recursos asignados a la unidad organica, para el logro de los objetivos y metas de su dependencia, y; i) Otras que le MORDAZA asignadas o le correspondan de acuerdo a Ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Tercera.- De las comisiones Los miembros representantes de la Sociedad Civil del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano - INDEPA y del Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS conformaran las Comisiones que para ese efecto se creen en el Ministerio, de conformidad a lo establecido en el articulo 45º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo. El plazo de vigencia de la representatividad y numero de los miembros de los Consejos MORDAZA nombrados, sera el que senalan sus normas de creacion. Una vez vencidos tales plazos, el MIMDES quedara autorizado a regular su estructura y funcionamiento mediante Resolucion Ministerial. Cuarta.- De las funciones operativas El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES continuara ejecutando, a traves de las dependencias correspondientes, las funciones operativas de los programas y proyectos sociales a su cargo, hasta que concluya su transferencia a los gobiernos regionales y locales dentro del MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Segunda.- De los programas nacionales en MORDAZA de fusion El Programa Nacional Fondo de Cooperacion para el Desarrollo - FONCODES, el Programa Nacional Contra la Violencia, Familiar y Sexual - PNCVFS y el Programa Nacional Wawa Wasi, mantienen vigente su estructura organizacional, responsabilidades, obligaciones y ejercen las funciones que le son propias hasta que se concluya los procesos de fusion dispuestos mediante Decretos Supremos Nºs. 003 y 005-2007-MIMDES. DISPOSICIONES DEROGATORIAS Unica.- Derogar el articulo 92º del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, asi como el Decreto Supremo Nº 028-2006-PCM - Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano - INDEPA, el Decreto Supremo Nº 014-2005-MIMDES - Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de

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