Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2007 (09/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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(2) dias habiles para denuncias en zonas urbanas y tres (3) dias habiles en zonas MORDAZA rurales y rurales. 8. Numeral 5.2.3 Observaciones de EDELNOR S.A.A. · Segun EDELNOR, en aquellos casos en que se determina que no se trata de una deficiencia tipica, se considera para el procedimiento como deficiencia desestimada; sin embargo para su atencion, lo considerara como reclamo y su tratamiento debe seguir lo establecido en la Directiva Nº 001-2004-OS/CD....". El procedimiento debe centrarse a casos de denuncias tipicas solamente. Observaciones de LUZ DEL SUR S.A.A. · La empresa manifiesta que existen casos en que tras la inspeccion de MORDAZA se determina que la denuncia no corresponde a una deficiencia tipica, o que su solucion no es responsabilidad del concesionario. En dichos casos, los concesionarios deberan informar al denunciante de tal situacion, pudiendo este, de considerarlo pertinente, presentar una reclamacion, la cual sera atendida conforme a la Directiva de Reclamaciones de Usuarios Nº 001-2004OS/CD. Lo anterior obedece a la necesidad de minimizar la gestion administrativa y costos que generan denuncias que no tienen un debido sustento, ademas de incrementar la carga procedimental tanto del concesionario como para el propio OSINERG, con los consecuentes problemas que la sobrecarga procedimental acarrea. COMENTARIOS DE OSINERGMIN · Admitida. Se considera la modificacion en el procedimiento. 9. Numeral 5.2.5 Observaciones de HIDRANDINA S.A. · En este numeral debe especificarse que la publicacion de la informacion debe ser dentro de las 24 horas de registrada y/o descargada, de conformidad con los sistemas informaticos con los que cuenta cada empresa. Observaciones de LUZ DEL SUR S.A.A. · Respecto a que el RHD del concesionario debe estar permanentemente actualizado, cumpliendo los plazos estipulados en los numerales 5.1.2 y 5.2.2., precisan debe mantenerse actualizado al dia habil anterior, esto es, reportara en el dia las denuncias registradas hasta el dia habil anterior, cumpliendo los plazos estipulados en los numerales 5.1.2. y 5.2.2. Este comentario se debe a que las denuncias se pueden presentar a lo largo de todo el dia y con intervalos distintos, mientras que las rutinas de actualizacion en el MORDAZA web se realizan cada dia habil. COMENTARIO DE OSINERGMIN · Admitida. Hay empresas cuyo RHD esta en tiempo real y otras que actualizan diariamente, en horas de la tarde; bajo este contexto, se modifica el texto del procedimiento, indicando que "permanentemente actualizado", significa que contengan como minimo todas las denuncias registradas el dia habil anterior. 10. Propuesta de Numeral 5.2.8 Observaciones de LUZ DEL SUR S.A.A. · Plantea se incluya el numeral con el siguiente tenor: "5.2.8.- Para los casos en que el follaje de los arboles interfiera con el haz luminoso de la luminaria por su cercania fisica y origine una MORDAZA oscura en la via, el concesionario registrara la denuncia y procedera a informar a la Autoridad Municipal o al propietario del arbol respectivamente a fin que corrijan dicha situacion via la poda o MORDAZA de la vegetacion que mantiene en la zona." Y comenta que se precisa que la responsabilidad de la subsanacion en estos supuestos corresponde a los encargados de los arboles y no a las concesionarias, quien como parte interesada solo le corresponde denunciar el hecho ante la autoridad competente. COMENTARIOS DE OSINERGMIN · No admitida. En el punto 1 de esta exposicion de motivos, se explica que el usuario efectua la denuncia por deficiencia DT4 ante el concesionario, porque este le presta el servicio de alumbrado, por lo tanto, merece una respuesta oportuna y adecuada. Se entiende que el problema de interferencia de arbol no puede ser resuelta solamente por la concesionaria, sino que tiene que

