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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de marzo de 2007 341303 de anticipación, así mismo debe especi fi carse que las concesionarias tiene el derecho de solicitar ampliación de plazo que no exceda de los 02 días como máximo, para asistir a dicha selección con la fi nalidad que nos sea una selección unilateral. COMENTARIOS DE OSINERGMIN • Admitida en parte. Considerando que se tiene que efectuar la selección de muestras de mas de dieciocho empresas concesionarias y municipales, y también siendo necesario precisar que el concesionario debe ser noti fi cado con anterioridad al acto de selección de la muestra, se corrige el texto del numeral indicando que la invitación deberá noti fi carse al concesionario como mínimo, con dos (2) días hábiles de anticipación y que es válida la notifi cación si es enviada al representante designado del concesionario, vía correo electrónico o fax adjuntando el ofi cio de invitación. 18. Numeral 6.4.1Observaciones de ELECTRO SUR MEDIO S.A.A. • Solicitan reconsiderar el plazo en que la GFE comunicará al concesionario el inicio de las inspecciones de campo a fi n de asegurar la disponibilidad del personal. Observaciones de EDELNOR S.A.A. • Solicitan reconsiderar el tiempo a cinco (5) días hábiles, para preparar al personal de campo para efectuar los trabajos respectivos y dar las instrucciones del caso para no tener inconvenientes logísticos en la fi scalización respectiva. Observaciones de HIDRANDINA S.A.A. • Con el propósito de mejorar los niveles de coordinación y facilidades que se requieren para el proceso de fi scalización, consideran conveniente se noti fi que del inicio de las inspecciones de campo con un plazo no menor de tres (03) días hábiles, en lugar de los 2 días propuestos. Observaciones de LUZ DEL SUR S.A.A. • Solicitan reconsiderar el plazo en que la GFE comunicará al concesionario el inicio de las inspecciones de campo a cinco (5) días hábiles. COMENTARIOS DE OSINERGMIN • No admitida. Normalmente las inspecciones de campo duran entre 7 a 15 días hábiles, por lo que se considera excesivo el plazo solicitado de cinco días hábiles para la comunicación de inicio de inspecciones de campo. Además, las inspecciones tienen carácter de inopinadas. 19. Numeral 6.4.3Observaciones de LUZ DEL SUR S.A.A. • En el texto, solicita que se incluya “...No obstante, la cantidad de UAP inspeccionadas y que son alimentadas de la SED se obtendrán como resultado de la inspección de campo y de la información técnica complementaria que alcance el concesionario”. COMENTARIOS DE OSINERGMIN Admitida en parte. Se modi fi ca el texto del proyecto de procedimiento, indicando que se puede presentar información técnica complementaria para acreditar que las instalaciones inspeccionadas son de terceros, a mas tardar al día siguiente hábil de la inspección. 20. Numeral 6.4.5 Observaciones de EDELNOR S.A.A. • El concesionario plantea descartar el uso de muestras alternativas pues al ser elegidos por el fi scalizador y no coincidir con la cantidad de unidades AP que la SED de la muestra principal, se estaría alterando la representatividad de la muestra aleatoria, pues los distritos no son homogéneos. Se debe fi scalizar sólo la muestra principal y aquellas zonas que no se puedan fi scalizar se deben eliminar de la muestra. Observaciones de HIDRANDINA S.A. • Consideran conveniente se aclare el texto del último párrafo de este numeral. Dice “.... y que cuente con no menos de UAP de la SED a reemplazar.”; debe decir “.... y que cuente con no menos cantidad de UAP de la SED a reemplazar.”COMENTARIOS DE OSINERGMIN • No admitida la observación de EDELNOR, porque, no es conveniente reducir el tamaño de la muestra, pues estadísticamente, disminuye el nivel de precisión. Las muestras alternativas han dado resultado a nivel nacional, debido a la difícil topografía y condiciones climáticas de nuestro país. • Admitida la observación de HIDRANDINA. Se adecuará el texto como corresponda. 21. Numeral 6.5Observaciones de ELECTRO SUR MEDIO S.A.A. • Solicita mantener la tolerancia en 2.0% para las supervisiones semestrales. Observaciones de EDELNOR S.A.A. • Plantean modi fi car la tolerancia a 3.5% para el año 2007 y 3.0% para el año 2008 y en adelante. Osinerg debería efectuar un estudio el cual clari fi que cual debiera ser la tolerancia para la realidad nacional. Actualmente se han hecho ya dos(2) estudios, uno por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y otro por la Universidad Católica los cuales nos indican que los valores debieran estar inclusive en el orden de 3 y 4%. Observaciones de ELECTROCENTRO S.A. • Plantean que la tolerancia sea de 2.0% del año 2007 en adelante. Observaciones de HIDRANDINA S.A. • Plantean modi fi car la tolerancia a 3.5% para el año 2007 y 3.0% para el año 2008. Esta consideración se basa en que la muestra exigida por el Procedimiento Nº 192-OSINERG-GFE en observación, es mucho más exigente mayor que el Decreto Supremo Nº 020-97-EM (NTCSE), en proporción de 3 a 1. Observaciones de ELECTRONORTE S.A. • Se debe considerar como tolerancia semestral el 2.0% de la muestra fi nal de las inspecciones semestrales en campo desde el 2007 en adelante, ya que las empresas concesionarias de distribución afrontan problemas sociales que involucra el hurto de conductores y equipos de alumbrado. Observaciones de LUZ DEL SUR S.A.A. • El concesionario plantea que el indicador, que es el porcentaje de UAP de fi cientes respecto al total de UAP inspeccionadas, no debe exceder la tolerancia semestral de 2.5%. • Con relación a la propuesta, mediante Cartas GO.345.06 y GO.350.06 del 17 y 21 de noviembre de 2006 respectivamente, Luz del Sur solicitó la modi fi cación de las tolerancias del actual procedimiento de supervisión de alumbrado público, planteando que la misma se fi je en 2.5% semestral. Para ello se remitió al OSINERG el “Estudio del Porcentaje de Lámparas Apagadas del Servicio de Alumbrado Público de Luz del Sur” elaborado por el Laboratorio de Estadística de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú, que evidencia como resultado que la estimación de la tasa de falla es de 3.1% para el parque de alumbrado público que administra Luz del Sur. COMENTARIOS DE OSINERGMIN • No admitida. El Estudio presentado por EDELNOR tiene básicamente una exposición descriptiva de una cohorte de lámparas donde se asume condiciones de funcionamiento constantes en los espacios y durante el período mencionado haciendo uso de la tabla de vida pero sin completar el ciclo completo de duración de dicha cohorte. Sobre dicha asunción no se ha mencionado nada, como tampoco la posible expansión de redes de alumbrado público, cambio de equipos reactores o accesorios, etc. Por tanto no se puede saber si es un supuesto válido o no para la cohorte analizada. Tampoco no se menciona condiciones de la calidad del producto (variación de tensiones) que afectan la vida de las lámparas. Por su parte, el Estudio presentado por LUZ DEL SUR, presenta características que tampoco sustentan en forma contundente los valores obtenidos. El procedimiento viene siendo aplicado desde el año 2004 y los resultados obtenidos hasta la fecha, son concluyentes y corroboran que las tolerancias consideradas en el proyecto son coherentes y realistas. En los dos semestres del año 2006, los promedios ponderados del indicador de porcentajes de UAP de fi cientes respecto al total de UAP inspeccionadas a nivel nacional, fueron de