Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2007 (09/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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ORDENANZA REGIONAL

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2007

Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de San MORDAZA, documento que forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, al Secretario del Consejo Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de San Martin. POR TANTO : Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 0322007-MML/CMAEO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 184MSI, modificada por la Ordenanza Nº 189-MSI, que fija los montos por derecho de emision mecanizada de impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de San MORDAZA, correspondiente al ejercicio 2007, dado que cumplen con los requisitos establecidos en el MORDAZA legal vigente para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicacion del texto integro de las Ordenanzas N°s. 184-MSI y 189-MSI, con el Anexo que contiene el Cuadro de Estructura de Costos correspondiente. Por otro lado, la aplicacion de las Ordenanzas, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital que solicita la ratificacion. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la indicada Municipalidad Distrital, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

32871-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas que fijan montos por derecho de emision mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios en el distrito de San MORDAZA para el ejercicio 2007
ACUERDO DE CONCEJO Nº 034
MORDAZA, 27 de febrero de 2007 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de febrero del ano en curso el Oficio N° 001-090-00003938 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N° 184-MSI, modificada por la Ordenanza Nº 189-MSI, que fija los montos por derecho de emision mecanizada de impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de San MORDAZA, correspondiente al ejercicio 2007. CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas Tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo las Ordenanzas, objeto de la ratificacion, remitiendolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo segun Informe N° 004-082-000000608, que procede la ratificacion de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria - SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos

34135-1

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Declaran en Reorganizacion Economica, Administrativa y Financiera a la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2007-MDA
Ancon, 31 de enero del 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha el pedido del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referente al Informe Nº 021-2007-OA/MDA del 31 de enero del 2007 de la Oficina de Administracion e Informe N° 023-2007-OAJ/ MDA del 31 de enero del 2007 de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 021-2007-OA/MDA del 31 de enero del 2007, la Oficina de Administracion indica que la situacion financiera de la Municipalidad es delicada porque al 31 de diciembre del 2006 tiene un pasivo ascendente a S/. 10'382,943.84, que la actual gestion ha asumido. Asimismo, mediante Informe Nº 023-2007-OAJ/MDA del 31 de enero del 2007, la Oficina de Asesoria Juridica recomienda adoptar las medidas para reorganizar a la Municipalidad Distrital de Ancon al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades; Con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Reorganizacion Economica, Administrativa y Financiera a la Municipalidad Distrital de Ancon, por un periodo de noventa dias calendario contados a partir de la fecha de la publicacion del presente Acuerdo de Concejo.

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