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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2007 (09/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de marzo de 2007 341310 ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de San Martín, documento que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Secretario del Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de San Martín. POR TANTO :Regístrese, publíquese y cúmplase.JULIO CÁRDENAS SÁNCHEZ Presidente Regional 32871-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanzas que fijan montos por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios en el distrito de San Isidro para el ejercicio 2007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 034 Lima, 27 de febrero de 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de febrero del año en curso el O fi cio N° 001-090-00003938 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza N° 184-MSI, modi fi cada por la Ordenanza Nº 189-MSI, que fi ja los montos por derecho de emisión mecanizada de impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de San Isidro, correspondiente al ejercicio 2007. CONSIDERANDO:Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modi fi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la rati fi cación de Ordenanzas Tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó las Ordenanzas, objeto de la rati fi cación, remitiéndolas con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe N° 004-082-000000608, que procede la rati fi cación de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria - SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 032- 2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDÓ:Artículo Primero.- Rati fi car la Ordenanza Nº 184- MSI, modi fi cada por la Ordenanza Nº 189-MSI, que fi ja los montos por derecho de emisión mecanizada de impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de San Isidro, correspondiente al ejercicio 2007, dado que cumplen con los requisitos establecidos en el marco legal vigente para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación del texto íntegro de las Ordenanzas N°s. 184-MSI y 189-MSI, con el Anexo que contiene el Cuadro de Estructura de Costos correspondiente. Por otro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital que solicita la rati fi cación. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la indicada Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 34135-1 MUNICIPALIDAD DE ANCON Declaran en Reorganización Económica, Administrativa y Financiera a la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2007-MDA Ancón, 31 de enero del 2007 VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el pedido del Sr. Alcalde Guillermo Leonardo Pozo García, referente al Informe Nº 021-2007-OA/MDA del 31 de enero del 2007 de la O fi cina de Administración e Informe N° 023-2007-OAJ/ MDA del 31 de enero del 2007 de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 021-2007-OA/MDA del 31 de enero del 2007, la O fi cina de Administración indica que la situación fi nanciera de la Municipalidad es delicada porque al 31 de diciembre del 2006 tiene un pasivo ascendente a S/. 10’382,943.84, que la actual gestión ha asumido. Asimismo, mediante Informe Nº 023-2007-OAJ/MDA del 31 de enero del 2007, la O fi cina de Asesoría Jurídica recomienda adoptar las medidas para reorganizar a la Municipalidad Distrital de Ancón al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades; Con el voto Unánime de los miembros del Concejo, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Reorganización Económica, Administrativa y Financiera a la Municipalidad Distrital de Ancón, por un período de noventa días calendario contados a partir de la fecha de la publicación del presente Acuerdo de Concejo.