Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2007 (09/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341307

el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MILAGRITOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones

33831-2 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 025-2007/SBN-GO-JAR
La MORDAZA, 28 de febrero de 2007 Visto el Expediente Nº 012-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de naturaleza eriaza de 390,00 m², ubicado en el fondo del Lote 2 de la Manzana E de la Urbanizacion Industrial Las MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se ha identificado el terreno MORDAZA de naturaleza eriaza de 390,00 m², ubicado en el fondo del Lote 2 de la Manzana E de la Urbanizacion Industrial Las MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, que se encuentra libre de inscripcion registral; Que, mediante el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 15 de diciembre de 2006, la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA informa que no se ha encontrado antecedente registral respecto del predio MORDAZA indicado; Que, en la inspeccion tecnica realizada con fecha 9 de noviembre de 2006, se constato que es un terreno MORDAZA de naturaleza eriaza, destinado a la ampliacion del lote colindante, ocupado por la empresa PARMASA S.R.L.; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado con Decreto Supremo Nº 131-2001-EF senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" aprobado con Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por su similar Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 020-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 1 de febrero de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de naturaleza eriaza

de 390,00 m², ubicado en el fondo del Lote 2 de la Manzana E de la Urbanizacion Industrial Las MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MILAGRITOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones

33831-3 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 026-2007/SBN-GO-JAR
La MORDAZA, 28 de febrero de 2007 Visto el Expediente Nº 024-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 59 944,25 m² ubicado a la altura del km. 8 de la autopista Callao-Ventanilla en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico el terreno de 59 944,25 m² ubicado a la altura del km. 8 de la autopista Callao-Ventanilla en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, que se encuentra libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 26 de enero de 2007, se constato que el citado terreno es de naturaleza eriaza, de topografia mixta y suelo arenoso rocoso; Que, conforme al Certificado Busqueda Catastral de fecha 20 de noviembre de 2006, emitido por la MORDAZA Registral Nº IX -Sede Callao-, el terreno submateria no se halla en MORDAZA donde graficamente no se ha observado inscripciones; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 59 944,25 m², de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado por Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.