coordinar con los municipios u otros entes del Estado, por lo tanto debe agotar esta via y dar una respuesta a sus clientes; con este criterio es que se ha fijado un plazo de 45 dias habiles, para su atencion. En una de las notas del Cuadro del numeral 5.3.1 se explica el tratamiento para la atencion de esta deficiencia. 11. Numeral 5.3.1 Observaciones de ELECTROSUR S.A. · Plantea mantener los plazos indicados en el proyecto del procedimiento para los sectores urbanos y urbanorurales e incrementar los plazos de atencion de deficiencias DT1, DT2 y DT3 a 14 dias habiles en las zonas rurales. Observaciones de EDELNOR S.A.A. · En la fijacion de plazos, considera una nueva deficiencia DT5 - MORDAZA apagada- con una atencion de dos (2) dias habiles. Observaciones de ELECTROCENTRO S.A. · Para el caso de deficiencias DT1 que afecten a toda la SED, no se debe de considerar los ocasionados por fuerza mayor (robo, vandalismo, fenomenos naturales). Para los casos ocasionados por fuerza mayor el plazo de atencion debe cenirse a lo establecido en este numeral. Observaciones de HIDRANDINA S.A. · Consideran que para el caso de deficiencias DT1 que afecten a toda la SED, debe dejarse sin efecto (anularse) toda vez que pueden presentarse diversas situaciones ajenas a la responsabilidad de la concesionaria, que pudieran causar el no cumplimiento de la atencion dentro de las 24 horas, existiendo ademas zonas muy alejadas, con restricciones de acceso y otros. Por otro lado, el hecho de haber ya establecido los plazos de atencion, son mas que suficientes para garantizar una adecuada atencion. Observaciones de ELECTRONORTE S.A. · Cuando afecten a todas las UAP de una SED, se debe atender en los tiempos establecidos en el procedimiento 192-2003 OS/CD vigente, con un plazo no mayor de 03 dias habiles, ya que en la actualidad se ha incrementado de manera extrema el hurto de conductor y hurto de equipos de encendido automatico del sistema de alumbrado publico, dificultandose de esta manera el cumplir con el tiempo establecido en el Proyecto de Procedimiento de Supervision de Operatividad de Alumbrado Publico. Observaciones de LUZ DEL SUR S.A.A. · En la fijacion de plazos, considera una nueva deficiencia DT4- MORDAZA apagada- con una atencion de dos (3) dias habiles en MORDAZA MORDAZA y siete (7) dias habiles en MORDAZA rural. Observaciones del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · Se sugiere definir el termino "Dia Habil" toda vez que existen calendarios regionales que incluyen dias feriados adicionales a los que contemplan el calendario nacional y que pueden influenciar en los resultados finales de atencion, salvo aquellos casos que son declarados como Feriado Nacional dados por el Gobierno Central. COMENTARIOS DE OSINERGMIN · Admitida, respecto a definir el termino dia habil. Se incluye en el procedimiento. · No admitida, respecto a nuevas deficiencias que plantean Luz del Sur y Edelnor. Se ha detallado que objetivamente, la existencia de lamparas apagadas en una MORDAZA constituyen deficiencias MORDAZA DT1. · No admitida. El planteamiento de considerar tres dias o mas para las DT1 que afecten una SED, porque lo que se plantea es su atencion por parte del concesionario en plazos mas cortos- 24 horas- debido a que compromete la seguridad ciudadana y por ende, el concesionario debe dar preferente atencion a la subsanacion. 12. Numeral 5.3.3 Observaciones de HIDRANDINA S.A. · Para ampliaciones de plazo, consideran conveniente se establezca un plazo de respuesta del OSINERG, que puede ser de 3 dias habiles para atender el pedido de la concesionaria, caso contrario deberia establecerse la causal de Silencio Administrativo Positivo en favor de la concesionaria (ampliacion automatica de plazo).

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